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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 12771
Notificación de la Resolución de Denegación de ayuda, de fecha 10 de junio de 2.014, subvenciones destinadas a Indemnizar a los agricultores por las dificultades naturales en zonas de montaña de las Islas Baleares , correspondientes al año 2.013

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Texto

Notificación de la Resolución de Denegación de ayuda, de fecha 10 de junio de 2.014, solicitada al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 19 de enero de 2.013 por la que se convocan subvenciones destinadas a Indemnizar a los agricultores por las dificultades naturales en zonas de montaña de las Islas Baleares , correspondientes al año 2.013.

El apartado 9.3 de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 19 de enero de 2.013 por la que se convocan subvenciones para las Inversiones no productivas, correspondientes al año 2.013, especifica que la resolución expresa se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial  de las Islas Baleares de acuerdo con los términos que prevé el artículo 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común.

El expediente ha estado tramitado por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), en cumplimiento del que dispone el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.  

El vicepresidente del FOGAIBA, a fecha de 10 de junio de 2.014, firma la siguiente Resolución:

"Resolución de denegación a los beneficiarios de las ayudas, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 19 de enero de 2013 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2013, de las ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades naturales en zonas de montaña de las Islas Baleares.

El punto 3 del apartado Décimo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 19 de enero de 2013 por la que se convocan, para el ejercicio 2013, las ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades naturales en zonas de montaña en las Islas Baleares, establece que la resolución expresa se notificará a los interesados ​​mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Estas ayudas se enmarcan dentro del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013. Eje 2. Mejora del medio ambiente y del entorno rural.

La ayuda de referencia tiene como finalidad, indemnizar al agricultor por los costes adicionales y las pérdidas de ingresos derivados de las dificultades naturales que plantea la producción agrícola en las zonas de montaña, evitando riesgos medioambientales y sociales derivados de su falta de uso y mantenimiento del paisaje tradicional balear como aparte de su riqueza social y natural.

Vistos los expedientes de los beneficiarios y de acuerdo con los informes técnicos desfavorables del jefe de sección II de Ayudas al Desarrollo Rural de 10 de diciembre de 2013:

  1. Se han llevado a cabo los controles administrativos de las solicitudes y de la documentación aportada, y se han publicado en la página web http://www.caib.es las propuestas de resolución provisional individuales, concediendo a los solicitantes un plazo de diez días para presentar alegaciones.
  2. En relación al punto anterior, finalizado el plazo para presentar las alegaciones y / o documentos, este Órgano no ha tenido conocimiento de su presentación en los registro de entrada del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de la Consejería de Agricultura y Pesca o en cualquiera de los lugares previstos en el apartado 4 del artículo 38, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y en el artículo 37 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
  3. El procedimiento seguido en la tramitación del expediente ha cumplido los trámites establecidos en la Resolución del Presidente del FOGAIBA de 19 de enero de 2013 por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2013, de las ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades naturales en zonas de montaña en las Islas Baleares.

En fecha 10 de junio de 2014 el vicepresidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) dictó resolución individual de denegación de ayuda convocada mediante Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares ( FOGAIBA) de 19 de enero de 2013 por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2013, de las ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades naturales en zonas de montaña en las Islas Baleares a los 20 solicitantes relacionados en el anexo I. que empieza por OLIVER TIMONER, JOSÉ y acaba por MORRO BIBILONI, MARGARITA, por los motivos especificados en el mencionado anexo.

ANEXO I

Motivo denegación: El solicitante no cumple con el requisito de ser agricultor a título principal o titular de una explotación agraria calificada como prioritaria (punto 1.a) del apartado Tercero de la Resolución del Presidente del FOGAIBA de 19 de enero de 2013).

Beneficiari

CIF/NIF

Expedient

Oliver Timoner, José

41386188B

03/2013

Bisbal Colom, Antonia Maria

43026894N

08/2013

Mas Barcelo, Francisco

43047806V

09/2013

Morell Fernandez, Juan

43024035M

10/2013

Oliver Coll, Lucia

78193646V

13/2013

Ripoll Piza, Bartolome

18233961K

19/2013

Arbona Sastre, Bartolome

78205070X

20/2013

Ramis Crespi, Antonio

43067916W

25/2013

Cervera Rebasa, Juana

42959749G

30/2013

Salas Comas, Jose

78211324P

45/2013

Prats Grau, Margarita

78191500X

64/2013

Mesquida Pol, Pedro

42996348X

363/2013

Vidal de Valicourt, Gonzalo

43063792H

364/2013

Cifre Bibiloni, Jose Miguel

78210550Q

369/2013

Amengual Ochogavia, Antonio

41380365F

372/2013

Morro Bibiloni, Margarita

41396376X

400/2013

Motivo denegación: La explotación del solicitante no cumple con el requisito de tener una carga ganadera máxima de 1 UGM por hectárea de superficie forrajera (punto 2.b) del apartado Tercero de la Resolución del Presidente del FOGAIBA de 19 enero de 2013).

Beneficiario

CIF/NIF

Expediente

Morro Celia, Antonia

78195419L

41/2013

Motivo denegación: En fecha de la propuesta de resolución provisional el solicitante no cumplía con el requisito de estar al corriente de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y / o con la seguridad social (punto 6 del apartado Tercero de la Resolución del presidente del FOGAIBA de 19 de enero de 2013).

Beneficiario

CIF/NIF

Expediente

Segui Salom, Miguel

43125199S

54/2013

Vicens Coll, Catalina

43051881K

68/2013

Motivo denegación: La explotación del solicitante no cumple con el requisito de tener una superficie agrícola superior a dos hectáreas (punto 2.c) del apartado Tercero de la Resolución del Presidente del FOGAIBA de 19 de enero de 2013).

 

Beneficiario

CIF/NIF

Expediente

Manresa Julia, Francisco

78204736K

281/2013

Se informa a los beneficiarios que sus expedientes se encuentran a su disposición y consulta en el Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA (calle Reina Constanza, núm. 4 de Palma).

Contra estas resoluciones, que no agotan la vía administrativa, los interesados ​​pueden interponer recurso de alzada ante el consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, en un plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la fecha de la publicación de la notificación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares , y los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común ".                     

     

Palma, 26 de junio de 2.014

 

El director gerente del FOGAIBA

Joan Simonet Pons