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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 11716
Procedimiento ordinario 528/2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 4 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento Ordinario 528/13 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª DÑA. CHRISTIAN GUNKEMANN contra la empresa JOINT VENTURE MARKETING SERVICES SL, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

QUE DEBO ESTIMAR Y ESTIMO LA DEMANDA interpuesta por D. Christian Günkemann contra la empresa Joint Venture Marketing Services S.L. sobre reclamación de cantidad condenando demandada a abonar al actor la cantidad de 1.985,33 €, incrementada en el recargo por mora establecido en el art. 29.3 ET y extendiendo la condena al pago del interés establecido en el Art. 576 LEC que se devengará desde la fecha de la presente resolución y hasta su completo pago.

Notifíquese  la anterior sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma, de conformidad con lo dispuesto en la Ley  Reguladora de la Jurisdicción Social, no cabe recurso alguno. Procédase al archivo de las actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.  

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.”

Y para que sirva de notificación en legal forma a JOINT VENTURE MARKETING SERVICES SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ISLAS BALEARES.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a 23 DE JUNIO DE 2014.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL