Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 10 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 11461
Juicio de faltas nº 339/2013
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la sentencia recaida en autos a MARIA DEL CARMEN CORTES CORTES y ANTONIA BATISTA MANZANO y que del tenor siguiente: Procedimiento: JUICIO DE FALTAS 339 /2013 .-
S E N T E N C I A 332/13.-
En PALMA DE MALLORCA a catorce de Junio de dos mil trece.-D./Dña. MARIA DEL CARMEN ABRINES MARTI, MAGISTRADO de Instrucción, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa JUICIO DE FALTAS 339 /2013, seguida por una falta de HURTO contra MARIA DEL CARMEN CORTES CORTES y ANTONIA BATISTA MANZANO y habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal .
F A L L O.-
QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a MARIA DEL CARMEN CORTES CORTES y ANTONIA BATISTA MANZANO, como autoras responsables de una falta de DE HURTO a la pena de UN MES MULTA con una cuota diaria de 3 Euros y privación de libertad de un día por cada dos cuotas diarias impagadas, para cada una de ellas, debiendo de indemnizar conjunta y solidariamente al establecimiento comercial Mercadona S.A. en la suma de 36,60 Euros; y al pago de las costas.-La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Iltma. Audiencia Provincial de ILLES BALEARS en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación.Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de notificación en forma a MARIA DEL CARMEN CORTES CORTES y ANTONIA BATISTA MANZANO, en la actualidad en ignorado paradero expido el presente edicto en Palma de MALLORCA a 17 de Junio de 2014.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL