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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA

Núm. 23325
Procedimiento ordinario 214/2014

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  TERESA MARIA BALLESTER MANRESA, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 001 de IBIZA/EIVISSA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000214 /2014 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª DAVID COCA MARTINEZ, YOLANDA ALCARAZ ARRIAZA , JOSE MARIN MONTALBAN , FRANCISCO JOSE MONTALVO HERRERA  contra  sobre ORDINARIO, se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

“FALLO

Estimo la demanda interpuesta por D. DAVID COCA MARTÍNEZ, D. JOSÉ MARÍN MONTALBÁN, D. FRANCISCO JOSÉ MONTALVO HERRERA, Dª. YOLANDA ALCARAZ ARRIAZA contra BORGEZA, S.L., y condeno a  BORGEZA, S.L., a hacerles pago de los siguientes importes:

D. DAVID COCA MARTÍNEZ: 5.410,46 euros

D. JOSÉ MARÍN MONTALBÁN: 12.250,42 euros

D. FRANCISCO JOSÉ MONTALVO HERRERA: 5.404,71 euros

Dª. YOLANDA ALCARAZ ARRIAZA: 13.754,29 euros

más el 30 % en concepto de indemnización por reclamación de cantidades.

Se condena igualmente a la demandada al abono de las costas, a cada uno de los actores, por un importe de 300 euros a cada actor.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de la notificación del presente fallo, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita haber consignado el importe íntegro de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, número 0493/0000/60/0214/14, en la entidad SANTANDER, o presente aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe; depositando además la cantidad de 300 euros en la cuenta de este Juzgado, número 0493/0000/65/0214/14, y sin cuyos requisitos no podrá ser admitido el recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. FIRMADO Y RUBRICADO”.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a BORGEZA, SL., en ignorado paradero, expido el presente en IBIZA/EIVISSA, a dieciséis de Diciembre de dos mil catorce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL