Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA
Núm. 13451
Notificación RA 1584/2013 Exp. 68/2013 MEDAMBSANCIO
Resultando el intento de notificación sin éxito al Sr. BENAVIDES NUÑEZ, MANUEL en repetidas ocasiones, del Decreto de Alcaldía núm. 1584/2013 en cuanto a la imposición de la sanción del expediente núm. 000068/2013-MEDAMBSANCIO.
Y resultando lo que dispone el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo común. (LRJAP-PAC), se hace público su contenido por un plazo de 20 días a los efectos que la Ley establece.
Son Servera, 12 de junio de 2014
El Alcalde,
Antoni Servera Servera
"Decreto n. 1584/2013
Referencia: 000068/2013-MEDAMBSANCIO 08. Medio Ambiente
Antoni Servera Servera, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Son Servera (Islas Baleares).
Visto el decreto 1466/2013 de 18 de noviembre de 2013, el cual resuelve entre otras iniciar el expediente sancionador 000068/2013-MEDAMBSANCIO contra el Sr. BENAVIDES NUÑEZ, MANUEL, por depositar objetos metálicos, de madera, plástico rígido, de construcción, etc ... en la vía pública, hecho tipificado como infracción leve de acuerdo con el artículo 65.3.a.1 de la Ordenanza reguladora de la limpieza viaria y recogida de residuos urbanos o municipales, el cual fue notificado en fecha 19 de noviembre de 2013.
Dado que durante el plazo establecido no se han presentado alegaciones al inicio del expediente sancionador núm. 000068/2013-MEDAMBSANCIO.
Y de acuerdo con las atribuciones que me confiere la legislación vigente.
Resuelvo,
Primero. Imponer al Sr.. BENAVIDES NUÑEZ, MANUEL una sanción de 60,10 €, que es la sanción mínima que establece el artículo 67.1.a) de la Ordenanza reguladora de la limpieza viaria y recogida de residuos urbanos o municipales por depositar objetos metálicos, de madera, plástico rígido, de construcción, etc ... en la vía pública, hecho tipificado como infracción leve de acuerdo con la misma Ordenanza.
Segundo. Aprobar la liquidación núm. 350969 de fecha 11 de diciembre de 2013.
Tercero. Apercibir de el pago de dichas sanciones deberá hacerse en el plazo de 30 días contados desde el siguiente a la notificación del presente acuerdo. Transcurrido este plazo, y si no se ha efectuado el pago voluntario de la sanción, este Ayuntamiento procederá por la vía de apremio. El pago de las multas se suspenderá si durante el plazo legal para la imposición del recurso se garantiza el importe de la totalidad de la multa.
Cuarto. Notificar la presente resolución al interesado.
Son Servera, 12 de diciembre de 2013
El Alcalde Presidente Doy fe: El Secretario
Antoni Servera Servera Antoni Gual Sureda"
Contra esta resolución que agota la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:
a. - Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación del presente decreto.
b. - El recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado esta resolución, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción y de la ley 4/1999 de 13 de enero, de modificación de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.