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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

GRUPO DE ACCIÓN LOCAL PARA EL DESARROLLO RURAL DE EIVISSA Y FORMENTERA

Núm. 12642
Convocatoria de ayudas para beneficiarios finales de la medida 4.1.3 del programa comarcal de las Islas Pitiüses LEADER 2007-2013. Modificación

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Texto

La convocatoria de ayudas para beneficiarios finales de la medida 4.1.3 del programa comarcal de las Islas Pitiüses LEADER 2007-2013, año 2013, publicada en el BOIB nº 246 de 10 de octubre de 2013, establece un importe máximo distribuido en 3 periodos de recepción y tramitación de solicitudes, con una disponibilidad presupuestaria para cada uno de ellos. Asimismo establece en el anexo I el importe  máximo que puede imputarse a las submedidas de la medida 4.1.3.

Vistos los remanentes disponibles y las previsiones de necesidades en función de las solicitudes presentadas en los tres períodos  habilitados en la convocatoria, procede modificar la misma con el objeto de aprovechar al máximo el presupuesto disponible. Por ello se modifica la convocatoria de ayudas para beneficiarios finales de la medida 4.1.3 del programa comarcal de las Islas Pitiüses LEADER 2007-2013 como sigue:

1. El punto segundo, apartado 1 queda redactado de la siguiente manera: “Para esta convocatoria se destina un importe máximo de 1.030.000,00 €, siendo el importe máximo que puede imputarse a las distintas medidas aquel indicado a el anexo I. Estos importes podrán aumentar  en caso de disponer de remanentes o ampliaciones de la dotación presupuestaria”.

2. El punto segundo, apartado 4 queda redactado de la siguiente manera: “La dotación presupuestaria para cada período de recepción y tramitación de solicitudes es la siguiente:

- Período 1/2012: 520.000,00 €.

- Período 2/2012: 510.000,00 €.

- Período 3/2012: Sin presupuesto inicial. Se trata de una convocatoria, en principio, para proyectos en reserva.

En los casos en que, una vez finalizado un período, no se haya agotado el importe máximo previsto para el mismo, la cantidad no aplicada se trasladará al período siguiente, mediante una resolución del Comité ejecutivo.”

3. El anexo I queda redactado de la siguiente manera:

Ibiza, 9 de julio de 2014

El presidente
Antonio Marí Marí
Grup d’Acció Local per al Desenvolupament Rural d’Eivissa i Formentera

ANEXO I.

Importe máximo indicativo que puede imputarse a las submedidas de la medida 4.1.3

Submedida

Importe máximo

3.1.1. Diversificación hacia actividades no agrícolas

                0 €

3.1.2. Ayuda a la creación y desarrollo de microempresas

95.000,00 €

3.2.1. Prestación de servicios básicos para la economía y la población

444.000,00 €

3.2.3. Conservación y mejora del patrimonio rural

473.370,00 €

3.3.1. Formación e información para los agentes que actúan en los ámbitos del Programa

17.630,00 €

Estos importes pueden variar en función de las necesidades de financiación de los proyectos presentados.

En todo caso, el importe total imputado en la convocatoria, para el conjunto de las submedidas, no podrá superar los 1.030.000 €.