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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 163
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de enero de 2015 de modificación de determinados puestos de trabajo de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario y personal laboral para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.4 del Decreto Ley 5/2012, de 1 de junio, de medidas urgentes en materia de personal y administrativas para la reducción del déficit público del sector público de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y demás instituciones autonómicas

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Texto

1. El artículo 9 del Decreto Ley 5/2012, de 1 de junio, de medidas urgentes en materia de personal y administrativas para la reducción del déficit público del sector público de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de otras instituciones autonómicas, dispone que:

1. De acuerdo con el artículo 67.3 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, sólo se podrá autorizar la prolongación en la permanencia en el servicio activo en los siguientes supuestos:

a) En todo caso, cuando la persona interesada no haya cumplido el periodo mínimo de cotización para causar derecho a la pensión de jubilación, y por el tiempo indispensable para completar este periodo.

b) En el caso de personal docente, cuando sea necesario para acabar el curso escolar, y por el tiempo indispensable para ello.

c) En los casos regulados en el plan de ordenación de recursos humanos a que hace referencia el artículo 26.2 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario.

2. En los casos a los que se refieren las letras a) y b) del apartado anterior, la concesión de la autorización se efectuará por el correspondiente plazo indispensable, a solicitud de la persona interesada, presentada con una antelación mínima de dos meses antes de la fecha de jubilación.

3. Se mantienen las autorizaciones de prolongación en el servicio activo vigentes a la entrada en vigor del presente decreto ley, que se entenderán concedidas por anualidades a contar desde la fecha de jubilación o, en el caso de personal docente, hasta la finalización del curso escolar. A partir de la entrada en vigor del presente decreto ley, y una vez finalizada la correspondiente anualidad o curso escolar, estas autorizaciones sólo se podrán prorrogar en los casos y de la manera que se indican en los apartados 1.a) y 2 anteriores del presente artículo.

4. A efectos de reducir los créditos vinculados al gasto de personal de cada sección presupuestaria, el Consejo de Gobierno, a propuesta de cada órgano afectado, y siguiendo los criterios del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de diciembre de 2011 por el que se aprueban las líneas generales del Plan Estratégico en Materia de Función Pública que se tienen que seguir para racionalizar y profesionalizar la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y para mejorar las condiciones de trabajo, acordará las amortizaciones de las plazas que se consideren oportunas.

2. Durante los ejercicios de 2012, 2013 y 2014, se ha llevado a cabo, a propuesta de los órganos afectados, la desdotación de determinados puestos de trabajo, de acuerdo con los criterios fijados en las instrucciones conjuntas de los directores generales competentes en materia de función pública y de presupuestos de 26 de diciembre de 2012 y de 15 de julio de 2013, relativas a las pautas de actuación a efectos de reducir créditos vinculados al gasto de personal derivados de la suspensión de la prolongación de la permanencia en el servicio activo del personal funcionario representado en la Mesa Sectorial de Servicios Generales al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de diciembre de 2011, publicado en el BOIB n.º 3, de 7-1-2012, se aprobaron las líneas generales del Plan Estratégico en Materia de Función Pública que debían seguirse para racionalizar y profesionalizar la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y para mejorar las condiciones de trabajo de su personal.

4. La conjunción de ambas actuaciones ha supuesto, además de un importante ahorro en el capítulo de gastos de personal, un cambio no tan solo en la estructura de los recursos humanos de nuestra Administración autonómica, sino también en el modelo de gestión de personal, lo cual ha dado como resultado la racionalización de los recursos humanos prevista en el mencionado Acuerdo del Consejo de Gobierno.

5. Por otra parte, y una vez finalizados los procesos de integración del personal estatutario sanitario por parte del personal sanitario funcionario y laboral al servicio de la Administración autonómica, resulta que en la relación de puestos de trabajo quedan una serie de puestos sin titular adscritos a instituciones sanitarias de los que se ha tramitado la desdotación, que han de ser objeto de supresión por su condición de puestos a extinguir, debido a que de acuerdo con la normativa vigente ya no pueden ser objeto de cobertura por personal funcionario o laboral.

6. La Instrucción conjunta de la directora general de Función Pública, Administraciones Públicas y Calidad de los Servicios y del director general de Presupuestos y Financiación de 26 de noviembre de 2012, por la cual se establecen las pautas de actuación a efectos de reducir créditos vinculados al gasto de personal derivados de la suspensión de la prolongación de la permanencia en el servicio activo del personal funcionario representado en la Mesa Sectorial de Servicios Generales al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece en los puntos 4 y 8 la manera con la que se tiene que llevar a cabo la desdotación y posterior amortización de puestos de trabajo o la reducción de créditos de oficio, en su caso, para cumplir con lo dispuesto en el artículo 9.4 del Decreto Ley 5/2012, de 1 de junio, de medidas urgentes en materia de personal y administrativas para la reducción del déficit público. Esta amortización de las plazas que se consideren oportunas se ha de realizar teniendo en cuenta la finalidad del ahorro modulada por las necesidades organizativas de la Administración, que precisa ser eficiente y eficaz en su funcionamiento.

7. El artículo 31.3 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que cuando las modificaciones sean a consecuencia de norma con rango de ley, o de la supresión de puestos de trabajo declarados a extinguir, la modificación se llevará a cabo automáticamente y requerirá únicamente la aprobación del Consejo de Gobierno y su publicación.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Administraciones Públicas, en la sesión de día 9 de enero 2015, adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:

Primero. Aprobar la supresión y amortización de los puestos de trabajo del personal funcionario que figuran en los anexos del presente acuerdo, al efecto de dar cumplimiento a la reducción de créditos a la que se refiere el artículo 9.4 del Decreto Ley 5/2012, de 1 de junio, de medidas urgentes en materia de personal y administrativas para la reducción del déficit público del sector público de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de otras instituciones autonómicas.

Segundo. Facultar a los consejeros de Hacienda y Presupuestos y de Administraciones Públicas para que adopten las medidas necesarias para la ejecución del presente acuerdo.

Tercero. Ordenar la publicación del presente acuerdo y de sus anexos en el Boletín Oficial de las Illes Balears.”

 

Palma, 9 de enero de 2015

El secretario del Consejo de Gobierno

Antonio Gómez Pérez

 

 

ANEXO 1

PUESTOS QUE HAN DE AMORTIZARSE POR JUBILACIÓN DEL PERSONAL FUNCIONARIO

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS (hasta el 2013 unificada con la actual Consejería de Economía y Competitividad)

F01670276     PUESTO BASE TÉCNICO/A SUPERIOR ASESORAMIENTO LINGÜÍSTICO

F01130173      JEFE/A DE LA SECCIÓN VII

F01110139      JEFE/A DEL NEGOCIADO XXVIII

F00390001    CHÓFER/ESA

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

F016500E8     PUESTO BASE TÉCNICO/A DE GRADO MEDIO

F016500E8     PUESTO BASE TÉCNICO/A DE GRADO MEDIO

F016500E8     PUESTO BASE TÉCNICO/A DE GRADO MEDIO

F01470001     PUESTO BASE AUXILIAR

F01470001     PUESTO BASE AUXILIAR

F01470001     PUESTO BASE AUXILIAR

F01470001     PUESTO BASE AUXILIAR

F01470001     PUESTO BASE AUXILIAR

F01620144     PUESTO BASE ORDENANZA

F01110019      JEFE/A DEL NEGOCIADO VIII

F01110028      JEFE/A DEL NEGOCIADO XX

F01760025     SECRETARIO/A PERSONAL

F01760007     SECRETARIO/A PERSONAL

F01110286      JEFE/A DEL NEGOCIADO XIII

F01110282      JEFE/A DEL NEGOCIADO XVII

CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES

F01140090     JEFE/A DEL SERVICIO DE PARTICIPACIÓN Y DESARROLLO DEPORTIVO

F01940012     TÉCNICO/A DE TRANSPORTE MARÍTIMO

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

F0167026M   PUESTO BASE TÉCNICO/A SUPERIOR

F013900AP    PUESTO BASE ADMINISTRATIVO/A

F013900AP    PUESTO BASE ADMINISTRATIVO/A

F01470034     PUESTO BASE AUXILIAR

F01110160      JEFE/A DEL NEGOCIADO XXIX

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

F01130277     INGENIERO/A DE PROYECTOS

F01390017     PUESTO BASE ADMINISTRATIVO/A

F01470007     PUESTO BASE AUXILIAR

F01470007     PUESTO BASE AUXILIAR

F01470007     PUESTO BASE AUXILIAR

F01130354     JEFE/A DE LA SECCIÓN II

F01110452      JEFE/A DEL NEGOCIADO L

F01130046     JEFE/A DE LA SECCIÓN III

F01110415      JEFE/A DEL NEGOCIADO X

F0111013C      JEFE/A DEL NEGOCIADO VII

F02120006     DIRECTOR/A DE LA RESERVA NATURAL DE S’ALBUFERETA

E. P. FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS

F01030033     JEFE/A DEL ÁREA DE GESTIÓN DE AYUDAS

F01110386      JEFE/A DEL NEGOCIADO II

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES

F01110208      JEFE/A DEL NEGOCIADO XII

F02490016     PROFESOR/A DE SOLFEO, CUERPO FACULTATIVO SUPERIOR

F01620078     PUESTO BASE ORDENANZA

F0162004B    PUESTO BASE ORDENANZA

F0195000B    TÉCNICO/A DE GRADO MEDIO

F00140002     ARQUITECTO/A TÉCNICO/A DE EDUCACIÓN

E. A. SERVICIO DE EMPLEO DE LAS ILLES BALEARS (SOIB)

F00480006    DIRECTOR/A INSULAR-MENORCA

F01870003     TÉCNICO/A DE FORMACIÓN

F01650055     PUESTO BASE TÉCNICO/A DE GRADO MEDIO

F01870005     TÉCNICO/A DE FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN

F01470203     PUESTO BASE AUXILIAR

F01470203     PUESTO BASE AUXILIAR

F01140156      JEFE/A DEL SERVICIO DE ARCHIVOS

F01870009     TÉCNICO/A DE FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN

F01470214     PUESTO BASE AUXILIAR

CONSEJERÍA DE FAMÍLIA Y SERVICIOS SOCIALES (hasta el 2013 unificada con la actual Consejería de Salud)

F01290002     MOZO/A DE OFICIOS-A EXTINGUIR

F01130110      JEFE/A DE LA SECCIÓN V

CONSEJERÍA DE SALUD

F01130329     JEFE/A DE LA SECCIÓN I

F01440001     PUESTO BASE ATS OTORRINOLARINGÓLOGO/A

F01430005     PUESTO BASE ATS

F01470044     PUESTO BASE AUXILIAR

F01470044     PUESTO BASE AUXILIAR

F01470044     PUESTO BASE AUXILIAR

F01470044     PUESTO BASE AUXILIAR

F01620140     PUESTO BASE ORDENANZA

F01140171      JEFE/A DEL SERVICIO DE INFORMÁTICA

F01130311      JEFE/A DE LA SECCIÓN II

F01130320     JEFE/A DE LA SECCIÓN VIII

F01110605      JEFE/A DEL NEGOCIADO XIII

F01110341      JEFE/A DEL NEGOCIADO XLII

F00840003    INSPECTOR/A DE CONSUMO

F00840003    INSPECTOR/A DE CONSUMO

F02010009     TÉCNICO/A EN PROTECCIÓN DE LA SALUD

E. A. SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS (IB-SALUT)

F00810003     INSPECTOR/A MÉDICO/A

F01130388     JEFE/A DE LA SECCIÓN DE ESTOMATOLOGÍA

F01740008     SANITARIOS/AS LOCALES-MÉDICOS/AS

F01740004     SANITARIOS/AS LOCALES-MÉDICOS/AS

PUESTOS QUE HAN DE AMORTIZARSE POR JUBILACIÓN DEL PERSONAL LABORAL

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES

L00520039    ORDENANZA

L00180015     CONSERJE

E. A. SERVICIO DE EMPLEO DE LAS ILLES BALEARS (SOIB)

L00700463    TÉCNICO/A SUPERIOR

ANEXO 2

PUESTOS VACANTES QUE HAN DE AMORTIZARSE DEL PERSONAL FUNCIONARIO IB-SALUT QUE NO HAN SIDO OBJETO DE ESTATUTARIZACIÓN

 

E. A. SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS (IB-SALUT)

F01140175      JEFE/A DEL SERVICIO DE NEUROLOGÍA

F00020005    ADJUNTO/A DE ONCOLOGÍA

F00160001     ASISTENTE/A SOCIAL

F00160003     ASISTENTE/A SOCIAL Y DEFENSA JUDICIAL

F00290007    AYUDANTE/A TÉCNICO/A DE LABORATORIO

F01390073     PUESTO BASE ADMINISTRATIVO/A

F00750002     MAYORDOMO/GOBERNANTA

F01310001     OFICIAL/A DE OFICIOS ENCARGADO/A DE SEGUNDA

F00420007    CONDUCTOR/A

F01470123     PUESTO BASE AUXILIAR

F01330014     ORDENANZA

F01810001     MOZO/A SANITARIO/A

F00170002     ATS/DUI

F00170002     ATS/DUI

F00170002     ATS/DUI

F00630002    ATS/DUI

F00630002    ATS/DUI

F00630002    ATS/DUI

F00630002    ATS/DUI

F01750004     SANITARIOS/AS LOCALES-PRACTICANTES

F00200003    AUXILIAR DE ENFERMERÍA

F00240002    AUXILIAR PSIQUIÁTRICO/A

F00240002    AUXILIAR PSIQUIÁTRICO/A

F00240002    AUXILIAR PSIQUIÁTRICO/A

F00240002    AUXILIAR PSIQUIÁTRICO/A

F00240002    AUXILIAR PSIQUIÁTRICO/A

F00240002    AUXILIAR PSIQUIÁTRICO/A

F00240002    AUXILIAR PSIQUIÁTRICO/A

F00240002    AUXILIAR PSIQUIÁTRICO/A

F00240002    AUXILIAR PSIQUIÁTRICO/A

F00400001    COCINERO/A DE PRIMERA

F01300001     OFICIAL/A DE OFICIOS

F01300001     OFICIAL/A DE OFICIOS

F01470199     PUESTO BASE AUXILIAR

F01470199     PUESTO BASE AUXILIAR

PUESTOS VACANTES QUE HAN DE AMORTIZARSE DEL PERSONAL LABORAL IB-SALUT

E. A. SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS (IB-SALUT)

L00110001     CAPELLÁN

L00050152     AUXILIAR TÉCNICO/A DE ENFERMERÍA

L00051517     AUXILIAR TÉCNICO/A DE ENFERMERÍA

L00140004     COCINERO/A DE PRIMERA

L00140005     COCINERO/A DE PRIMERA

L00140005     COCINERO/A DE PRIMERA

L00140005     COCINERO/A DE PRIMERA

L00060005    AYUDANTE/A DE COCINA

L00060005    AYUDANTE/A DE COCINA

L00060005    AYUDANTE/A DE COCINA

L00060006    AYUDANTE/A DE COCINA

L00060007    AYUDANTE/A DE COCINA

L00010012     ADMINISTRATIVO/A

L00050025    AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A

L00490020    OFICIAL/A DE PRIMERA ALBAÑIL

L00500016     OFICIAL/A DE SEGUNDA MANTENIMIENTO

L00500015     OFICIAL/A DE SEGUNDA MODISTA

L00500013     OFICIAL/A DE SEGUNDA PELUQUERO/A

L00170004     CONDUCTOR/A DE SEGUNDA

L00280002    EMPLEADO/A DE SERVICIOS

L00280002    EMPLEADO/A DE SERVICIOS

L00280002    EMPLEADO/A DE SERVICIOS

L00280002    EMPLEADO/A DE SERVICIOS

L00280002    EMPLEADO/A DE SERVICIOS

L00280030    EMPLEADO/A DE SERVICIOS

L00420002    LAVANDERO/A Y PLANCHADOR/A

L00420004    LAVANDERO/A Y PLANCHADOR/A

L00420004    LAVANDERO/A Y PLANCHADOR/A

L00420004    LAVANDERO/A Y PLANCHADOR/A

L00420004    LAVANDERO/A Y PLANCHADOR/A

L00420004    LAVANDERO/A Y PLANCHADOR/A

L00050006    AUXILIAR TÉCNICO/A DE ENFERMERÍA

L00050006    AUXILIAR TÉCNICO/A DE ENFERMERÍA

L00050007    AUXILIAR TÉCNICO/A DE ENFERMERÍA

L00050007    AUXILIAR TÉCNICO/A DE ENFERMERÍA

L00050138     AUXILIAR TÉCNICO/A DE ENFERMERÍA

L00050138     AUXILIAR TÉCNICO/A DE ENFERMERÍA

L00050024    AUXILIAR TÉCNICO/A DE ENFERMERÍA

L00050024    AUXILIAR TÉCNICO/A DE ENFERMERÍA

L00050024    AUXILIAR TÉCNICO/A DE ENFERMERÍA

L00050024    AUXILIAR TÉCNICO/A DE ENFERMERÍA

L00050024    AUXILIAR TÉCNICO/A DE ENFERMERÍA

L00050024    AUXILIAR TÉCNICO/A DE ENFERMERÍA

L00050024    AUXILIAR TÉCNICO/A DE ENFERMERÍA

L00050024    AUXILIAR TÉCNICO/A DE ENFERMERÍA

L00050024    AUXILIAR TÉCNICO/A DE ENFERMERÍA

L00050024    AUXILIAR TÉCNICO/A DE ENFERMERÍA

L00050024    AUXILIAR TÉCNICO/A DE ENFERMERÍA

L00050024    AUXILIAR TÉCNICO/A DE ENFERMERÍA

L00050024    AUXILIAR TÉCNICO/A DE ENFERMERÍA

L00050024    AUXILIAR TÉCNICO/A DE ENFERMERÍA

L00050024    AUXILIAR TÉCNICO/A DE ENFERMERÍA

L00050024    AUXILIAR TÉCNICO/A DE ENFERMERÍA

L00150003     COCINERO/A DE SEGUNDA

L00430005    LIMPIADOR/A

L00430005    LIMPIADOR/A

L00430005    LIMPIADOR/A

L00430005    LIMPIADOR/A

L00430005    LIMPIADOR/A

L00430005    LIMPIADOR/A

L00430005    LIMPIADOR/A

L00430005    LIMPIADOR/A

L00430005    LIMPIADOR/A

L00430005    LIMPIADOR/A

L00430005    LIMPIADOR/A

L00430006    LIMPIADOR/A

L00430006    LIMPIADOR/A

L00430006    LIMPIADOR/A

L00430006    LIMPIADOR/A

L00430006    LIMPIADOR/A

L00470030    MÉDICO/A