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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 23 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 12426
Juicio verbal 292/2014 sobre otras materias

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Texto

D./Dª. SILVIA MARTÍNEZ POMAR, Secretario/a Judicial, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 23 de PALMA DE MALLORCA, por el presente,

ANUNCIO:

En el presente procedimiento seguido a instancia de IGNACIO ADROVER PENSABENE frente a RENEE UNTERBERG se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA

En palma de Mallorca, a treinta de junio de ldos mil catorce.

Vistos por Dª. SONIA I. VIDAL FERRER, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº 23 de los de esta Ciudad y su Partido, los presentes autos nº 292/14 de Juicio Verbal en reclamación de cantidad derivada de contrato de arrendamiento seguidos en este Juzgado a instancia de IGNACIO ADROVER PENSABENE representado por la Procuradora LLUISA ADROVER y asistido por el Letrado ANTONI SALVÁ contra RENEE UNTERBERG-GORGOBLIONE, en rebeldía.

FALLO

SE ESTIMA la demanda interpuesta por la Procuradora LLUISA ADROVER en nombre y representación de IGNACIO ADROVER PENSABENE contra RENEE UNTERBERG-GORGOBLIONE y CONDENO a la demandada al pago de la cantidad de 4.700 €, más los intereses legales, y al pago de las costas judiciales.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de apelación, interponiéndolo en el plazo de veinte días a partir del siguiente a su notificación ante este Juzgado. Para ello deberá consignar el importe de 50 € de conformidad a la DA 15 de la LOPJ, según redacción por LO 1/09 de 4 de noviembre.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio en autos, para unir el original al Libro de Sentencias del Juzgado, definitivamente juzgado en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Firmado.- SONIA I. VIDAL FERRER rubicado.

Y encontrándose dicho demandado, RENEE UNTERBERG-GORGOBLIONE, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

PALMA DE MALLORCA  a dos de Julio de dos mil catorce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL