Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 12606
Resolución de la presidenta de la Escuela Balear de Administración Pública, de 30 de junio de 2014, por la que se aprueba la incorporación a la bolsa de funcionarios interinos para los ayuntamientos de las islas Pitiusas, constituida por Resolución de la presidenta Escuela Balear de Administración Pública el 4 de junio de 2014
Versión PDF
Hechos
1. El día 5 de septiembre de 2013 se publicó en el BOIB núm. 123 la resolución de la presidenta de la Escuela Balear de Administración Pública por la que se aprueban la convocatoria y las bases del proceso selectivo para el acceso al curso básico de capacitación de policía local de la 38 ª promoción.
2. La 38 ª promoción de policías locales es fruto de la demanda específica y expresa hecha por los ayuntamientos de las Islas Pitiusas para cubrir necesidades de refuerzo de sus plantillas durante la temporada alta, como consecuencia del hecho de que habitualmente agotan sus bolsas específicas sin cubrir estas necesidades.
3. El día 8 de octubre de 2013 se publicó en el tablón de anuncios de la EBAP la resolución de la directora gerente por la que se aprueba la lista definitiva de personas admitidas y excluidas para participar en el proceso selectivo, con indicación de la causa de la exclusión.
4. El 19 de diciembre de 2014 se realizó la última prueba selectiva prevista en la convocatoria para el acceso al curso básico de policía local, 38a promoción. Y el 25 de febrero de 2014 se publicó en el BOIB núm. 27/20014 y en la página web http://ebap.caib.es, la Resolución de 30 de enero de 2014 de la presidenta de la EBAP por la que se aprueba y se publica la lista definitiva de alumnos admitidos al Curso básico de capacitación de policía local.
5. El día 29 de mayo de 2014 finalizó el curso básico de capacitación de la 38 ª promoción de policías locales.
6. En fecha 4 de junio de 2014, por Resolución de la presidenta de la Escuela Balear de Administración Pública, se aprobó la lista definitiva de los alumnos que han superado el curso básico de capacitación para el acceso a la policía local, 38a promoción y la constitución de la bolsa de funcionarios interinos para los ayuntamientos de las islas Pitiusas, resultando que el alumno con DNI 49006187 estaba pendiente de la superación de una prueba extraordinaria de recuperación de las pruebas físicas.
7. En fecha 27 de junio de 2014 el alumno con DNI 49006187 realizó la prueba de recuperación de las pruebas físicas resultando APTO.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de policías locales de las Islas Baleares, atribuye a la EBAP las competencias relativas a la selección, formación y promoción de la policía local, y en especial los cursos básicos y de capacitación. Estos cursos son un requisito para ingresar en los cuerpos de policía local. Los ayuntamientos pueden encomendar al Gobierno de las Islas Baleares la convocatoria y la realización de los procesos selectivos.
2. La disposición transitoria novena de la nueva Ley 4/2013 establece que mientras no se produzca el desarrollo reglamentario de las disposiciones previstas en esta Ley continuarán en vigor los preceptos dictados en desarrollo de la Ley 6/2005, de 3 de junio, de coordinación de la policía local de las Islas Baleares.
3. Los artículos 8 y siguientes del capítulo II (curso de formación básica) del Decreto 146/2001, de 21 de diciembre, declarados vigentes por la disposición adicional tercera del Decreto 67/2007, de 7 de junio, regulan los requisitos de acceso al curso básico de capacitación y el procedimiento selectivo de los alumnos. Este Decreto se aplicará en todo aquello que no vulnere ninguna norma de rango superior o una posterior de igual rango.
4. De conformidad con el apartado 11 de las bases que han de regir el proceso selectivo para llevar a cabo el curso básico de capacitación para el acceso a la policía local, 38 ª promoción, aprobadas por Resolución de la presidenta de la Escuela Balear de Administración Pública de 29 de agosto de 2013, una vez finalizado este curso básico "la EBAP debe constituir una bolsa de funcionarios interinos con los alumnos que lo hayan superado, ordenados por el orden de prelación que se establece exclusivamente por la nota final obtenida del curso ".
5. Según el apartado 11 de las bases que regulan el proceso selectivo, la bolsa que la EBAP debe constituir tiene carácter subsidiario o supletorio sólo para los ayuntamientos de las islas Pitiusas que hayan constituido su propia bolsa y la hayan agotado .
6. De conformidad con el apartado 11.4 de las bases que regulan el proceso selectivo, el plazo de vigencia de la bolsa debe ser de un año desde la publicación en los tablones de anuncios de la EBAP y de los consejos insulares de Menorca, de Ibiza y de Formentera, y en la página web <http://ebap.caib.es>, de la Resolución de la presidenta de la EBAP que apruebe la lista definitiva de alumnos que han superado el curso básico de capacitación y la constitución de la bolsa.
Por todo ello, en uso de la competencia que me otorga la legislación vigente, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Aprobar la incorporación en la bolsa de funcionarios interinos para los ayuntamientos de las islas Pitiusas, constituida por Resolución de la presidenta de la Escuela Balear de Administración Pública el 4 de junio de 2014, del alumno con DNI 49006187, con el orden prelación que le corresponde, según la nota final obtenida reflejada en el anexo 1.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares; en los tablones de anuncios de la Escuela Balear de Administración Pública y de los consejos insulares de Menorca, de Ibiza y de Formentera, y en la página web <http://ebap.caib.es>.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la presidenta de la EBAP en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción.
Palma, 30 de junio de 2014
La directora gerente de la EBAP
Clara del Moral Torres
Conforme con la propuesta. Dicto resolución
La consejera de Administraciones Públicas
M. Núria Riera Martos
ANEXO 1
Resultado nota final del alumno con DNI 49006187 del curso básico de capacitación de la 38 ª promoción de policía local:
|
DNI |
Nota final |
|
49006187 |
7,38 |
Palma, 30 de junio de 2014
La directora gerente de la EBAP
Clara del Moral Torres