Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES
Núm. 13664
Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 21 de julio de 2014 por la cual se autoriza el cambio de titularidad del centro privado concertado de educación especial Joan Mesquida de Manacor
Hechos
1. La Resolución del consejero de Educación y Cultura de día 28 de mayo de 2010 (BOIB del 12 de junio) modificó la autorización del centro privado concertado de educación especial Joan Mesquida de Manacor, Titular: APROSCOM (Asociación para las personas con discapacidad intelectual de Manacor y comarca) con la configuración siguiente: Educación básica especial: 9 unidades, Transición para la vida adulta: 1 unidad
2. El 28 de febrero de 2014 (NRE 5967/2014, de 28 de febrero), el señor Antoni Xavier Gayà Sunyer, como gerente de APROSCOM FUNDACIÓN, actuando en nombre y representación de la mencionada Fundación con CIF G- 07065386, solicitó el cambio de titularidad del centro privado concertado de educación especial Joan Mesquida de Manacor con efectos del 28 de febrero de 2014 que hasta ahora era de APROSCOM pasase a ser APROSCOM FUNDACIÓN, presentando la documentación pertinente.
Copia de la escritura de transformación, estatutos de la fundación, copia de la resolución de inscripción al Registro Único de Fundaciones de las Illes Balears.
1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE nº. 159, de 4 de julio de 1985), reguladora del derecho a la educación.
2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE nº. 106, de 4 de mayo de 2006), de educación.
3. El Real decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE del 12 de marzo), por el cual se modifica el Real decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE del 9), sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.
4. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 2/1983, de 25 de febrero (BOE del 1 de marzo), reformado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE del 16 de marzo), que en el artículo 36.2 establece que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
Por todo eso, y a propuesta de la Dirección General de Planificación, Infraestructuras Educativas y Recursos Humanos dicto la siguiente
1. Autorizar el cambio de titularidad del centro privado concertado de educación especial Joan Mesquida de Manacor que hasta ahora era de APROSCOM y que pasa a ser de APROSCOM FUNDACIÓN inscrita en el Registro de Entidades Jurídicas de la Consejería de Presidencia con el número 100000000330, nº. de CIF G07065386.
2. Como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la manera siguiente:
Código de centro: 07005891
Denominación genérica: Centro de educación especial
Denominación específica: Joan Mesquida
Titular: APROSCOM FUNDACIÓN
Domicilio: C/des Canyar, s/n
Localidad: Manacor
Municipio: Manacor
CP: 07500
Enseñanzas autorizadas:
Educación Básica Especial: 9 unidades,
Transición para la vida adulta: 1 unidad
3. Inscribir esta modificación en el Registro de Centros Docentes (RCD) de la Dirección General de Planificación, Infraestructuras Educativas y Recursos Humanos, con efectos desde el día 28 de febrero de 2014.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución -que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición delante del consejero de Educación y Cultura en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo delante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 21 de julio de 2014
La consejera de Educación, Cultura y Universidades
Joana Maria Camps Bosch