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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR

Núm. 13883
Notificación de resolución expedientes sancionadores por infracción ordenanza reguladora de la tenencia y protección de animales de compañia

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con lo dispuesto en el articulo 59.5 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace publica la notificación de resolución de los expedientes sancionadores que se indican, como consecuencia de las denuncias formuladas por la Policía Local, por infracción administrativa de la Ordenanza Municipal de la Tenencia y Protección de Animales de Compañía, (BOIB 135 de 13-09-12), por lo que de acuerdo con los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común,  se procede a su publicación sucinta.

Esta Alcaldía en base a las atribuciones conferidas por con el artículo 21 de la ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, RESUELVE:

  1. Imponer al responsable de la infracción que se indica, la multa correspondiente con la cuantía fijada para la misma.
  2. Contra esta resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante esta Alcaldía,  en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente resolución, o directamente recurso contencioso administrativo ante los juzgados de lo contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, sin  perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que estime conveniente en defensa de sus derechos.  Si transcurre el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se haya procedido a la notificación de su resolución, se podrá entender desestimado el citado recuso a efectos de interponer recurso contencioso administrativo ante los juzgados de lo contencioso administrativo con sede en Palma.
  3. En el caso de haber transcurrido el período voluntario el ingreso deberá realizarse en la Tesorería del Ayuntamiento de Llucmajor, en la Calle Constitució, 6 de Llucmajor.
  4. La falta de pago en periodo voluntario determinará el inicio del período ejecutivo, que dará lugar a la exigencia de los intereses de demora y los recargos establecidos en los art. 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de Diciembre, General Tributaria, y en su caso de las costas del procedimiento de apremio, art.161 de la Ley 58/2003.

Expte.

Nombre

DNI

Sanción

Art.infringido

20/2013

Ilona Marion Curcetti Gorka

X5709125L

661,02€

Art.13 Y 29.2

65/2013

Milagros Cabrera Lobo

44963568V

60€

Art.9

72/2013

Juan L. Aguilar Chicon

46558088Q

120€

Art. 9 y 11.5

74/2013

Rafael Águila Campoy

45637288k

60€

Art. 9

83/2013

Kay Albat

X9190319W

300,51€

Art.5.3

100/2013

Ricardo Rodríguez Caldentey

43132568R

60 €

Art.9

111/2013

Manuel Moreno Moreno

43199076Q

90 €

Art.5.5

113/2013

Ana Belén Torrijos Sánchez

33562184D

120€

Art.9 y 14

116/2013

Lorenzo Trobat Astorga

37342252G

120€

Art 13.1 y 2

119/2013

Rafael Pons Pol

41351801D

60€

Art 9

Llucmajor, 18 de julio de 2014

El Alcalde;

Joan C. Jaume Mulet