Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 13801
Resolución del Consejero Ejecutivo del Departamento de Economía y Hacienda de fecha 17 de julio de 2014, por el que se aprueba la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Consell Insular de Eivissa, año 2014
Como señala la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears, en su exposición de motivos, en las sociedades democráticas, la política social tiene por objeto reducir las desigualdades y mejorar las condiciones de vida del conjunto de la población con la finalidad de facilitar el ejercicio de los derechos de la ciudadanía y de fomentar la cohesión y el progreso social.
El art. 8.1 (de carácter básico) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones prevé que los órganos de las administraciones públicas o cualquier entidad que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo han de concretar en un plan estratégico de subvenciones, los objetivos y los efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiamiento, que se han de supeditar en todo caso al cumplimento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
En este sentido, el Consell Ejecutivo, con fecha 3-02-2014, aprobó el Plan estratégico de subvenciones del Consell Insular del año 2014, (BOIB núm. 32, de 6-03-2014), en el cual se recogieron las subvenciones previstas por el Departamento de Sanidad y Bienestar Social, y que ya han tenido varias modificaciones (BOIB núm. 49, de 10-4-14 i núm. 71, de 24-5-14, etc).
Vista la voluntad del Departamento de Sanidad y Bienestar Social de incluir una subvención a cada uno de los Ayuntamientos de la Isla de Eivissa para la atención a personas con discapacidad que participen en escuelas de verano municipales, con un importe máximo de diecisiete mil euros (17.000 €) en total.
Vista la necesidad de modificar el mencionado Plan, en el sentido de incluir esta subvención, ya que no se previó en un primer momento.
Visto que la subvención prevista tiene carácter singular por las propias características de las personas beneficiarias (administraciones públicas), por estar incluidos todos los Ayuntamientos de la Isla, y por concurrir también razones de interés público, social y humanitario, que justifiquen en el presente caso la concesión directa, visto el que dispone el art. 7.1 c) del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones (de nuestra Comunidad Autónoma), aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, y el art. 22.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como el que dispone el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003.
En virtud de dicho acuerdo del Consejo Ejecutivo de fecha 3-2-2014 se delegó en el Consejero Ejecutivo del Departamento de Economía y Hacienda la aprobación de las modificaciones que se puedan producir a lo largo de la vigencia de este Plan estratégico, por lo que esta resolución administrativa se adopta por delegación del Consejo Ejecutivo y se ha de considerar dictada por el órgano delegante (art. 13.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones publicas y del procedimiento administrativo común).
Por todo lo anterior, vista la propuesta de la Consejera Ejecutiva del Departamento de Sanidad y Bienestar Social de fecha 16 de julio de 2014, en uso de las facultades que tengo conferidas,
Resuelvo
Primero.- Aprobar la modificación del Plan estratégico de subvenciones del Consell Insular de Eivissa para el año 2014 (por lo que hace al Departamento de Sanidad y Bienestar Social) en el sentido de incluir una subvención directa a todos los ayuntamientos de la isla de Eivissa, por un importe máximo de diecisiete mil euros en total (17.000 €), para la atención a personas con discapacidad que participen en escuelas de verano municipales:
Programa |
Economica |
Descripción |
Objetivos y Efectos |
Importe 2014 |
Financiación |
Importe financiado |
Incidencia en el mercado |
---|---|---|---|---|---|---|---|
2300 |
46200 |
Subvención a todos los Ayuntamientos de la isla de Eivissa para la atención a personas con discapacidad que participen en escuelas de verano municipales. |
Dar soporte a todos los ayuntamientos de la isla de Eivissa para la atención a personas con discapacidad que participen en escuelas de verano municipales. Dadas las propias características de estas administraciones públicas y que se incluyen todos los ayuntamientos de la Isla, y por concurrir también razones de interés público, social y humanitario, se considera que el procedimiento de otorgamiento mediante concurrencia pública no es eficaz en las circunstancias descritas. |
17.000,00€ |
Local |
|
Sin incidencia significativa sobre el mercado |
Segundo - Publicar este acuerdo en el BOIB.
Lo que manda y firma el Consejero Ejecutivo del Departamento de Economía y Hacienda del Consell Insular de Eivissa, y da fe (en cumplimiento de las funciones de fe pública art. 2 RD 1174/1987 de 18 de septiembre) la Secretaria Accidental, en Eivissa, el 17 de julio de 2014.
El Consejero Ejecutivo La Secretaria Acctal.,
Álex Minchiotti Fábregas Maria Torres Bonet
Eivissa, 28 de julio de 2014
La Secretaria Técnica de Presidencia en sustitución de la Secretaria Técnica del
Área de Economía, Bienestar Social y Agricultura
Rebeca Miguel Climent