Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA

Núm. 22842
Despido/ceses en general 738/2014

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  TERESA MARIA BALLESTER MANRESA, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 001 de IBIZA/EIVISSA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000738/2014 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de SANDRA CANALES RECUERO, Y OTROS  contra HERRERIA DE CALA DE BOU, SC: JULIAN LAOSA OLMEDO Y EDUARDO REY REIXES, sobre DESPIDO, se han dictado AUTOS DE ACUMULACIÓN, cuya parte dispositiva se adjunta:

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo: Acumular  este procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000739 /2014, a los autos que en este mismo juzgado se siguen con el nº 738/14.

 

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo: Acumular este procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000740 /2014, a los autos que en este mismo juzgado se siguen con el nº 738/14.

 

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo: Acumular este procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000740 /2014, a los autos que en este mismo juzgado se siguen con el nº 738/14.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la demandada HERRERIA DE CALA DE BOU, SC: JULIAN LAOSA OLMEDO y EDUARDO REY FREIXES, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de las Islas Baleares.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En IBIZA/EIVISSA, a quince de Diciembre de dos mil catorce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL