Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 3 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 11423
Juicio de faltas nº 139/2014
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, por el presente se notifica a HAMED BIODUN OTUN, cuyo domicilio actual se desconoce la sentencia recaída en el presente procedimiento, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: “Debo condenar y condeno a Hamed Biodun Otun como autor penalmente responsable de una falta de coacciones, prevista y penada en el art. 620.2º del Código Penal, a la pena de 10 DIAS MULTA con una cuota diaria de 2 EUROS, quedando sujeto en caso de impago de la misma, a una responsabilidad penal subsidiaria, previa exacción de sus bienes, de un día de localización permanente por cada dos cuotas diarias no satisfechas, con la obligación de permanecer en su domicilio; declarándose de oficio las costas del presente procedimiento”
En PALMA DE MALLORCA a 18 de Junio de 2014.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL