Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 11926
Procedimiento ordinario 62/2012

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  BEGOÑA MARÍ RUIZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 001 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER: 

Que en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000062/2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª EMILIO NAVARRO HERRERA contra la empresa ISMAC CB, I SARMIENTO, J MACIAS, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta: 

SENTENCIA N° 157 

En Palma de Mallorca a 12 de junio de 2014 

DOÑA CECILIA FERNÁNDEZ PRIETO, Juez de Refuerzo, en sustitución ordinaria del Juzgado de lo Social nº 1 de Palma de Mallorca, ha visto los presentes autos de PROCEDIMIENTO Nº 62/2012, seguido entre partes, de una como actora DON EMILIO NAVARRO HERRERA representada por la Letrado Doña Rosa Hidalgo y de otra como demandada ISMAC COMUNIDAD DE BIENES Y DON ISIDORO SARMIENTO BAENA Y DON MACÍAS JOAQUÍN PASTOR sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD y con citación al FOGASA.

FALLO 

Que estimando la demanda interpuesta por la Letrada Doña Rosa Hidalgo en nombre y representación de CCOO en interés de su afiliado DON EMILIO NAVARRO HERRERA frente a ISMAC COMUNIDAD DE BIENES Y DON ISIDORO SARMIENTO BAENA Y DON MACÍAS JOAQUÍN PASTOR debo condenar y condeno a los demandados a pagar al actor solidariamente la cantidad de 2.087,59 euros, cantidad ésta que se incrementará en un quince por ciento de interés. 

Notifíquese esta  resolución  a las partes en la forma que previene la Ley, haciéndoles saber que la misma es firme y frente a ella no cabe interponer recurso alguno. Procédase al archivo de las actuaciones, previa baja en el libro correspondiente. 

Y para que sirva de notificación en legal forma a ISMAC CB, I SARMIENTO, J MACIAS, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. 

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. 

En PALMA DE MALLORCA, a veintitrés de Junio de dos mil catorce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL