Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚM. 2 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 11949
Entrada en el domicilio 3/2014
Por el presente se hace saber: Que en este Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de los de Palma de Mallorca se sigue Procedimiento de Entrada en Domicilio número promovido por el Ayuntamiento de Palma contra la entidad Bergea Invest, SL solicitando autorización de entrada para proceder a la ejecución subsidiaria de Decreto de Alcaldía núm. 14551 de fecha 06.08.12 y en el que se dictó Auto 174/14 de 23.06.14 en cuya parte dispositiva se acuerda:
"SE AUTORIZA al Ayuntamiento de Palma para que proceda a la entrada en la propiedad de la mercantil BERGEA INVEST S.L, sita en la calle Sant Lluc nº 22 de esta Ciudad, al objeto de proceder a la ejecución del Decreto número 14.551 de fecha 6 de agosto de 2012, en el que se ordenaba a la mercantil la limpieza y saneamiento del solar.
La entrada autorizada, que se realizará por el personal que designe la mencionada Administración, con el auxilio, si fuere necesario, de miembros de las fuerzas de seguridad, deberá llevarse a efecto el día que señale el Órgano administrativo, en el plazo de dos meses desde la fecha de esta resolución, en horas diurnas y con un preaviso de al menos DIEZ DÍAS, debiendo dar cuenta a este Juzgado de la realización de la entrada y de cualquier incidencia ocurrida en su desarrollo.
MODO DE IMPUGNACION:
Recurso de apelación en un solo efecto en el plazo de QUINCE DIAS, a contar desde el siguiente al de su notificación, ante este órgano judicial. (Art. 80.1.d) de la LJCA).
Lo acuerda y firma el/la Ilmo/a. Sr/a. D. /Doña. TOMAS MENDEZ LOPEZ MAGISTRADO-JUEZ del JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 2 de PALMA DE MALLORCA. Doy fe.
EL MAGISTRADO-JUEZ EL SECRETARIO JUDICIAL".
Y para que sirva de notificación al demandado, de los que se desconoce su actual domicilio, haciéndoles saber que contra el referido Auto puede interponerse recurso de apelación en un solo efecto ante este Juzgado en el plazo de quince días contados desde el siguiente al de la publicación de este edicto.
Palma a veintitrés de junio de dos mil catorce.
Fdo.: El Secretario