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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA

Núm. 12289
Notificación sin efecto del acuerdo adoptado por el pleno del Ayuntamiento en sesión de 3 de abril de 2014

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Al no haber sido posible efectuar la correspondiente notificación a los señores con DNI nº 18219144-Q, 74620653-M, 18220837-F y 24239882-K, titulares de las licencias de taxi nº 4, 13, 33 y 39 respectivamente, del acuerdo adoptado por el pleno del Ajuntament de Capdepera en sesión celebrada el día 3 de Abril de 2014, tras dos intentos infructuosos, que han sido devueltos al ayuntamiento por el servicio de notificaciones municipal, conforme a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, y a efectos de notificación, se publica el citado acuerdo:

V.-  EXP. Nº 151AG/13: REGLAMENTO MUNICIPAL DEL SERVICIO PÚBLICO DE VIAJEROS EN AUTOMÓVILES DE TURISMO. MODIFICACIÓN

El Batle cede el turno de palabra a la regidora de Movilidad, la Sra. Carme Riera, que da lectura a la siguiente propuesta:

Propuesta desde la Regiduría de Movilidad para la subsanación de errores en el Reglamento de los Taxis.

Una vez publicado en el BOIB de fecha 16 de Enero de 2014 el vigente Reglamento municipal del servicio público de viajeros en automóviles de turismo.

En base a las correspondientes consultas jurídicas, habiendo querido este Ayuntamiento regular en un sentido el artículo referente a las transmisiones de licencias de vehículos de autotaxi, y entendiéndose en el texto del citado Reglamento sentido diferente, se hace necesario modificar el texto del mismo en lo relativo al siguiente párrafo:

  • Art 8, apartado D) expone “Cuando la licencia tenga una antigüedad superior a 5 años, el titular podrá transmitirla, previa autorización del Ayuntamiento de Capdepera, al conductor asalariado de la propia licencia con permiso de conducir y ejerciendo la profesión durante al menos 1 año, pudiéndose justificar mediante la última nómina.

Como punto a parte, tras las recientes comunicaciones con la empresa MOVISTAR, donde en un principio indicaban que la titularidad del número de teléfono 971.56.56.56 pertenece al Ayuntamiento de Capdepera y, posteriormente, al solicitarse mediante escrito dicha titularidad y últimas facturas, la empresa MOVISTAR declara haber cometido un error, puesto que la titularidad de dicho número pertenece a una persona física, se hace necesario rectificar el articulado de este Reglamento en los puntos correspondientes a las referencias a esta numeración, los cuales son los siguientes:

  • Art. 16, punto 1º, párrafo 4, apartado A) expone: “Llamando a la centralita del servicio de Taxis del Ayuntamiento de Capdepera, 971. 82.69.69 o 971.56.56.56”.
  • Art. 16, punto 6º, apartado 5 expone: “Cuando un establecimiento hotelero no cumpla con las obligaciones de llamar al teléfono de Taxis de Capdepera: el 971.82.69.69 o 971.56.56.56.”.

Por otro lado, analizadas las necesidades del servicio de taxis en la localidad de Capdepera, se hace pertinente el modificar las 2 plazas de taxi situadas en el Carrer Llum de la localidad de Capdepera para desplazarlas a la Plaça de la Constitució de la misma localidad.

Art 16, punto 1º, párrafo 1º en el apartado siguiente: - Capdepera 2 taxis para los miércoles de mercado en carrer Llum.

Como consecuencia de los extremos anteriormente citados, desde esta Regiduría se PROPONE LA ADOPCIÓN AL PLENO DEL SIGUIENTE ACUERDO: Que con la máxima urgencia sea revisado para su modificación el presente Reglamento, quedando los puntos anteriormente citados de la siguiente forma:

  • Art 8, apartado D) expone “Cuando la licencia tenga una antigüedad superior a 5 años, el titular podrá transmitirla, previa autorización del Ayuntamiento de Capdepera, al conductor asalariado de la propia licencia con permiso de conducir y ejerciendo la profesión durante al menos 1 año en la misma licencia, pudiéndose justificar mediante la última nómina.
  • Art 16, punto 1º, párrafo 1º en el apartado siguiente: - Capdepera 2 taxis para los miércoles de mercado en la Plaça de sa Constitució.
  • Art 16, punto 1º, párrafo 4, apartado A) expone: “Llamando a la centralita del servicio de Taxis del Ayuntamiento de Capdepera, 971. 82.69.69”.
  • Art 16, punto 6º, apartado 5 expone: “Cuando un establecimiento hotelero no cumpla con las obligaciones de llamar al teléfono de Taxis de Capdepera: el 971.82.69.69.

El Alcalde cede el turno de palabra al portavoz del PP, el Sr. Joan Ferrer, quien pregunta qué consecuencias tiene dicha rectificación, dado que por parte del ayuntamiento ya se sabía que el teléfono de radiotaxi era de un particular. Por ello, añade que la regidora se ofuscó diciendo que este teléfono era público cuando no lo era, al menos hasta el 2011. Y manifiesta que el acudir la regidora a dos plenos mintiendo es indigno de un representante de un gobierno, por ello el Alcalde debería destituirla. Continúa lamentando que se haya tardado cuatro meses en la subsanación de dicho error, que cualifica de enorme, lo cual ha ocasionado un enfrentamiento dentro del gremio de los taxistas entre dos sectores: libres y asociados. Añade que existen taxis que han funcionado con dos teléfonos, lo cual ha creado un agravio comparativo entre aquellos taxis que sólamente han utilizado el teléfono municipal. Y recrimina que habría sido un gesto generoso por parte de la regidora el escuchar a la oposición. Por ello pide seriedad a la hora de trabajar. Y concluye su intervención argumentando que se abstendrán de votar esta propuesta.

El Alcalde cede el turno de palabra al portavoz del PSM-ENTESA, el Sr. Pere Fuster, quien pregunta si esta modificación se publicará al BOIB, con el consiguiente coste económico.

El Alcalde explica que la situación es la siguiente: la regidora hizo lo posible pensando que dicho teléfono era municipal, siendo que puede tratarse de una equivocación. A pesar de ello, dicho error debe subsanarse, a pesar del coste económico que pueda conllevar.

A su vez, el Sr. Fuster pregunta si los dos taxis de la plaça Constitució sólamente estarán durante los días de mercado, por lo que debería replantearse una parada permanente durante todos los días de temporada estival. Por todo ello, también manifiesta que se abstendrán de votar esta propuesta.

El Alcalde responde que cuando se haga referencia a la plaza como punto de servicio público ellos mismos lo pondrán en marcha.

El Alcalde cede el turno de palabra al portavoz de UCAP, el Sr. Alberto Llull, que dice que en el supuesto de que UCAP se encontrara en la oposición y estuviera gobernando el PP, ante la supuesto de que el partido de la oposición dispusiera de las facturas del teléfono, se las habría hecho llegar.

El Sr. Ferrer expresa que sus antecesores no actuaban de esta manera y que él no tenía maldad; simplemente manifiesta que la regidora ha pasado de dicha información.

VOTACIÓN: AL SOMETER A VOTACIÓN LA PROPUESTA SE APRUEBA POR 9 VOTOS A FAVOR (UCAP-PSOE-ES GRUP) Y 7 ABSTENCIONES (5 PP Y 2 PSM-ENTESA), siendo DIECISIETE el número legal de miembros del Consistorio y DIECISÉIS los asistentes.

En Capdepera, a 15 de Mayo de 2014

El Alcalde
Rafel Fernández Mallol