Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.2 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 11600
Procedimiento ordinario 590/2012
D/Dª PAULA MATEO ERROZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 002 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 590/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª ADAN ROMERO DE LOS REYES contra la mercantil BON SERVEI 2011 SL sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, se ha dictado por S.Sª SENTENCIA Nº 227/2014 de fecha 19/06/2014, e ignorando el paradero de la referida empresa, es por lo que, se acuerda la notificación vía edictal de su PARTE DISPOSITIVA/FALLO, que se relaciona:
FALLO
Que ESTIMANDO la demanda formulada por D. Adán Romero de los Reyes contra Bon Servei 2011, S.L., debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al demandante las cantidades expresadas en el Hecho Probado Segundo de la presente resolución, con aplicación del recargo por mora del diez por ciento en cuanto al pago de conceptos salariales.
Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a BON SERVEI 2011 S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de Illes Balears.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a diecinueve de Junio de dos mil catorce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL