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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 12775
Notificación de Resolución de concesión a los beneficiarios de las ayudas, de fecha 15 de mayo de 2.014, para el ejercicio 2.013, subvenciones destinadas a la instalación de jóvenes agricultores

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Texto

Notificación de Resolución de concesión a los beneficiarios de las ayudas, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 3 de junio de 2.013 por la que se convocan, para el ejercicio 2.013, subvenciones destinadas a la instalación de jóvenes agricultores.

El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 3 de junio de 2.013 por la que se convocan, para el ejercicio 2.012, subvenciones destinadas a la instalación de jóvenes agricultores especifica que la resolución expresa se ​​notificará a los interesados ​​mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común .

Estas ayudas se enmarcan dentro del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares para la instalación de jóvenes agricultores. El importe de la ayuda concedida se abonará a los beneficiarios a través de transferencia bancaria, una vez justificado el cumplimiento de la finalidad y de la aplicación de la subvención, y con la autorización previa del Director Gerente del FOGAIBA.

En fecha 15 de mayo de 2014 el vicepresidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) dictó resolución individual de concesión de ayuda convocada mediante Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 3 de junio de 2013 por la que se convocan, para el ejercicio 2013, subvenciones destinadas para la instalación de jóvenes agricultores y Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA de 18 de marzo de 2014 por la que se incrementa el crédito destinado a la convocatoria, para el ejercicio 2013, de las subvenciones destinadas a la instalación de jóvenes agricultores en cada uno de los beneficiarios de la relación que se adjunta a la Anexo I, y que incluye en cada caso la inversión aprobada, la ayuda concedida y el plazo para ejecutar y justificar las inversiones aprobadas.

Estas ayudas reciben una cofinanciación del 35% del FEADER (línea FEADER n. 050405011211004), del 40% del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA) y del 25% de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (CAIB) del presupuesto vigente.

El beneficiario se obliga a:

- Realizar las inversiones o actividades auxiliadas dentro del plazo establecido en el Anexo I.

- Justificar los gastos relacionados con la inversión según el desglose aportado a la solicitud.

- Ejercer la actividad agraria en la explotación objeto de ayuda y mantener las inversiones realizadas durante al menos cinco años contados desde la fecha de la concesión de la ayuda, así como mantener los requisitos y condiciones exigibles respecto a las condiciones de la explotación y beneficiario durante dicho período.

- Los jóvenes agricultores que se acojan a las medidas de instalación y modernización  a la vez, deberán cumplir, además, el resto de obligaciones que les son impuestas para ser beneficiarios de la subvención para la instalación de jóvenes.

- Cumplir las normas comunitarias aplicables a la inversión de la que se trate y las específicas que puedan señalarse en función del tipo de explotación.

- Adoptar las medidas que sean necesarias para proporcionar información al público y dar publicidad. Para acciones que supongan inversiones que superen un coste total de 50.000€ euros, el beneficiario deberá colocar una placa explicativa con las características indicadas en el punto 9 del apartado 4, de la Resolución de la convocatoria.

- Someterse a los controles que lleve a cabo la administración, necesarios para comprobar la correcta concesión de la ayuda y el posterior mantenimiento de los compromisos.

 

ANEXO I

Beneficiario

CIF

Expediente IJA

Inversión elegible según el desglose aportado para el solicitante

Ayuda concedida

Plazo de ejecución

CATALINA ALCINA COLL

78214981P

2/2012

32.275,55

32.200,00

6 MESOS

JUAN CARLOS BATLE VALLÉS

43166301Q

1/2013

12.862,30

12.862,30

12 MESOS

MATÍAS GELABERT VENY

43092222C

3/2013

31.400,00

31.400,00

12 MESOS

JAIME COLL BENNASAR

43132370X

4/2013

34.552,08

34.132,00

6 MESOS

CARLOS HERRERO AYUSO

72066533N

6/2013

10.298,54

10.298,54

12 MESOS

SILVESTRE BARCELÓ GARCÍA

41520511Z

7/2013

38.040,00

36.064,00

12 MESOS

BARTOLOMÉ CAÑELLAS VIDAL

43073742D

8/2013

14.750,13

13.652,80

6 MESOS

JAIME SALVA ROBLES

41541765Q

30/2013

32.217,99

32.200,00

6 MESOS

MIGUEL ESTELRICH VICENS

41539866A

31/2013

34.759,76

32.200,00

6 MESOS

JUAN ANTONIO FORTEZA RODRÍGUEZ

41571216G

33/2013

32.100,58

32.100,58

12 MESOS

MIGUEL BENNASAR ROSIÑOL

41535071S

34/2013

32.512,44

32.200,00

6 MESOS

JAUME POU SUREDA

41535464V

35/2013

34.181,48

34.132,00

6 MESOS

DAMIAN BOSCH MOLL

41739614L

37/2013

33.858,88

33.858,88

12 MESOS

AINA CAÑELLAS FERNÁNDEZ

78216390Z

40/2013

28.920,00

28.920,00

6 MESOS

DAVID MOLL MARTIN

41744735B

43/2013

29.714,37

29.714,37

6 MESOS

ARNAU FERRER MATAS

41518174T

46/2013

32.220,00

32.200,00

6 MESOS

MARIA MAGDALENA POCOVÍ MARTORELL

43189325V

50/2013

35.675,58

32.200,00

12 MESOS

Informar a los beneficiarios de que sus expedientes se encuentran a su disposición y consulta en el Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA, calle Reina Constanza, 4 de Palma.

Contra estas resoluciones, que no agotan la vía administrativa, los interesados ​​pueden interponer recurso de alzada ante el Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, en un plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la fecha de la publicación de la notificación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la comunidad Autónoma de las Islas Baleares , y los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.


Palma, 26 de junio de 2.014

El director gerente del FOGAIBA
Joan Simonet Pons