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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA

Núm. 11351
Ejecución de títulos judiciales 97/2014

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dª TERESA MARIA BALLESTER MANRESA, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social nº 001 de IBIZA/EIVISSA, HAGO SABER: 

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 97/2014 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D.ANTONIO SANCHEZ MORENO contra la empresa  COMRAIZ, SL,  GRUAS Y TRANSPORTES MORERAS, SL, JOSE ANGEL MARI ROSELLO, ANTONIA ROSELLO ROIG, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta: 

Dispongo: Despachar orden general de ejecución  a favor de la parte ejecutante, ANTONIO SANCHEZ MORENO, frente a COMRAIZ, SL,  GRUAS Y TRANSPORTES MORERAS, SL, JOSE ANGEL MARI ROSELLO, ANTONIA ROSELLO ROIG, parte ejecutada, por importe de 4523,57 euros en concepto de principal, más otros 904,71 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación. 

DECRETO 

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: 

- Proceder a la investigación patrimonial a través del PNJ.  

- Para evitar mayor dilación y consiguiente perjuicio a los trabajadores y no obstante la posible subrogación del FOGASA en su día, oígase a dicho organismo público y a la actora, por término de QUINCE DÍAS a fin que insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecución designando en tal caso bienes concretos del deudor sobre los que despachar ejecución. 

Y para que sirva de notificación en legal forma a ANTONIO SANCHEZ MORENO, COMRAIZ, SL,  GRUAS Y TRANSPORTES MORERAS, SL, JOSE ANGEL MARI ROSELLO, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS. 

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. 

En IBIZA/EIVISSA, a dieciocho de Junio de dos mil catorce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL