Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 23181
Ejecución de títulos judiciales 90/2013
D/Dª PAULA MATEO ERROZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS NO JUDICIALES 0000090 /2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª CARLOS NOGUERA MOLINA contra la empresa JUAN GARI CONSTRUCCIONES SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
“PARTE DISPOSITIVA
DISPONGO:
Estimar la solicitud de CARLOS NOGUERA MOLINA de aclarar el auto dictado en este procedimiento con fecha 03/04/13 en el sentido que se indica a continuación.
“Dispongo: Despachar orden general de ejecución título no judicial a favor de la parte ejecutante, CARLOS NOGUERA MOLINA, frente a JUAN GARI CONSTRUCCIONES SL, CARLOS NOGUERA MARTINEZ , parte ejecutada, por importe de 8.345,55.- euros en concepto de principal, más otros 1.669.- euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Secretario/a judicial, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.”
“PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO:
Aclarar el decreto de fecha 19/07/13 en los siguientes términos:
“Acuerdo:
a) Declarar al/a los ejecutado/s JUAN GARI CONSTRUCCIONES SL en situación de INSOLVENCIA TOTAL por importe de 8.345,,55 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.”
Y para que sirva de notificación en legal forma a JUAN GARI CONSTRUCCIONES SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Islas BALEARES.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a veintidós de Diciembre de dos mil catorce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL