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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 12275
Departamento de Personal. Servicio de Selección y Provisión. Convocatoria pública para la provisión temporal en comisión de servicios por el sistema de libre designación del puesto de trabajo de Director/a Técnico/a de Bienestar Social

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Texto

La Concejala del Área de Función Pública y Gobierno Interior, por resolución número 12.020 de 3 de julio de 2014, acordó lo siguiente:

Convocar mediante el sistema de LIBRE DESIGNACIÓN en comisión de servicios, el puesto de trabajo que se relaciona a continuación, la cobertura provisional del cual es urgente e inaplazable, de acuerdo con las determinaciones y entre el personal que reúna los requisitos que se indican a continuación:

Puesto de trabajo.

1-. DIRECTOR/A TÉCNICO/A DE BIENESTAR SOCIAL

CÓDIGO: F30950006

NÚMERO DE PUESTOS A CUBRIR: 1

ES/SUB/CLASE:

Administración Especial, Subescala Técnica. Grupo A, Subgrupo A1/A2

FUNCIONARIOS/FUNCIONARIAS QUE PUEDEN TOMAR PARTE:

Todos los Cuerpos, escalas y  Subescalas de los grupos a los cuales está adscrito excepto docentes y Sanitarios

REQUISITOS:

- Tres años de experiencia en puestos las funciones de los cuales tengan relación con las del puesto de trabajo o 200 horas de formación relacionada con las funciones del puesto de trabajo.

Duración.

La comisión de servicios tiene carácter temporal y finalizará en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Cuando el puesto de trabajo se provea en forma definitiva.

b) En el plazo máximo de un año. Sin embargo, y en el caso de no haber tenido lugar la provisión definitiva en este plazo y si no consta informe del órgano competente en contra, se podrá prorrogar por otro año.

c) Cuando cesen las razones de urgencia y necesidad inaplazable que la motivaron.

d) En caso de supresión o amortización del puesto de trabajo.

La limitación temporal prevista en el apartado b) no será aplicable a las comisiones de servicios en puestos de trabajo reservados a personal en situación de servicios especiales o en cualquier otra situación administrativa que comporte la reserva del puesto de trabajo.

Publicidad.

Esta convocatoria se publicará en la intranet del Ayuntamiento. Además, en el supuesto de que el puesto de trabajo sea susceptible de ser ocupado por personal de otras administraciones públicas diferentes a la administración de este Ayuntamiento, se publicará en la página web http://www.palma.es y al BOIB.

Requisitos de los aspirantes.

Para poder participar en esta convocatoria, el personal interesado debe reunir la condición de funcionario o funcionaria de carrera en activo en alguna de las administraciones públicas en las que, en cada caso, el puesto de trabajo se encuentre abierto; y además el resto de requisitos de ocupación que, para cada puesto de trabajo convocado, prevea la Relación de Puestos de trabajo de este Ayuntamiento, y que se han indicado en la presente convocatoria.

Las personas en situación de comisión de servicios tendrán derecho a la reserva de su lugar de trabajo de procedencia y percibirán las retribuciones correspondientes al puesto de trabajo efectivamente ocupado.

Solicitudes y plazo de presentación.

Las personas interesadas pueden presentar sus solicitudes para tomar parte en esta convocatoria en el Registro General de este Ayuntamiento. Asimismo adjuntarán su currículum con la relación de méritos profesionales y académicos; la administración podrá en cualquier momento exigir o comprobar la acreditación de los méritos alegados. Todo esto sin perjuicio de hacerlo en cualquiera de las formas previstas en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

El plazo de presentación de solicitudes será siete días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Resolución y publicación.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Departamento de Recursos Humanos dictará resolución con indicación de las personas seleccionadas de acuerdo con el informe emitido por el órgano al que se encuentre adscrito el puesto de trabajo convocado, sin perjuicio que pueda declararse desierta si ninguno de los aspirantes reúne la idoneidad adecuada para su ocupación. Esta resolución se publicará asimismo en la intranet municipal, y en la página web mencionada, si procede.

Notificada la resolución a la persona interesada, si esta renuncia, se podrá proponer por el órgano competente un nuevo candidato de entre los aspirantes.

Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se podrá interponer por parte de les personas interesadas recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En caso de no interponer el recurso potestativo de reposición se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, según el artículo antes mencionado y los 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears.

Palma, 7 de julio de 2014

El jefe de departamento de Personal

p.d. Decreto de alcaldía nº. 3000 de 26/02/2014 (BOIB nº. 30 de 15/03/2014)

Juan García Lliteras