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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

AGENCIA DE PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA Y TERRITORIAL DE MALLORCA

Núm. 12202
Notificación del acuerdo del Consell Executiu del Consell de Mallorca de 19 de marzo de 2014, de resolución de recursos de alzada. Exp. 2002/094 B

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con el artículo 59.5 de la LRJAP y PAC, y como ha sido imposible notificar el acuerdo del Consell Executiu del Consell de Mallorca que se dirá al Sr. (datos personales ocultos), se procede mediante esta publicación a la formal notificación del mencionado acuerdo, que resulta del siguiente tenor literal:

Una vez resueltos en vía administrativa los expedientes sancionador y de infracción urbanística incoados por el Consell de Mallorca, en subrogación de las competencias municipales del Ayuntamiento de Estellencs, contra el Sr. (datos personales ocultos), mediante acuerdos de la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico de 3 de marzo y 7 de abril de 2006, respectivamente, por las obras realizadas en la parcela 30 del polígono 1 de Estellencs, consistentes en la reforma y ampliación de una vivienda de 218,22 m2, la construcción de una casa anexa a la piscina de 55 m2, la construcción de una barbacoa de 6 m2, la construcción de dos casetas de 40 m2 cada una y la pavimentación de 305,03 m2; a la vista del informe del jefe de la sección jurídica de la Agencia de protección de la legalidad urbanística y territorial de Mallorca de fecha 10 de febrero de 2014, el Conseller Executiu de Urbanismo y Territorio propone que el CONSELL EXECUTIU del Consell de Mallorca adopte el siguiente

ACUERDO

"Desestimar, de conformidad con el informe del jefe de la sección jurídica de la Agencia de protección de la legalidad urbanística y territorial de Mallorca de 10 de febrero de 2014, los recursos de alzada interpuestos por la Sra. (datos personales ocultos), en nombre y representación del Sr. (datos personales ocultos), contra los acuerdos de la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio de fecha 3 de marzo de 2006, y 7 de abril de 2006, de imposición de sanción y de orden de demolición, respectivamente, por las obras ejecutadas sin licencia y no legalizadas en la parcela 3 del polígono 1 del término municipal de Estellencs.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de haber recibido la notificación de este acuerdo.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se considere pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, que regula la jurisdicción contencioso administrativa, y con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común."

El pago de la multa impuesta se tendrá que hacer en el plazo de 30 DÍAS contadores desde el siguiente a la notificación de la presente resolución, mediante ingreso en la cuenta bancaria ES81 2100 0011 8302 0172 1522 abierta a nombre de la Agencia de protección de la legalidad urbanística y territorial de Mallorca en la entidad La Caixa. Transcurrido este plazo sin que se haya efectuado el pago voluntario de la sanción, el Consell Insular procederá al cobro por la vía de apremio.

Palma, 3 de julio de 2014

El secretario de la Agencia de Disciplina Urbanística

Manuel García Aguirre