Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES
Núm. 11837
Incoación de la modificación núm. 2 del expediente de declaración como Bien Catalogado a favor de la Ferretería La Central (delimitación del Bien) situada en la calle Sant Magí, núm. 37de Palma. (Exp. 151 /12)
En la reunión del día 20 de mayo de 2014, la Comisión Insular de Patrimonio Histórico, sobre el expediente de referencia acordó lo siguiente:
”I. Incoar la modificación del expediente de declaración como Bien Catalogado a favor de la Ferretería La Central (delimitación del bien) situada en la calle Sant Magí, núm. 37 de Palma, la motivación figura en el informe técnico de día 16 de abril de 2014 que se adjunta y forma parte integrante del presente acuerdo.
II. Los efectos de esta incoación son los que genéricamente establecen la Ley 12/98, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Illes Balears y la normativa concordante.
El acuerdo de declaración deberá adoptarse en el plazo de un año, a contar desde la fecha de iniciación del procedimiento, el cual caducará una vez transcurrido este plazo.
Caducado el procedimiento, no se podrá volver a iniciar hasta después de un año, salvo que lo solicite el titular del bien.
III.- Notificar esta resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Palma de Mallorca y el Gobierno de las Illes Balears .
IV. Este acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el Boletín Oficial del Estado, se anotará en el Catálogo Insular del Patrimonio Histórico de Mallorca y se comunicará a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para que proceda a su anotación en el Catálogo General del Patrimonio Histórico de las Islas Baleares, e inste su anotación en el Inventario General de Bienes Muebles de la Administración General del Estado.”
Palma de Mallorca, 16 de junio de 2014
La secretaría delegada de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico
Serafina Munar Gregorio
Anexo I: (Se publica como anexo un extracto del informe técnico de día 16 de abril de 2014. El informe íntegro de la modificación 2 del expediente de declaración como Bien Catalogado a favor de la Ferretería La Central consta en el expediente administrativo núm. 151/12. Este expediente se podrá consultar en las dependencias del Servicio de Patrimonio Histórico (Pl. Del Hospital, 4, 07012 de Palma de Mallorca) para aquellos interesados en el procedimiento y que acrediten esta condición, de acuerdo con lo que dispone el arte. 31 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero).
La Ferretería La Central , c/ Sant Magí 37 de Palma, fue declarada como Bien Catalogado por el Pleno del Consell de Mallorca de 7 de mayo de 2001 . Durante la tramitación del expediente de declaración no se incorporó la documentación planimétrica ni en la publicación de la incoación (BOIB núm. 144 de 25 de noviembre de 2000) ni a la publicación del acuerdo de declaración (BOIB núm. 70 de 12 de junio de 2001). Esto generó diferentes interpretaciones respecto al área incluida como parte integrante del bien catalogado, aunque en la parte descriptiva sí que se mencionaba el espacio ajardinado posterior, y que en el informe de 19 de junio de 2007, de la técnica de la sección jurídica y administrativa , afirmaba que "se entiende que la delimitación del edificio coincide con la parcela catastral " .
A raíz de los errores a la hora de interpretar cuál era el área incluida en la declaración, y a solicitud del Ayuntamiento de Palma y de la Sra. Ludmila Rivacoba Wamba, se procedió a la modificación del expediente de declaración de Bien Catalogado para definir con más concreción el ámbito comprendido en la declaración.
En fecha 15 de mayo de 2012, la Comisión Insular de Patrimonio Histórico acordó incoar la modificación de este expediente (BOIB núm. 76, de 29 de mayo de 2012) donde se incluía una delimitación gráfica. Se incluía como parte integrante del bien catalogado toda la parcela catastral 9002605.
El Pleno del Consell de Mallorca de 13 de diciembre de 2012 acordó la modificación del expediente de declaración donde quedaba establecido como ámbito de declaración el mismo que se incoó (BOIB núm. 20, de 9 de febrero de 2013).
En la documentación ahora presentada, consta que ha cambiado la representación gráfica de la parcela catastral 9002605, y por lo tanto se solicita modificar la delimitación del Bien Catalogado de la Ferretería la Central, para ajustarla a la cartografía catastral actual, y que se autorice a continuar las obras de reforma del edificio situado en el número 35 de la calle sant Magí.
Respecto a la modificación de la delimitación para ajustarla a la cartografía catastral cabe indicar que, en el ámbito de propiedad, continuamos considerando que discernir la propiedad del pozo se sitúa en el marco del derecho civil y que debe resolverse en este ámbito.
En este sentido, y como ya se dijo en los informes técnicos durante la modificación del expediente de declaración, para concretar el ámbito de protección, no se han aportado en ningún momento datos con relación a los valores patrimoniales que pueda tener este elemento en concreto, sino sólo datos de propiedad. Por otra parte, los datos de propiedad aportados, son actuales, recogiéndose cambios de titularidad y cambios en los datos catastrales, pero en ningún caso se han aportado datos históricos sobre la pertenencia de este pozo a una u otra construcción. Estos datos tampoco se han podido consultar desde este servicio.
A la vista de esta falta de información documental con datos relevantes, tanto desde un punto de vista técnico como histórico, por parte de la solicitante, se procedió a efectuar visita técnica el pasado 14/03/2014 con el fin de evaluar las características técnicas y de localización de este elemento y sus posibles valores patrimoniales.
A raíz de la visita se emitió informe técnico de fecha 15/04/2014. De la simple observación de la situación física del pozo, no podemos determinar de forma fehaciente de cuál de las dos edificaciones formaba parte el pozo en origen, ni de cuál ha formado parte en su evolución histórica.
Así como el resto de elementos situados en la zona ajardinada de la ferretería La Central ya indicamos que estaban conectados por la planta sótano, diferente es el caso de este elemento, que está en una situación fronteriza, que hace que haya podido pertenecer a un lado o al otro en cuanto a propiedad y vinculación constructiva.
Parece, por la situación y características del elemento, que, más allá de la propiedad, sí que este pozo ha sido usado de forma compartida entre las propiedades vecinas. Esta deducción se hace a partir de la situación física del pozo, que parecería que correspondería a la parcela de Sant Magí, 35, y de su brocal, que evidentemente está construido para que se pudiera acceder desde el corral de san Magín, 37, que está en una cota de unos 3m superiores.
Respecto a sus características tipológicas y de construcción y como ya se señala en el informe de 15.04.14, el brocal del pozo, tal y como se había apreciado ya anteriormente, es una construcción de piedra arenisca, sin buena fractura y sin ninguna singularidad especial.
En cuanto al propio pozo, no se ha podido ver porque según nos indican los actuales propietarios ya se lo encontraron con materiales de escombros de construcción, etc. y no se ha limpiado, por tanto, no se ha podido acceder y tampoco se han aportado fotografías de su interior.
Conclusión
A la vista de que no se ha podido demostrar ni documentalmente ni a partir de una inspección visual, que el pozo formase parte históricamente del inmueble de la calle Sant Magí 37, sino que sólo se puede demostrar un uso compartido en una situación de medianera, así como por sus características constructivas y tipológicas se propone la modificación puntual de la delimitación del BC, de acuerdo con la planimetría adjunta.
Anexo II: planimetría