Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 19 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 10342
Procedimiento ordinario 94/2008 sobre otras materias
D./Dª. LORENA QUIROGA MORALES, Secretario/a Judicial, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 19 de PALMA DE MALLORCA, por el presente,
ANUNCIO:
En el presente procedimiento seguido a instancia de CP BRISAS I frente a TAYLOR WOODROW DE ESPAÑA SA, JUAN MANUEL BERGA PICÓ, EUGENIO DE LA FUENTE CIFRE, JOSE ANTONIO CARVAJAL BIZCOCHO, PREVEBALEAR CNES SLU se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA nº 255 / 2.012
En Palma de Mallorca, a 18 de Diciembre de 2.010.
Vistos por mí, SSª Dª Mª Teresa Olivera Sánchez del Campo, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 19 de Palma de Mallorca, los autos seguidos en este Juzgado y registrados bajo el número 94 / 08, siendo demandante la Comunidad de Propietarios del Edificio Brisas I, de Cala Vinyes, , representado/ a por el / la Procurador / a de los Tribunales D/ Dª Miguel Socías Roselló, y asistida por el / la Letrado /a D. Sebastián Romaguera González, y demandado / a la entidad Taylor Woodrow de España SA , representado/ a por el /la Procurador/a de los Tribunales D. Carlos Ginard Nicolau, y asistido/a por el / la Letrado / a D. Gonzalo Martínez Vidal. Han sido llamados al proceso D. Juan Manuel Berga Picó, en situación procesal de rebeldía, y D. Eugenio de la Fuente Cifre, representado por el Procurador de los Tribunales D. Antonio Ferragut Cabanellas, y asistido por la Letrada Dª Isabel Ana Martorell Comas, D. José Antonio Carvajal Bizcocho, representado por el Procurador de los Tribunales Dª Carmen Gayá Font, y asistido por el letrado D. Juan Mulet Perera, la entidad Prever Balear , en situación procesal de rebeldía, y la entidad Eléctrica SAR SL representado por el Procurador de los Tribunales Dª Margarita Jaume Noguera, respecto a la cual Taylor Wodrow desistió posteriormente, dictándose decreto de desistimiento de fecha 21 de Noviembre de 2.012.
FALLO
QUE DEBO ESTIMAR Y ESTIMO ÍNTEGRAMENTE la demanda formulada la Comunidad de Propietarios del Edificio Brisas I, de Cala Vinyes, representado/ a por el / la Procurador / a de los Tribunales D/ Dª Miguel Socías Roselló, y en consecuencia, condeno a la entidad promotora Taylor Woodrow España SA a reparar todas y cada una de las deficiencias detectadas en el informe de la perito judicial de fecha 5 de Junio de 2.012 , más las humedades de la fachada, condenando a la entidad demandada al pago de las costas procesales.
Asimismo, se condena a Taylor Woodrow al pago de las costas causadas a todos los terceros llamados al proceso.
Notifíquese a las partes y háganles saber que contra esta resolución cabe recurso de apelación, que en su caso se interpondrá en el plazo de 20 días ante este Juzgado y resolverá sobre él la Audiencia Provincial.
Conforme a la D.A. decimoquinta de la LOPJ, introducida por la LO 1/09 para el anuncio o la preparación o la interposición del recurso de apelación será precisa la consignación como depósito de 50 euros en la “Cuenta de Depósitos y Consignaciones” abierta a nombre del Juzgado en la entidad BANESTO y acreditándolo documentalmente ante este Tribunal, aportando copia del resguardo de ingreso. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.
Así lo acuerda, manda y firma SSª Dª Mª Teresa Olivera Sánchez del campo, Magistrada- Juez del Juzgado d 1ª Instancia n 19 de Palma de Mallorca.
Y encontrándose dicho demandado, PREVEBALEAR CNES SLU, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
PALMA DE MALLORCA a cinco de Junio de dos mil catorce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL,