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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 13790
Resolución del secretario general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se aprueba la convocatoria para cubrir, por el sistema de libre designación, el puesto de trabajo de jefe de la Sección de Facturación e Ingresos del Servicio de Salud de las Islas Baleares

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Texto

Hechos

1.- Conforme a lo establecido en los artículos 16 y 83 de la Ley General de Sanidad; en la disposición adicional 22ª del Texto refundido de la Ley General de Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio; en el artículo 2.7 del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización, y en otras disposiciones que sean de aplicación, los Servicios de Salud reclamarán a los terceros obligados al pago el importe de las atenciones o prestaciones sanitarias facilitadas directamente a las personas, incluidos el transporte sanitario, la atención de urgencia, la atención especializada, la atención primaria, la prestación farmacéutica, la prestación ortoprotésica, las prestaciones con productos dietéticos y la rehabilitación, en los supuestos que se enumeran a continuación:

  1. Asegurados o beneficiarios de empresas colaboradoras en la asistencia sanitaria del sistema de Seguridad Social, en aquellas prestaciones cuya atención corresponda a la empresa colaboradora conforme a convenio o concierto.
  2. Accidentes de trabajo o enfermedades profesionales a cargo de las mutuas de accidentes de trabajo, del INSS o del Instituto Social de la Marina.
  3. Seguros obligatorios de los deportistas federados y profesionales, de vehículos de motor, viajeros, caza o cualquier otro seguro obligatorio.
  4. Convenios o conciertos con otros organismos o entidades.
  5. Ciudadanos asegurados o beneficiarios en un estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y Suiza, no residentes en España, en los supuestos y las condiciones establecidos en los reglamentos comunitarios en materia de seguridad social.
  6. Asegurados o beneficiarios de otros países extranjeros, no residentes en España, en los supuestos y las condiciones establecidos en los convenios bilaterales en materia de seguridad social subscritos por España.
  7. Accidentes acaecidos con motivo de eventos festivos, actividades recreativas y espectáculos públicos, cuando se haya subscrito un contrato de seguro de accidentes o de responsabilidad civil que cubra las contingencias derivadas de dichas actividades.
  8. Seguro escolar.
  9. Cualquier otro supuesto en que, en virtud de normas legales o reglamentarias, el importe de las atenciones o prestaciones sanitarias deba ser a cargo de las entidades o terceros correspondientes.
  10. Servicios dispensados a los usuarios sin derecho a la asistencia de los Servicios de Salud, admitidos como pacientes privados.

2.- Es necesario que el departamento de facturación e ingresos de las diferentes gerencias del Servicio de Salud de las Islas Baleares realice una labor de coordinación y de control del grado de cumplimiento de lo estipulado en el punto anterior, así como que ejerza las funciones siguientes:

  1. Armonizar y coordinar transversalmente las funciones ejercidas por los diferentes departamentos de facturación de los centros dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares, con la finalidad de unificar y homogeneizar los procesos de facturación a terceros y de mejorar tanto cuantitativa como cualitativamente la gestión de los episodios facturables conforme a la legislación vigente.
  2. Coordinar conjuntamente con los equipos de admisión de los centros dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares las labores administrativas de recogida de información básica para llevar a cabo la correcta facturación a terceros.
  3. Representar al Servicio de Salud de las Islas Baleares en las comisiones relacionadas con la facturación a terceros (comisión de accidentes de tráfico, comisión de servicios de emergencias, etc.)
  4. Coordinar la recepción y la resolución de recursos relacionados con la facturación a terceros.
  5. Llevar a cabo la recepción y la resolución de incidencias INSS, facturación internacional Fissweb.
  6. Coordinar la formación continuada del personal de los departamentos de facturación y admisión en materia de facturación a terceros e internacional.
  7. Informar al personal de facturación y admisión sobre los temas relacionados con la facturación a terceros e internacional.
  8. Analizar los conceptos facturables integrantes de la Orden de precios públicos, incluida la modificación y la actualización. (Modificación y mejora de la Orden de precios públicos).
  9. Elaborar propuestas de creación y modificación de normativa relacionada con la facturación a terceros.
  10. Elaborar propuestas de generación y mejora de convenios (tráficos Unespa, instituciones penitenciarias, mutualidades laborales, etc.).

3.- Para cumplir todas las funciones expuestas, es imprescindible la cobertura del puesto de trabajo de jefe de la Sección de Facturación e Ingresos  del Servicio de Salud de las Islas Baleares, para prestar servicio a la Dirección  General del Servicio de Salud.

Fundamentos de derecho

1.- Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de mayo de 2011 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 (BOIB nº. 75/2011, de 21 de mayo) por el que se regula el sistema de provisión de los cargos no directivos del personal estatutario de gestión y servicios del Servicio de Salud.

2.- Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 23 de mayo de 2011 por la que se dictan instrucciones para aplicar el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 (BOIB nº. 87/2011, de 11 de junio).

3.- Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de enero de 2013 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 5 de diciembre de 2012 por el que se modifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 (BOIB nº. 11/2013, de 22 de enero).

4.- Resolución de corrección de errores de la Resolución de la consejera de Interior de 31 de marzo de 2008 de delegación de competencias en materia de personal estatutario en el consejero de Salud y Consumo y en el director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB nº. 60/2008, de 3 de mayo).

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1.- Aprobar la convocatoria, por el sistema de libre designación, para cubrir el puesto de trabajo de jefe de la Sección de Facturación e Ingresos del Servicio de Salud de las Islas Baleares de la plantilla de personal estatutario de los Servicios Centrales del Servicio de Salud, para prestar servicio a la Dirección General del Servicio de Salud. La convocatoria se rige por las bases reguladoras que figuran en el anexo de esta resolución.

2.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que la dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También puede interponerse directamente un recurso contencioso-adminis­trativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.

 

Palma, 22 de julio de 2014

 

El secretario general

Por delegación del consejero de Salud y Consumo (BOIB 48/2008)

Jesús González Oliveros

 

ANEXO

Bases de la convocatoria

1.- Puesto de trabajo convocado

Un puesto de trabajo de jefe de la Sección de Facturación e Ingresos del Servicio de Salud de las Islas Baleares de la plantilla de personal estatutario de los Servicios Centrales del Servicio de Salud, para prestar servicio a la Dirección General del Servicio de Salud.

2.- Características del puesto

Depende del director general con el apoyo de la directora de Gestión y Presupuestos del Servicio de Salud y debe ejercer las funciones propias de un jefe de sección, entre las cuales las siguientes:

  1. Armonizar y coordinar transversalmente las funciones ejercidas por los diferentes departamentos de facturación de los centros dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares, con la finalidad de unificar y homogeneizar los procesos de facturación a terceros y de mejorar tanto cuantitativa como cualitativamente la gestión de los episodios facturables conforme a la legislación vigente.
  2. Coordinar conjuntamente con los equipos de admisión de los centros dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares las labores administrativas de recogida de información básica para llevar a cabo la correcta facturación a terceros.
  3. Representar al Servicio de Salud de las Islas Baleares en las comisiones relacionadas con la facturación a terceros (comisión de accidentes de tráfico, comisión de servicios de emergencias, etc.)
  4. Coordinar la recepción y la resolución de recursos relacionados con la facturación a terceros.
  5. Llevar a cabo la recepción y la resolución de incidencias INSS, facturación internacional Fissweb.
  6. Coordinar la formación continuada del personal de los departamentos de facturación y admisión en materia de facturación a terceros e internacional.
  7. Informar al personal de facturación y admisión sobre los temas relacionados con la facturación a terceros e internacional.
  8. Analizar los conceptos facturables integrantes de la Orden de precios públicos, incluida la modificación y la actualización. (Modificación y mejora de la Orden de precios públicos).
  9. Elaborar propuestas de creación y modificación de normativa relacionada con la facturación a terceros.
  10. Elaborar propuestas de generación y mejora de convenios (tráficos Unespa, instituciones penitenciarias, mutualidades laborales, etc.).
  11. Ejercer las funciones que le asigne o delegue la directora de Gestión y Presupuestos.

3.- Requisitos

Poseer la condición de personal estatutario fijo de gestión y servicios de los subgrupos A1, A2 o C1 y estar en la situación de servicio activo o de reserva de plaza en instituciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud, o bien tener la condición de personal funcionario de carrera de cualquier administración pública de los grupos A1, A2 o C1 y estar en la situación de servicio activo o de reserva de plaza. Los requisitos establecidos deberán cumplirse en el momento en que venza el plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse hasta la fecha de la toma de posesión. La persona aspirante los tiene que acreditar de manera fehaciente al presentar la solicitud.

Además de acreditar los requisitos, la persona aspirante puede presentar su currículum juntamente con los documentos que acrediten los títulos —originales o copias compulsadas— que considere oportunos.

4.- Trámite de solicitud

La solicitud para participar en el proceso selectivo deberá presentarse en el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación de esta resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Dirigida al órgano que la convoca, deberá formalizarse en el Registro General de los Servicios Centrales del Servicio de Salud o mediante alguna de las vías establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.