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AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 12146
Iniciar procedimiento de expropiación forzosa de las fincas registrales y participaciones de los propietarios no adheridos a la Junta de Compensación del polígono 1-26-1 de Manacor
En el día de hoy, el Alcalde Presidente ha dictado la siguiente resolución:
“1º) Iniciar, a petición de la junta de compensación urbanística del polígono 1-26-1 , procedimiento de expropiación forzosa de las fincas registrales y participaciones de los propietarios de terrenos incluidos dentro del ámbito del polígono urbanístico 1-26-1 de las NN.SS. que se relacionarán más adelante que no se han adherido a la Junta de compensación del poligono 1-26-1 , fijando como beneficiaria de la expropiación a la Junta de compensación del polígono urbanístico 1-26-1 de las NN.SS. de Manacor con el régimen jurídico que se otorga al beneficiario de las expropiaciones.
2º) Entender implícita la declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación de las fincas registrales y participaciones incluidas en el proyecto de expropiación del polígono 1-26-1 , redactado por la arquitecta municipal Sra. Romero Aguadé , en base al art. 66 de la Ley 2/2014 de ordenación y uso del suelo en relación al acuerdo de aprobación definitiva del Plan Parcial del polígono 1-26-1 ( BOIB número 78 de 1 de junio de 2006 ).
3º) Optar , al amparo del dispuesto en el Art. 30.1 del RDL 2/2008 que aprobó el Texto Refundido de la Ley del Suelo ,y art. 94 de la Ley 2/2014 de ordenación y uso del suelo de las Islas Baleares , por seguir el sistema de tasación conjunta del proyecto de expropiación de las fincas registrales y participaciones de fincas que no se han adherido a la junta de compensación urbanística del polígono 1-26-1.
4º) Aprobar inicialmente el proyecto de expropiación por el sistema de tasación conjunta, redactado por la arquitecta municipal Sra. (datos personales ocultos) de la finca registral 34675, así como las participaciones de los Sres. (datos personales ocultos)(datos personales ocultos)de las fincas registrales 39187 y 34430 por no haberse adherido a la junta de compensación urbanística del polígono 1-26-1.
5º) Someter a información pública por un plazo de un mes, mediante inserción de anuncio en el BOIB , el expediente de expropiación forzosa relacionado en el apartado anterior a los efectos que las personas que puedan resultar interesadas formulen las observaciones y reclamaciones que estimen convenientes.
6º) Aprobar la tasación en que se fija el justiprecio de los terrenos y edificaciones de las fincas y participaciones de fincas de los propietarios de terrenos que no se han adherido a la junta de compensación urbanística del polígono 1-26-1 y que son las siguientes:
Finca número 1 de orden del proyecto de expropiación
DESCRIPCIÓN |
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REGISTRAL |
Pieza de secano con una cabida de 176m². Limita al norte en 5,50 m con la carretera de Felanitx, al sur en 5,50 m con remanente de la propiedad de (datos personales ocultos), al este en 32,00 m con porción de (datos personales ocultos), y al oeste en 32,00 m con la finca de los herederos de (datos personales ocultos) |
REAL |
Porción de terreno de forma rectangular con fachada en la carretera de Felanitx. Limita al norte con carretera de Felanitx, al sur con parcela 29 del proyecto de compensación y con referencia catastral 7991015ED1779S, al este con parcela 25 del proyecto de compensación y con referencia catastral 7991014ED1779S y al oeste con parcela 27 del proyecto de compensación y con referencia catastral 7991026ED1779S. Esta mayoritariamente ocupada por la edificación existente. No hay otras plantaciones ni instalaciones a valorar. |
Participaciones a expropiar:
(datos personales ocultos) |
3,125% |
|
(datos personales ocultos) |
3,125% |
|
(datos personales ocultos) |
3,125 % |
|
(datos personales ocultos) |
3,125 % |
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REPARTO DEL VALOR DE EXPROPIACIÓN El valor de expropiación se ha de repartir en relación a la participación de cada propietario. |
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Propietario |
% |
Valor de expropiación que le corresponde a cada propietario |
(datos personales ocultos) |
3,125 |
950,48 € |
(datos personales ocultos) |
3,125 |
950,48 € |
(datos personales ocultos) |
3,125 |
950,48 € |
(datos personales ocultos) |
3,125 |
950,48 € |
b) Finca número 2 de orden del proyecto de expropiación
DESCRIPCIÓN |
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REGISTRAL |
Pieza de secano con una cabida de 256,00 m². Limita al norte con carretera de Felanitx, al sur, este y oeste con remanente de la finca de la que procede, propia de (datos personales ocultos). |
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REAL |
Porción de terreno de forma rectangular con fachada en la carretera de Felanitx. Limita al norte con carretera de Felanitx, al sur con parcela 29 del proyecto de compensación y con referencia catastral 7991015ED1779S, al este con parcela 26 del proyecto de compensación y con referencia catastral 7991013ED1779S y al oeste con parcela 28 del proyecto de compensación y con referencia catastral 7991012ED1779S. Consta un porche de Uralita adosado a la parcela 26 en estado ruinoso. |
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DATOS CATASTRALES |
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DIRECCIÓN |
REF. CATASTRAL |
OBSERVACIONES |
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Carretera de Felanitx |
7991026ED1779S0001FT |
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DATOS REGISTRALES |
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Registro |
Tomo |
Libro |
Sección |
Folio |
Finca |
Inscripción |
Nº IDUFIR |
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1 |
4753 |
1117 |
- |
28 |
34.430 |
9 |
07023000488954 |
Participaciones a expropiar:
ANA MARIA GOST SEGUI |
3,125% |
|
||
ANTONIA GOST SEGUI |
3,125% |
|
||
ANTONIO GOST SEGUI |
3,125 % |
|
||
M MAGDALENA GOST SEGUI |
3,125 % |
|
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REPARTO DEL VALOR DE EXPROPIACIÓN El valor de expropiación se ha de repartir en relación a la participación de cada propietario. |
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Propietario |
% |
Valor de expropiación que corresponde |
||
ANA MARIA GOST SEGUI |
3,125 |
375,56 € |
||
ANTONIA GOST SEGUI |
3,125 |
375,56 € |
||
ANTONIO GOST SEGUI |
3,125 |
375,56 € |
||
M MAGDALENA GOST SEGUI |
3,125 |
375,56 € |
c) Finca num. 3 de orden del proyecto de expropiación
DESCRIPCIÓN |
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REGISTRAL |
Pieza de secano con una cabida de 276,00m². Limita al norte con carretera de Felanitx, en una línea de 12 metros, al sur con terrenos remanentes de Miquel Salas Salas, al este con porción de (datos personales ocultos), y al oeste con camino. |
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REAL |
Porción de terreno de forma rectangular con fachada a la carretera de Felanitx. Limita al norte con la carretera de Felanitx, al sur con la parcela 29 del proyecto de compensación y con referencia catastral 7991015ED1779S, al este con la parcela 27 del proyecto de compensación y con referencia catastral 7991026ED1779S y al oeste con camino privado del polígono 1-28-1. |
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DATOS CATASTRALES |
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DIRECCIÓ N |
REF. CATASTRAL |
OBSERVACIONES |
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Carretera de Felanitx, 12 |
7991012ED1779S0001UT |
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DATOS REGISTRALES |
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Registro |
Tomo |
Libre |
Sección |
Folio |
Finca |
Inscripción |
Nº IDUFIR |
|||
1 |
4379 |
962 |
- |
20 |
34.675 |
7 |
07023000159564 |
TITULARES |
% |
|
||
(datos personales ocultos) |
12,500 |
|
||
(datos personales ocultos) |
8,334 |
|
||
(datos personales ocultos) |
8,334 |
|
||
(datos personales ocultos) |
8,334 |
|
||
(datos personales ocultos) |
6,250 |
|
||
(datos personales ocultos) |
6,250 |
|
||
(datos personales ocultos) |
25,000 |
|
||
(datos personales ocultos) |
25,000 |
|
||
Los titulares no adheridos suman el 100% del total de la parcela. |
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REPARTO DEL VALOR DE EXPROPIACIÓN El valor de expropiación se ha de repartir en relación a la participación de cada propietario. |
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Propietario |
% |
Valor de expropiación de cada propietario |
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(datos personales ocultos) |
12,500 |
1.619,62 € |
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(datos personales ocultos) |
8,334 |
1.079,74 € |
||
(datos personales ocultos) |
8,334 |
1.079,74 € |
||
(datos personales ocultos) |
8,334 |
1.079,74 € |
||
(datos personales ocultos) |
6,250 |
809,82 € |
||
(datos personales ocultos) |
6,250 |
809,82 € |
||
(datos personales ocultos) |
25,000 |
3.239,24 € |
||
(datos personales ocultos) |
25,000 |
3.239,24 € |
7º) Notificar la presente resolución a los propietarios expropiados”.
El presente expediente se somete a información pública mediante publicación de anuncio en el BOIB, por un plazo de un mes para que las personas que puedan resultar interesadas formulen las observaciones y reclamaciones que estimen conveniente, en particular por lo que hace a la titularidad de sus respectivos derechos, todo ello a los efectos de lo dispuesto en el Art. 124 de la Ley 2/2014 de Ordenación y Uso del Suelo en las Islas Baleares.
Manacor, 2 de julio de 2014
El Alcalde,
Antoni Pastor Cabrer