Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
AGENCIA DE PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA Y TERRITORIAL DE MALLORCA
Núm. 12203
Notificación del acuerdo del Consell Executiu del Consell de Mallorca de 19 de marzo de 2014, de resolución de recursos de alzada. Exp. 2002/094 A
De conformidad con el artículo 59.5 de la LRJAP y PAC, y como ha sido imposible notificar el acuerdo del Consell Executiu del Consell de Mallorca que se dirá al Sr.(datos personales ocultos), se procede mediante esta publicación a la formal notificación del mencionado acuerdo, que resulta del siguiente tenor literal:
"Desestimar, de conformidad con el informe del jefe de la sección jurídica de la Agencia de protección de la legalidad urbanística y territorial de Mallorca de 10 de febrero de 2014, los recursos de alzada interpuestos por la Sra(datos personales ocultos)en nombre y representación del Sr. (datos personales ocultos), contra los acuerdos de la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio de fecha 3 de marzo de 2006, y 7 de abril de 2006, de imposición de sanción y de orden de demolición, respectivamente, por las obras ejecutadas sin licencia y no legalizadas en la parcela 3 del polígono 1 del término municipal de Estellencs.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de haber recibido la notificación de este acuerdo.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se considere pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, que regula la jurisdicción contencioso administrativa, y con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común."
El pago de la multa impuesta se tendrá que hacer en el plazo de 30 DÍAS contadores desde el siguiente a la notificación de la presente resolución, mediante ingreso en la cuenta bancaria ES81 2100 0011 8302 0172 1522 abierta a nombre de la Agencia de protección de la legalidad urbanística y territorial de Mallorca en la entidad La Caixa. Transcurrido este plazo sin que se haya efectuado el pago voluntario de la sanción, el Consell Insular procederá al cobro por la vía de apremio.
Palma, 4 de julio de 2014
El secretario de la Agencia de Disciplina Urbanística
Manuel García Aguirre