Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
DIRECCIÓN INSULAR DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO EN MENORCA
Núm. 13219
Comisión Asistencia Jurídica Gratuita de Menorca
Vistas las solicitudes de asistencia jurídica gratuita presentadas por las personas que a continuación se relacionan:
La Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de Menorca, HA RESUELTO:
Confirmar la decisión provisional adoptada por el Colegio de Abogados de Baleares y en consecuencia, RECONOCER el derecho a la asistencia jurídica gratuita, en la forma prevenida en el artículo 6 de la Ley 1/1996, de 10 de enero (BOE 12-1-96), por haber quedado acreditado que se cumplen los requisitos básicos establecidos en los artículos 2 y 3 de la citada Ley 1/96.
La presente resolución podrá ser impugnada, mediante escrito motivado, sin que sea preceptiva la intervención de Letrado, en el plazo de 5 días desde la notificación, ante el Secretario de la Comisión.
Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27)
El Presidente, Eduardo Norro Ruiperez
El Secretario, Juan José Barros Cagigas
EXPEDIENTE |
NOMBRE Y APELLIDOS |
LOCALIDAD |
---|---|---|
453/14 |
Alexandra Landino Morata |
Ciutadella |
456/14 |
Francisco Herrera Cecilio |
Alaior |
530/14 |
Saida Belagag |
Ciutadella |
598/14 |
Marc Tornes Bosch |
Ciutadella |
608/14 |
Jenife Chups Carmona |
Alaior |
613/14 |
Rubén Fuster Estella |
Es Castell |
640/14 |
Francisco Dieguez Baena |
Maó-Mahón |
641/14 |
Francisco Dieguez Baena |
Maó-Mahón |
724/14 |
Blas García Sierra |
Ciutadella |
Maó-Mahón, 16 de julio de 2014
El Secretario,
Juan José Barros Cagigas