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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE PALMA - PALMAACTIVA-

Núm. 13972
PalmaActiva.- Anuncio de las bases reguladoras para la concesión de becas dentro del programa de prácticas extracurriculares becadas en nuevas tecnologías para el alumnado matriculado en la UIB

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Texto

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma, en sesión de 16 de julio de 2014, aprobó las bases reguladoras para la concesión de becas dentro del programa de prácticas extracurriculares becadas en nuevas tecnologías para el alumnado matriculado en la UIB. Se publican las mencionadas bases para general conocimiento.

Bases reguladoras para la concesión de becas dentro del programa de prácticas extracurriculares becadas en nuevas tecnologías para el alumnado matriculado en la UIB.

El mercado laboral actual está en una fase de contracción que afecta especialmente a los jóvenes, que es uno de los colectivos que tiene mayor dificultad para acceder en un puesto de trabajo. Las empresas, en igualdad de condiciones, optarán siempre por un personal trabajador formado y con experiencia laboral, frente a uno sin, y así resultan necesarias políticas y actuaciones que faciliten esta experiencia práctica, que tiene que darse en un entorno real y dentro del mercado de trabajo.

Efectivamente, desde PalmaActiva y por la experiencia acumulada a lo largo de los años en la gestión de programas con práctica profesional, podemos afirmar que la realización de prácticas en empresas es una vía muy importante para acceder al mercado laboral:

- Ayuda a quien las realiza a adquirir las competencias propias de un trabajo en un contexto laboral sin la presión de la superación de un contrato laboral.

- Complementa y mejora los conocimientos teórico-prácticos de un oficio, profesión o formación.

- Ayuda a desarrollar espíritu emprendedor, ya que la persona en prácticas tiene la posibilidad de conocer de la mano del/la tutor/a de empresa como se gestiona en la práctica un proceso productivo, un servicio o una empresa y a identificar cuáles pueden ser las claves de éxito y de fracaso.

El Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre, que establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales prevé la posibilidad de introducir prácticas externas en los estudios, como una vía para fortalecer el compromiso de ocupabilidad de las personas matriculadas en estudios universitarios, enriqueciendo su formación dentro de un entorno que les proporcionará un conocimiento más profundo y las competencias necesarias para el desarrollo laboral de la formación recibida.

La reciente Ley 27/2013, de 27 diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración local, ha introducido cambios en el ámbito competencial de las entidades locales en la prestación de servicios a su comunidad vecinal, diferenciándolos ahora entre competencias propias e impropias, intentando evitar que se dé duplicidad de servicios con otras administraciones. El artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases del régimen local, en la nueva redacción, recoge como competencia propia de los ayuntamientos la promoción de la participación de los ciudadanos en el uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información y las comunicaciones.

PalmaActiva y la Universidad de las Islas Baleares coinciden en la importancia de las nuevas tecnologías en la formación práctica de los universitarios para su carrera laboral y la inserción profesional posterior, ya que están presentes en todos los campos laborales e inciden en el día a día de la actividad de las empresas y de las personas trabajadoras y muchos de los curriculums formativos de los estudios oficiales carecen de esta formación práctica.

A raíz del trabajo hecho estos años y la radicación de PalmaActiva en el entorno socioeconómico del mercado local, se cuenta con un asentamiento firme y una red de relaciones con empresas privadas adecuada para poner en marcha esta actuación.

Las presentes bases regulan la convocatoria y concesión de becas económicas en materia de nuevas tecnologías a los estudiantes que estén cursando cualquier estudio oficial en la Universidad de las Islas Baleares, para la realización de prácticas extracurriculares becadas en empresas y entidades privadas.

 

PRIMERO. Objeto del programa

El programa de prácticas extracurriculares becadas en nuevas tecnologías para el alumnado matriculado en la UIB tiene como objetivo mejorar la práctica formativa de las personas matriculadas en la UIB que estén cursando cualquier estudio en la Universidad de las Islas Baleares donde la formación práctica en nuevas tecnologías sea necesaria y tengan una carencia de ésta en su plan de estudios, complementando su formación y/o experiencia profesional mediante un periodo de prácticas extracurriculares becadas en empresas o entidades privadas del municipio.

SEGUNDO. Presupuesto

El crédito inicialmente asignado a esta convocatoria es de 77.086,38 € para la concesión de un máximo de 53 becas de 160 horas de duración por parte de PalmaActiva, con el siguiente detalle:

Con cargo al presupuesto 2014:

- 60.126,38 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 20.24100.48900, para hacer frente a los gastos derivados del pago de becas al alumnado.

- 16.960,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 20.24100.47000, para hacer frente a los gastos derivados del pago de ayudas a las empresas que tengan alumnos en periodo de prácticas.

TERCERO. Beneficiarios

Las becas se destinarán a las personas matriculadas en estudios de la UIB en el curso 2014-2015 empadronadas en el municipio de Palma y en situación de desempleo que estén cursando cualquier estudio en la Universidad de las Islas Baleares -de grado o posgrado- y que no dispongan de experiencia práctica en el campo donde solicitan la práctica. Las personas matriculadas en los estudios oficiales de grado tienen que haber superado como mínimo el 50% de los créditos de su plan de estudios.

Se entiende que no disponen de experiencia práctica si no tienen ninguna, o la que tienen es inferior a 6 meses dentro de la materia o especialidad -en cualquier categoría laboral- por la cual optan a la beca.

Los beneficiarios no tienen que encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

CUARTO. Empresas de prácticas

Puede ser empresa receptora de alumnos en prácticas cualquier empresa o institución privada independientemente de su tipo de actividad, siempre que la actividad que ha de realizar la persona en prácticas sea adecuada con el itinerario formativo-práctico marcado.

En todo caso, se indican como sectores de interés para realizar las prácticas:

- informática, comunicación y marketing

- turismo, cultura y comercio

- servicios que realicen actividades utilizando las nuevas tecnologías

Independientemente del domicilio social o fiscal de la empresa, el puesto de práctica ofertado tiene que estar en el municipio de Palma.

QUINTO. Becas y ayudas

Becas. El importe de la beca será el indicador público de renta de efectos múltiples mensual -IPREM mensual 2014.

El programa de práctica extracurricular becada tiene una duración total de 160 horas por beneficiario, es decir, 2 meses en jornada completa, y un importe bruto becado total de 1.065,02 €. Del anterior importe tienen que descontarse los costes correspondientes a la cotización a la Seguridad Social a cargo del becario y la retención fiscal por IRPF vigente en cada momento.

En el supuesto de realización mensual de jornadas de duración inferior, se abonará lo que corresponda al total de horas de prácticas mensuales realizadas.

La obtención concurrente de ayudas, becas o similares concedidas por cualquier entidad pública o privada, al margen de las reguladas aquí, puede dar lugar a la modificación de la subvención otorgada. El beneficiario se obliga a declararlo a PalmaActiva.

La condición de persona beneficiaria es incompatible con cualquier trabajo remunerado. Sí que es compatible con la percepción de la prestación y/o cualquier subsidio o ayuda personal o familiar por la situación de desempleo dentro de lo que prevé la normativa vigente

Si la persona becada se da de baja voluntariamente, percibirá sólo la parte correspondiente al tiempo efectivo de práctica.

Ayudas en empresas. Las empresas que acojan alumnado en prácticas pueden solicitar una ayuda por importe de 2,00 €/hora por persona en prácticas, destinado a compensar los gastos generales en que se incurra por la acogida del alumnado. Esta ayuda podrá solicitarse a la finalización de la práctica becada y por un importe máximo de 320 € por alumno/a en prácticas extracurriculares. Las horas de práctica realizadas en número superior a 160 no generarán derecho a la percepción de dicha ayuda.

La solicitud tiene que hacerse mediante el modelo anexo aportando certificados de estar al corriente con las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, y en su caso, también de estar al corriente de obligaciones con el Ayuntamiento de Palma, o autorizando expresamente PalmaActiva para su obtención.

Las ayudas están sujetas a las retenciones fiscales vigentes que correspondan en cada caso.

SEXTO. Órganos competentes. Funciones

La competencia para la concesión de las subvenciones corresponde a la Gerencia de PalmaActiva.

El órgano instructor es la unidad administrativa del Área Jurídica Administrativa del organismo.

La Universidad de las islas Baleares asumirá las funciones de:

- Publicidad y difusión de las bases.

- Búsqueda de empresas ofertantes de puestos de prácticas.

- Recepción y registro de los solicitantes de beca, así como de las empresas ofertantes de puestos de prácticas.

- Verificación del cumplimiento de los criterios establecidos en las presentes bases.

- Remisión de las solicitudes de las candidaturas del alumnado a las respectivas empresas ofertantes de puestos de prácticas y las tareas posteriores para la asignación de la persona en prácticas a cada puesto de prácticas ofrecido.

- Emisión de informe de la asignación definitiva de las plazas becadas y alumno/a en prácticas para la correspondiente aprobación por PalmaActiva.

- Llevar la gestión de la formalización de los acuerdos de prácticas entre empresas y alumno/a en prácticas

- Asignación de uno/a tutor/a académico/a para el seguimiento de las prácticas.

- Emitir, a instancias del/de la tutor/a de empresa, certificación que acredite la tutorización de las prácticas hechas.

- Coordinación y seguimiento junto con PalmaActiva durante todo el proceso.

PalmaActiva asumirá las funciones de:

- Publicidad y difusión de las bases.

- Dirección y coordinación de la publicidad, promoción y comunicación de la actividad.

- Búsqueda de empresas ofertantes de puestos de prácticas.

- Aprobación de la asignación de las plazas becadas y las respectivas personas becadas.

- Tramitación y abono de becas y ayudas.

- Publicidad de las becas y ayudas concedidas en la web PalmaActiva.

- Seguimiento y control de la acción tutorial realizada por la UIB y la empresa.

Igualmente, PalmaActiva, mediante una comisión técnica integrada por la Gerencia de PalmaActiva y dos personas técnicas del Área de Formación, tendrá competencias para:

- Llevar todas las tareas de ejecución, gestión, seguimiento y evaluación del programa.

- Conocer las incidencias entre las personas en prácticas becadas y las entidades receptoras, instruyendo los expedientas y emitiendo propuestas de resolución a los órganos competentes.

- Emitir informes sobre el cumplimiento del programa, incidencias, evaluación de éste, etc.

- Asesorar a los miembros y participantes en el programa, emitir instrucciones, etc.

- Proponer en los órganos competentes las propuestas de sanción y –en su caso- baja del programa.

- Cualquier otra gestión para el seguimiento y la correcta ejecución del programa y para resolver dudas, problemas y otras cuestiones que se planteen en su ejecución.

SÉPTIMO. Las prácticas extracurriculares

Las prácticas extracurriculares teórico-formativas en nuevas tecnologías que realizarán las personas beneficiarias tienen que ser adecuadas y apropiadas a la formación para la cual se accede. A la instancia modelo que encontrará en la web www.fueib.org, el/la solicitante tiene que indicar sus preferencias para el tipo de práctica extracurricular a realizar y empresa.

En todo caso, la realización efectiva de las prácticas queda condicionada a la obtención de la oferta de puesto de prácticas o entidad de acogida donde poder llevarlas a cabo. No se puede reconocer ninguna beca cuando no se disponga de puesto de prácticas adecuado.

A la finalización de la práctica extracurricular la Universidad de las Islas Baleares emitirá una certificación de realización de las prácticas hechas al alumno/a.

Jornada. Se realizarán jornadas de 4 horas diarias de prácticas extracurriculares, preferentemente de lunes a viernes, en horario de mañana o tarde, para un total de 80 horas mensuales. Las jornadas tienen que ser flexibles y adaptarse a los requerimientos de la empresa y de la persona en prácticas. En todo caso se tienen que realizar 80 horas de prácticas mensuales.

OCTAVO. Entidades receptoras de personas en prácticas profesionales extracurriculares. Solicitud y aprobación

Puede acoger alumnado en prácticas extracurriculares becadas cualquier empresa o entidad privada dentro de lo previsto en el apartado cuarto de las presentes bases. Igualmente se pueden admitir ofertas de puestos de prácticas no incluidas dentro del mencionado apartado si tienen un componente relacionado con las nuevas tecnologías.

El procedimiento se iniciará a instancia de parte, mediante solicitud de participación de la empresa que tiene que acoger a la persona en prácticas, presentada telemáticamente. Las instancias tienen que presentarse al Departamento de Orientación e Inserción Profesional -DOIP- de la Fundación Universidad-Empresa de las Islas Baleares, FUEIB -mediante el DOIP virtual. Las solicitudes se encontrarán en la dirección web www.fueib.org y en www.palmaactiva.com y pueden presentarse desde el día siguiente de la publicación en el BOIB de las presentes bases y hasta el 02/09/2014.

El órgano competente resolverá las solicitudes presentadas al día siguiente de la finalización del anterior plazo, aprobando las empresas y puestos de prácticas admitidas y excluidas. Sus resoluciones ponen fin a la vía administrativa y contra éstas se puede recurrir en vía administrativa, mediante recurso potestativo de reposición o en vía contenciosa administrativa.

Todas las comunicaciones con los solicitantes se harán de forma telemática al correo electrónico que hayan indicado.

Alguna o todas las plazas ofrecidas para acoger becarios pueden quedar vacantes. La aceptación de la solicitud no comporta necesariamente la asignación de alumnado becado.

NOVENO. Beneficiarios. Solicitudes y tramitación

La presente convocatoria de prácticas extracurriculares becadas en nuevas tecnologías para el alumnado matriculado en la UIB se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en las webs de PalmaActiva www.palmaactiva.com y de la Universidad de las Islas Baleares, mediante el Departamento de Orientación e Inserción Profesional -DOIP- de la Fundación Universidad-Empresa de las Islas Baleares-FUEIB- www.fueib.org.

Las personas interesadas en participar pueden presentar solicitud de participación desde el 4 de septiembre hasta el 18 de septiembre 2014, ambos incluidos.

Las solicitudes tienen que formalizarse telemáticamente mediante la instancia modelo que encontrarán en la web www.fueib.org ante el Departamento de Orientación e Inserción Profesional -DOIP- de la Fundación Universidad-Empresa, a través del DOIP Virtual, que realizará una preselección, e informará y propondrá a PalmaActiva las candidaturas admitidas y excluidas. PalmaActiva resolverá al día siguiente. El acuerdo pone fin a la vía administrativa.

Junto con la solicitud, las personas interesadas encontrarán el listado de empresas y los puestos de prácticas, y tienen que incluir en la solicitud sus preferencias.

DÉCIMO. Resolución

El Departamento de Orientación e Inserción Profesional -DOIP- de la Fundación Universidad-Empresa, en el periodo comprendido entre el 22 de septiembre 2014 y el 4 de octubre 2014, ambos incluidos, pondrá en contacto a las personas admitidas con las empresas y puestos de prácticas por los cuales han mostrado preferencia.

La selección de alumno/a en prácticas la hará una comisión integrada por PalmaActiva y el Departamento de Orientación e Inserción Profesional -DOIP- a propuesta de la empresa receptora, que lo presentará mediante el modelo Comunicación de preferencia de la persona acogida en prácticas extracurriculares. PalmaActiva resolverá provisionalmente la práctica al día siguiente, abriendo un periodo de alegación para las partes de tres días naturales, finalizado el cual, si no se hubieran presentado, devendrá firme o, si ocurre, resolverá en el plazo de dos días sobre las alegaciones formuladas.

UNDÉCIMO. Asignación de empresa de prácticas

Aprobada la asignación de plazas becadas en empresas y persona becada, el Departamento de Orientación e Inserción Profesional -DOIP- los pondrá en contacto, y promoverá la formalización de los respectivos convenios de becas, que se formalizarán entre la entidad acogedora de personas en prácticas y la Fundación Universidad-Empresa.

Las alteraciones de las condiciones tenidas en cuenta para la aprobación de los convenios y de las becas y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones concedidas por otras entidades públicas o privadas puede dar lugar a la modificación de las resoluciones aprobatorias de concesión.

En los casos de inadaptación entre la persona becada y la empresa, necesidad de suspensión temporal prolongada u otra causa justificada, con el informe previo del Departamento de Orientación e Inserción Profesional -DOIP-, si la comisión técnica prevista en la base sexta lo estimara oportuno y siempre que concurra causa justificativa, puede adscribirse al becario a una nueva empresa.

DUODÉCIMO. Convenio de prácticas

Las prácticas se regularán mediante la suscripción del convenio indicado en la base anterior y el anexo Plano de prácticas firmado por la persona becada, que necesariamente tienen que formalizarse antes de su inicio. Hay que ajustarse a lo que establecen dichos convenios y documentación anexa que tiene que tener el siguiente contenido:

- Datos de la empresa o entidad: Nombre o razón social y NIF, sector de actividad y actividad principal.

- Identificación de las prácticas a realizar.

- Distribución de las 160 horas de jornadas de prácticas, que se tienen que iniciar como último día el 20 de octubre 2014 y tienen que haber finalizado como último día el 15 de diciembre 2014, ambos incluidos.

- Compromiso de no sustitución de trabajadores/oras y de notificación de las prácticas a los representantes legales de los trabajadores y las trabajadoras.

- Designación de uno/a tutor/a de empresa y compromiso de velar por la asistencia diaria del becario e informar PalmaActiva sobre el progreso de las prácticas. El/La tutor/a se tiene que coordinar con el/la tutor/a de la UIB para el seguimiento del proceso individual de cada becario.

- Compromiso de comunicar a PalmaActiva cualquier incidencia que se produzca a lo largo del periodo de prácticas establecido.

- Declaración no estar sometido/a en ninguna de las circunstancias indicadas e el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y de no tener causa de incompatibilidad para recibir la subvención.

Para la formalización de los convenios, la persona en prácticas, tiene que presentar ante PalmaActiva, 5 días antes del inicio de las prácticas, copia de su documento nacional de identidad, número de Seguridad Social y hoja cumplimentada del número de cuenta bancaria dónde hacer el abono de la beca y documento anexo de Compromiso de alumnado en prácticas.

Igualmente la empresa receptora tiene que presentar ante PalmaActiva, con 5 días de antelación a la formalización de los convenios, copia del CIF o NIF y certificado de estar al corriente con las obligaciones tributarias, de Seguridad Social y del Ayuntamiento de Palma. Si no presenta estos certificados, lo tendrá que hacer, en todo caso, previamente al abono de la compensación económica solicitada, dentro de los dos días siguientes a su finalización, en todo caso siempre antes del 17 de diciembre 2014, como fecha límite. Si no solicita compensación económica, no son necesarios dichos certificados.

Al convenio se tiene que anexar el documento Plano de prácticas con el contenido de las prácticas, la duración, jornada y horario de sus prácticas y el/la tutor/a asignado/ada por la Universidad de las Islas Baleares, la fecha de inicio de las prácticas y la fecha estimada de finalización.

DECIMOTERCERO. Derechos y deberes de las personas becadas

Derechos

- A la percepción efectiva de la beca, a un asesoramiento y tutorización durante todo el proceso, a los descansos ordinarios en la forma que lo tenga acordado la empresa donde realice las prácticas.

- A recibir información sobre los contenidos de las prácticas extracurriculares.

- A la asignación de uno/a tutor/a académico/a y de uno/a tutor/a de empresa.

- A la entrega de los elementos de trabajo necesarios para la realización de su práctica.

- Al cambio de empresa, organismo o institución asignada, siempre que se acredite una causa justificada. El cambio puede solicitarse una sola vez.

- A la cobertura por un seguro escolar durante el periodo de prácticas.

- A ausentarse el tiempo que sea indispensable del lugar donde desarrolla las prácticas siempre que sea necesario para atender las obligaciones que se deriven de su actividad académica o de su participación en la actividad de los órganos de gobierno y de representación de la Universidad, así como por razones de salud o cualquier otro supuesto que acuerden conjuntamente PalmaActiva, la empresa donde realice las prácticas y la Universidad. En cualquier caso, el estudiante tiene que comunicar estas ausencias a la empresa donde realice las prácticas, en función del periodo de prácticas en que se encuentre, con la antelación suficiente y tiene que presentar los justificantes correspondientes.

Deberes

- Formalizar el documento de compromiso del programa de becas e incorporarse al lugar de prácticas asignado en el periodo máximo de 10 días naturales desde el día que se le notifique y siempre antes de la fecha máxima de inicio prevista en las presentes bases, de 20 de octubre de 2014.

- Cumplir las normas de prevención y salud laboral, utilizar el uniforme y los equipos de protección individual que se le entreguen y usar adecuadamente el material, herramientas e instalaciones durante las prácticas.

- Informar sobre cualquier cambio o alteración en las condiciones iniciales por las cuales se le otorgó la beca, sobre todo en lo que se refiere a la percepción de rentas o subsidios por la situación de desempleo.

- Cumplir con los horarios que se establezcan con la empresa, organismo o institución donde realice las prácticas, realizar las tareas que se le encomienden con cuidado y diligencia, mantener el contacto con el/los tutores/as académicos/cas y empresariales en la forma que se le indique. La no asistencia a las prácticas por 3 o más días completos o más días sin justificar, la reiterada carencia de puntualidad y/o cumplimiento íntegro del horario de prácticas y la realización de conductas no apropiadas en el lugar de prácticas pueden suponer la baja del becario en el programa.

- Participar en las sesiones de tutoría.

- Mostrar una actitud respetuosa tanto hacia el personal de PalmaActiva y de la Universidad, como al de la entidad o empresa donde realiza las prácticas, su clientela o personas usuarias y terceros.

- Cumplir con el resto de la reglamentación establecida por PalmaActiva para la realización de las prácticas.

- No hacer uso en beneficio propio de ningún bien, elemento, cliente, proveedor, etc. de la entidad receptora de prácticas.

- Respetar la confidencialidad de toda la información y los datos que, por cualquier medio, lleguen a su conocimiento y no revelarlas ni reproducirlas bajo ninguna forma, fuera del centro de prácticas o de las entrevistas que se puedan tener con el/la correspondiente tutor/a académico/a de la Universidad.

DECIMOCUARTO. Derechos y deberes de las entidades receptoras de personas en prácticas profesionales extracurriculares

Derechos

- Al apoyo y asesoramiento de la Universidad de las Islas Baleares y de PalmaActiva para la gestión de las prácticas, guías y modelos de ejecución, establecimiento del itinerario formativo-práctico de la persona becada y formación del/de la tutor/a de empresa.

- A la reparación o resarcimiento de los daños causados durante las prácticas, que no tengan causa o deriven de instrucciones de la entidad receptora de la persona en prácticas.

Deberes

- Acoger a la persona en prácticas y organizar la actividad en relación al itinerario establecido, suministrando la uniformidad, bienes y herramientas necesarias para su realización, así como los equipos de protección individual necesarios.

- Supervisar la realización de las prácticas, controlando la asistencia y correcta realización de éstas.

- Coordinar con la Universidad de las Islas Baleares y PalmaActiva el desarrollo de las prácticas asistiendo a las reuniones de coordinación y seguimiento en las cuales se lo convoque.

- Proporcionar la información que se requiera durante el proceso de prácticas.

- Guardar la confidencialidad que le sea requerida.

- Informar a la representación legal de los trabajadores y las trabajadoras de la formalización del acuerdo de prácticas.

DECIMOQUINTO. Pago de la beca y compensaciones económicas a entidades receptoras de personas en prácticas

El pago de la beca se hará mensualmente una vez comprobada la asistencia de la persona becada en la empresa donde realiza las prácticas. La baja o la exclusión del alumno/a da lugar a la pérdida del derecho de percepción.

El pago de la compensación de empresa se hará al final del periodo de prácticas becadas, a solicitud de la entidad receptora y habiendo constatado el número de horas efectivamente realizadas por el /los becario/s acogido/s.

 

DECIMOSEXTO. Normativa complementaría

Para todo lo que no prevén las presentes bases son de aplicación la Ordenanza municipal general reguladora de la concesión de subvenciones, la Ley 38/2003, general de subvenciones, el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común, el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, y las Bases de ejecución del presupuesto municipal para el 2014.

Contra el presente Acuerdo, que agota la vía administrativa, puede presentarse recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde su aprobación, y en este caso no se puede interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potestativo tendrá que presentarse en el Registro de este Organismo o en las dependencias a que se refiere el artículo 38.4, de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, antes mencionada. Se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición y en este caso quedará expedita la vía contenciosa administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, puede interponerse directamente recurso contencioso administrativo, según lo establecido en el artículo antes mencionado y el 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de su aprobación. Esto sin perjuicio de cualquiera otro recurso o acción que se considere pertinente.

Palma, 29 de julio de 2014

La gerente

Silvia Romero Bosch