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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 12199
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 4 de julio de 2014 por el que se aprueba el calendario de fiestas para el año 2015 en el ámbito de las Illes Balears

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Texto

De conformidad con el Real Decreto 98/1996, de 26 de enero, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de trabajo —ejecución de la legislación laboral— (BOE núm. 52, de 29 de febrero), y con el Decreto 31/1996, de 7 de marzo, de asunción y distribución de competencias transferidas por la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de trabajo —ejecución de la legislación laboral— (BOIB núm. 35, de 19 de marzo), corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la determinación de las fiestas laborales de ámbito local y la substitución de fiestas a que se refiere el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, de regulación de jornadas, horas extraordinarias y descansos (BOE núm. 180, de 29 de julio), según la redacción dada por el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre (BOE núm. 267, de 7 de noviembre).

Asimismo, el  artículo 2 del Decreto 75/1998, de 31 de julio, por el que se regula el calendario de fiestas de la comunidad autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 105, de 15 de agosto), dictado al amparo de lo dispuesto con carácter necesario en la normativa del Estado, determina que el Consejo de Gobierno, mediante un acuerdo, puede substituir las fiestas señaladas en la letra d) del artículo 1 del Decreto por otras que, por tradición, le sean propias, así como la posibilidad de substituir el descanso laboral del lunes de las fiestas que coinciden en domingo por otras que sean tradicionales en las Illes Balears.

Por otra parte, la Mesa Social Tripartita de las Illes Balears, en su reunión de fecha 24 de junio de 2014, ha dado su conformidad al calendario de fiestas que se acuerda.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Economía y Competitividad, en la sesión de día 4 de julio 2014, adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:

Primero. Aprobar, de conformidad con lo dispuesto en la normativa estatal y autonómica vigente, el calendario de los días festivos para el año 2015 en el ámbito de las Illes Balears, que son los que se relacionan a continuación:

1 de enero

Año Nuevo

Jueves

6 de enero

Epifanía del Señor

Martes

2 de abril

Jueves Santo

Jueves

3 de abril

Viernes Santo

Viernes

6 de abril

Lunes de Pascua

Lunes

1 de mayo

Fiesta del Trabajo

Viernes

15 de agosto

Asunción de María

Sábado

12 de octubre

Fiesta Nacional

Lunes

2 de noviembre

Lunes siguiente al día de Todos los Santos

Lunes

7 de diciembre

Lunes siguiente al día de la Constitución

Lunes

8 de diciembre

Inmaculada Concepción

Martes

25 de diciembre

Navidad

Viernes

Segundo. Dar cuenta del presente acuerdo al Ministerio de Empleo y Seguridad Social, de conformidad con la disposición final segunda del Decreto 75/1998, de 31 de julio, por el que se regula el calendario de fiestas de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Tercero. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.”

Palma, 4 de julio de 2014

El secretario del Consejo de Gobierno

Antonio Gómez Pérez