Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 123
DO-2014/312 Notificación excluir propietario
Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por presunta infracción urbanística, a MARIA TERESA MAYOL BURGUERA, exp.núm. DO-2014/312, y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a FRANCISCA BURGUERA CLAR, de conformidad con el art. 59-5 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, que trascrito dice:
Le notifico que, por Decreto del Presidente del Consejo de Gerencia de Urbanismo núm. 19520, de 13/11/14, se ha dispuesto lo siguiente:
"Dado que se ha incorporado al expediente DO 2014-312 Nota Registral del Registro de la Propiedad núm. 8 sobre la finca donde se han realizado obras sin licencia, situada en la calle Bisbe Campins, núm. 11, bajos. 1º., Finca 7934 de Palma II, donde consta que la propietaria con pleno dominio es la Sra. María Teresa Mayol Burguera desde el 07/04/2014. por tanto, visto que la Sra. Francisca Burguera Claro (como propietaria), no ha participado en la ejecución de las obras antes descritas, ya que las obras fueron realizadas a partir de agosto de 2014 según consta en el acta de la Policía Local, de acuerdo con el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, que establece que las administraciones públicas podrán rectificar de oficio oa instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, hay que excluirlos de la tramitación de este expediente.
1º. EXCLUIR de la tramitación del expediente DO 2014-312 a la Sra. Francisca Burguera Claro, como propietaria, vistos los motivos expuestos anteriormente. "
Vistos los artículos 31, 105.2, 130 y ss de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas, el artic. 30 de la Ley 10/90 de 23 de octubre, LDU, y el 162 de la Ley 2/2014 de 25 de marzo de ordenación y uso del suelo, los artículos 121 y siguientes de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases de Régimen Local, y el art. 4.1.h, 4.2.ey 4.2.l del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Palma, el técnico que suscribe, de acuerdo con los artículos 172 y 175 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, y dados el decreto de alcaldía núm. 8436, de nombramiento de los titulares de las áreas de gobierno, de fecha 13 de mayo de 2013, y el decreto de alcaldía núm. 954, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Palma, de 27 de enero de 2014, y demás normativa aplicable, considera que el presidente del Consejo de la Gerencia y teniente de alcalde de Urbanismo y Vivienda puede dictar el siguiente:
Decreto
1º.-EXCLUIR de la tramitación del expediente DO 2014-312 a la Sra. Francisca Burguera Claro como propietaria, vistos los motivos expuestos en el informe de la TAG del 10/30/2014 transcrito en la parte expositiva de este acuerdo.
2º.- NOTIFICAR la presente resolución a la Sra. Francisca Burguera Claro.
Contra este acto administrativo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el art. 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. El plazo para interponerlo es de un mes, contado desde el día siguiente de la publicación del presente. En este caso, no se puede interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo debe presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento, o en las dependencias a que se refiere el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente que se ha interpuesto . En este caso queda expedita la vía contenciosa administrativa.
No utilizar el recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el art. 116 antes mencionado y lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo o la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación del presente edicto, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que considere pertinente....
Le recuerdo que, de acuerdo con el art. 14 del Estatuto de Autonomía, puede ejercer su derecho de opción lingüística respecto a las futuras notificaciones que se realicen.
Para servicio de registro de documentos, caja, así como información general y fiscal, puede dirigirse a las siguientes oficinas: OAC AVINGUDES- Av. Gabriel Alomar, 18 (Edif. Avingudes); OAC CORT- Pl. Santa Eulàlia, 9, bjs. (Ajuntament); OAC PERE GARAU- c. Pere Llobera, 9; OAC SANT AGUSTÍ- c. Margaluz, 30; OAC SANT FERRAN- Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policía Local); OAC S’ARENAL- Av. América, 11; OAC S’ESCORXADOR- c. Emperadriu Eugènia, 6; OAC SON FERRIOL- Av. Cid 8. Horario de atención al público: Todo el año: de 8.30 a 14.00 h. de lunes a viernes (todas las oficinas). Horario ampliado de octubre a mayo: de 8.30 a 17 h. de lunes a jueves (OAC Avingudes). Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h. en OAC Cort (sólo registro).
Palma, 7 de Enero de 2015
La jefa de departamento de Disciplina y Seguridad de los Edificios
P.D. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012 (B.O.I.B. nº 85 de 14/6/2012)
Elvira Salvà Armengod