Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.2 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 22826
Procedimiento Ordinario 747/2013
Dª PAULA MATEO ERROZ, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social nº 2 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 747/2013 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. AUGUSTO CORNELI GIORGI contra la entidad mercantil SOL DE ORQUIDEA SL, FOGASA sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, se ha dictado por S.Sª. SENTENCIA Nº 440/2014 de fecha 04/12/2014, e ignorando el paradero de la referida empresa, es por lo que se acuerda la notificación vía edictal de su PARTE DISPOSITIVA/FALLO, que se relaciona:
“FALLO
Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda formulada a instancias de D. Augusto Corneli Giorgi, asistido de la Letrada Dª. Elisa Bohórquez Castro, contra Sol de Orquídea, S.L., no comparecida, con citación del Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al demandante la cantidad de 1.082,95 euros.
Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.”
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SOL DE ORQUÍDEA, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de Illes Balears.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a cuatro de Diciembre de dos mil catorce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL