Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 13962
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de agosto de 2014 por el que se autoriza a la Universidad de las Illes Balears a implantar e impartir el programa de doctorado en biotecnología biomédica y evolutiva
La Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, establece en el artículo 36.4 que, en materia de enseñanza universitaria, la Comunidad Autónoma de las Illes Balears tiene competencia exclusiva, sin perjuicio de la autonomía universitaria, en la programación y la coordinación del sistema universitario, en la financiación propia de las universidades y en la regulación y la gestión del sistema propio de becas y ayudas.
El artículo 87 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, establece que, en el ámbito de las competencias respectivas, el Gobierno del Estado, las comunidades autónomas y las universidades tienen que adoptar las medidas necesarias para completar la integración plena del sistema universitario español en el espacio europeo de educación superior. El artículo 37 de la misma Ley define la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales en tres ciclos: grado, máster y doctorado.
De acuerdo con el artículo 8.2 de esta ley, la implantación y la supresión de las enseñanzas que conducen a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional las acuerda la comunidad autónoma por iniciativa propia, con el acuerdo del consejo de gobierno de la universidad, o por iniciativa de la universidad mediante una propuesta de su consejo de gobierno, en ambos casos con el informe previo favorable del consejo social de la universidad. Por otra parte, el artículo 35.2 de la misma Ley establece que, para impartir enseñanzas oficiales con validez en todo el territorio nacional, las universidades tienen que obtener del Consejo de Universidades la verificación de que el plan de estudios se ajusta a las directrices y condiciones establecidas por el Gobierno del Estado.
El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en el artículo 3 indica que las enseñanzas universitarias oficiales se tienen que concretar en planes de estudios elaborados por las universidades, que tiene que verificar el Consejo de Universidades y autorizar la comunidad autónoma correspondiente para que se puedan implantar.
El Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, establece la organización de estos estudios.
La Universidad de las Illes Balears, en aplicación del artículo 10 del Real Decreto 99/2011, sometió el plan de estudios del programa de doctorado en biotecnología biomédica y evolutiva a la consideración del Consejo de Universidades, el cual, a través de la Comisión de Verificación de Planes de Estudios, reunida el 27 de febrero de 2014, lo verificó positivamente.
Este nuevo programa de doctorado es la adaptación al Real Decreto 99/2011 del actual programa de doctorado en biotecnología, genética y biología celular, regulado por el Real Decreto 1393/2007 y que actualmente se encuentra en proceso de extinción.
El Consejo de Gobierno de la Universidad de las Illes Balears, en la sesión ordinaria de 15 de febrero de 2013, aprobó el programa de doctorado en biotecnología biomédica y evolutiva.
El 6 de marzo de 2013, el Consejo Social de la Universidad de las Illes Balears emitió un informe previo favorable a la implantación del programa de doctorado en biotecnología biomédica y evolutiva.
El 31 de marzo de 2014, el vicerrector de Investigación y Posgrado emitió un informe económico según el cual la implantación y la impartición de estos estudios no supone ningún coste añadido ni genera necesidades de plantilla de personal docente e investigador a la Universidad de las Illes Balears.
Al amparo de las competencias que tiene atribuidas la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en virtud de la Ley 2/2003, de 20 de marzo, de Organización Institucional del Sistema Universitario de las Illes Balears, y de acuerdo con el Real Decreto 1393/2007, la Universidad de las Illes Balears presentó, el 15 de abril de 2014, una solicitud de autorización, con n.º de registro 19136/2014, para implantar e impartir el programa de doctorado en biotecnología biomédica y evolutiva.
Por todo ello el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Educación, Cultura y Universidades, en la sesión de día 1 de agosto 2014, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
“Primero. Autorizar a la Universidad de las Illes Balears a implantar e impartir el programa de doctorado en biotecnología biomédica y evolutiva.
Segundo. Comunicar este acuerdo a la Conferencia General de Política Universitaria.
Tercero. Notificar este acuerdo a la Universidad de las Illes Balears.
Cuarto. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.”
Palma, 1 de agosto de 2014
El secretario del Consejo de Gobierno
Por suplencia
(artículo 3.2 del Decreto 5/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Illes Balears)
Joaquín García Martínez