Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 13001
Publicación de la sanción impuesta en el procedimiento sancionador FA 90/13
Visto el artículo 38.2 de la Ley 1/1999, de 17 de marzo, sobre otras sanciones en materia de calidad agroalimentaria, y de acuerdo con la Resolución de la Directora General de Medio Rural y Marino de 24 de febrero de 2014, dictada en el procedimiento sancionador FA 90/13, por razones de ejemplaridad u a los efectos del conocimiento general, se da publicidad de la sanción impuesta a DESTILERIAS VEGA ALTA S.L., como responsable de las infracciones cometidas siguientes:
1. Utilizar menciones en diferentes caracteres, tamaño, colores y distintas líneas en la designación de venta de “Licor Apricot Brandy”.
2. Utilizar de manera destacada la denominación Brandy en una bebida espirituosa que no se ajusta a las especificaciones del producto Brandy.
1. Utilizar alcohol de procedencia no vínica en la elaboración de Brandy. Valores isotópicos (D/H) I=104.6ppm.
Sanción: 9.570€, decomiso y publicidad.
Palma, 16 de julio de 2014
La Directora General de Medio Rural y Marino
Margaret Mercadal Camps