Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 13375
Aprobación definitiva del proyecto de reparcelación urbanística del polígono 1-17-2 de las NNSS de Manacor
El alcalde del Ayuntamiento de Manacor en el día de la fecha ha dictado la siguiente resolución:
1º) Aprobar definitivamente el proyecto de reparcelación urbanística del polígono identificado como 1-17- 2 de las NN.SS. de Manacor, cuyo sistema de actuación es el de cooperación urbanística , proyecto redactado por el arquitecto Sr. Pere Serra Vich con las siguientes prescripciones:
a) la aprobación del proyecto de reparcelación no supone la legalización de las edificaciones existentes dentro del ámbito del polígono 1-17-2.
b) se tienen que ejecutar y finalizar , de forma simultánea a las obras de dotación de servicios , las obras de demolición parcial de las edificaciones comprendidas en el anexo IV del proyecto de reparcelación urbanística.
2º) Publicar el presente acuerdo en el BOIB, en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Manacor, en la página web del Ayuntamiento de Manacor, y en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia.
3º) Notificar este acuerdo a los propietarios y demás titulares de derechos interesados en la aprobación del proyecto de reparcelación del polígono 1-17-2.
4º) Remitir el proyecto de reparcelación urbanística del polígono 1-17-2 al Departamento de Intervención del Ayuntamiento de Manacor a los efectos del cobro de las cuotas de urbanización que constan en la cuenta de liquidación provisional del referenciado proyecto de reparcelación a los efectos de dar cumplimiento al Art. 82.2 de la Ley 2/2014 de ordenación y uso del suelo de las Islas Baleares.
5º) Proceder a la formalización en escritura pública del proyecto de reparcelación urbanística del polígono 1-17-2, y su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad una vez sea firme, en vía administrativa, el acuerdo de aprobación definitiva del proyecto de reparcelación urbanística (arte.83 de la Ley 2/2014 , y el Art. 51.1 del RDL 2/2008 que aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo ).
6ª) Destinar al patrimonio público de suelo la parcela resultante identificada con la letra E y la cantidad de 471.046,22 € correspondiente a parte del 10% del aprovechamiento urbanístico que recibe el Ayuntamiento de Manacor según el proyecto de reparcelación.
En conformidad con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podéis interponer, alternativamente, recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar del día siguiente a la notificación de la resolución ante el mismo órgano que dictó el acto, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del contencioso-administrativo de Palma, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente a la notificación de la resolución. Si optáis para interponer el recurso de reposición potestativo, no podréis interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel no sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. El plazo para interponer, en su caso, recurso contencioso-administrativo, si habéis optado para interponer recurso de reposición potestativo, será de dos meses, contados del día siguiente a la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición. Si no hubiera resolución expresa, el plazo será de seis meses a contar de la fecha en que se entienda desestimado por silencio el recurso de reposición.
Manacor, 24 de julio de 2014
El alcalde
Antoni Pastor Cabrer