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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE URBANISMO Y TERRITORIO

Núm. 14066
Anuncio del Consell de Mallorca de la Resolución de desestimación de la reclamación interpuesta por la “Asociación de Constructores de Baleares” contra la clasificación exigida en el pliego de cláusulas administrativas del expediente de obras del proyecto de refuerzo de firme, construcción de muros y relleno de cunetas en la carretera Ma-2131 de pk 0.000 a pk 6.000, tramo: Selva - Campanet. Clave: 14-11.0-RF - Exp. 15/2014.

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Texto

El consejero ejecutivo de Urbanismo y Territorio, en fecha de hoy, ha resuelto:

<< Antecedentes

1.      Día 20 de junio de 2014 el consejero ejecutivo del Departamento de Urbanismo y Territorio inició el expediente de contratación relativo a la obra del proyecto de refuerzo de firme, construcción de muros  y relleno de cunetas en la carretera Ma-2131 de pk 0.000 a pk 6.000, tramo: Selva - Campanet. Clave: 14-11.0-RF - Exp. 15/2014.

2.      El Consell Ejecutivo del Consell de Mallorca en sesión de día 9 de julio de 2014 aprobó los pliegos de cláusulas administrativas particulares y el pliego de prescripciones técnicas de este expediente.

3.      La licitación del expediente se publicó en el BOIB núm. 96, de 17 de julio de 2014, siendo el plazo para presentar ofertas hasta el día 12 de agosto de 2014.

4.      En fecha 22 de julio de 2014, tiene entrada en el registro general de esta corporación un escrito de reclamación interpuesto por la “Asociación de Constructores de Baleares” contra el pliego de cláusulas administrativas, debido a que el pliego prevé como requisito un tipo de clasificación para la construcción de los muros (C-2-e relativo a  Edificaciones. Estructuras de fábrica u hormigón), cuando interpretan que tendría que ser la clasificación B: puentes, viaductos y grandes estructuras, tanto en el grupo 1 (de fábrica u hormigón en masa) o en el grupo 2 (de hormigón armado). Por lo que pide que se rectifiquen los pliegos.

5.      En fecha 23 de julio de 2014, el consejero ejecutivo de Urbanismo y Territorio resolvió suspender el plazo de presentación de ofertas del expediente de referencia hasta que no se resolviese la reclamación planteada. Esta resolución se publicó en el perfil del contratante el mismo día.

6.      En fecha 29 de julio de 2014, el Sr. Francesc Grimalt Vigo, ingeniero director del proyecto, emitió informe desfavorable a la reclamación de la “Asociación de Constructores de Baleares”.

7.      En fecha 4 de agosto de 2014, el jefe de la Sección de Contratación, con el visto bueno de la jefa de servicio de Secretaria Técnica, informó sobre la procedencia de que se desestimase la reclamación de la “Asociación de Constructores de Baleares”.

Fundamentos

1.      De acuerdo con el apartado d) del artículo 1, y la disposición transitoria primera del Decreto de organización del Consell de Mallorca, aprobado día 15 de julio de 2011 (BOIB núm. 111, de 21 de julio), modificado día 10 de octubre de 2011 (BOIB núm. 159, de 22 de octubre), día 15 de marzo de 2012 (BOIB núm. 48, de 3 de abril) y día 11 de abril de 2012 (BOIB núm. 59, de 26 de abril), y de acuerdo con la base 23 del presupuesto vigente, corresponde al Consejo Ejecutivo atribuir la contratación y el otorgamiento de concesiones por importe superior a doscientos mil euros (200.000,00 €), cuando la competencia no corresponda al Pleno del Consell de Mallorca.

2.      De acuerdo con la delegación de atribuciones efectuada por el Consejo Ejecutivo día 18 de abril de 2012 (BOIB núm. 59, de 26 de abril), corresponde a los consejeros ejecutivos y a las consejeras ejecutivas la facultad de dictar actos administrativos en materia de contratación que, de acuerdo con la normativa vigente, no requieran informe previo preceptivo de la Secretaria General de la corporación, como es el caso.

Por tanto, resuelvo:

1.- Desestimar la reclamación, de fecha 22 de julio de 2013, presentada por el representante de la “Asociación de Constructores de Baleares”, contra la clasificación de las empresas exigida en el pliego de cláusulas administrativas del expediente de contratación relativo a la obra del proyecto de refuerzo de firme, construcción de muros  y relleno de cunetas en la carretera Ma-2131 de pk 0.000 a pk 6.000, tramo: Selva - Campanet. Clave: 14-11.0-RF - Exp. 15/2014.

2.- Levantar la suspensión ordenada por resolución del consejero ejecutivo de Urbanismo y Territorio, de 23 de julio de 2013, de la licitación del expediente de contratación del Proyecto de refuerzo de firme, construcción de muros  y relleno de cunetas en la carretera Ma-2131 de pk 0.000 a pk 6.000, tramo: Selva - Campanet. Clave: 14-11.0-RF - Exp. 15/2014. El plazo restante para presentar proposiciones, que es de veintiún días naturales, comenzará a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears. Si el último día cae en sábado o inhábil, se entenderá prorrogado al día hábil posterior.

3.- Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears, así como en el perfil del contratante.

4.- Notificar la presente resolución a la “Asociación de Constructores de Baleares”. >>

Palma, 4 de agosto de 2014

  

La secretaria técnica de Urbanismo y Territorio

Catalina Terrassa Crespí

(Resolución de día 5 de septiembre de 2012,

BOIB núm. 135, de 13 de septiembre)