Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES
Núm. 11710
Resolución del director general de Planificación, Infraestructuras Educativas y Recursos Humanos por la cual se acepta la renuncia al cargo del director del CEIP Migjorn de Felanitx
Antecedentes
1. El día 1 de julio de 2012 la Sra. Magdalena Ramón Antich fue nombrado directora por un periodo de cuatro años.
2. El día 19 de junio de 2014 la Sra. Magdalena Ramón Antich, director del CEIP Migjorn de Felanitx presentó su renuncia al cargo de director con indicación de los motivos.
1. El artículo 138. b) de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación establece como uno de los supuestos de cese del director de un centro docente público, la renuncia motivada aceptada por la Administración educativa.
2. El apartado 2 del artículo 16 del Orden del consejero de Educación y Cultura, de 18 de febrero de 2010, por la cual se aprueban las bases para la selección, el nombramiento y el cese de los órganos de gobierno de los centros docentes públicos no universitarios de las Islas Baleares, determina, como una causa de cese de los directores, la presentación de la renuncia al cargo delante la Dirección General de Planificación y Centros, con justificación de las causas que lo inducen a hacerlo. La dimisión tiene que ser aceptada por la Dirección General de Planificación y Centros, que propondrá a la Dirección General de Personal Docente que haga efectiva la resolución correspondiente.
3. El artículo 16 de la Orden mencionada establece, al último párrafo, el siguiente:
En los supuestos previstos en los apartados 2, 3, 4 y 5 de este artículo, a propuesta de la Dirección General de Planificación y Centros, la Dirección General de Personal Docente tiene que proceder al nombramiento de un nuevo director, cuyo mandato finalizará en el momento en que se resuelva la siguiente convocatoria de concurso de méritos.
4. En cuanto a la competencia para aceptar la renuncia, se tiene que conjugar lo que dispone el artículo 16 de la orden mencionada con la actual estructura orgánica establecida en el Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Así, es competente para aceptarla al director general de Planificación, Infraestructuras Educativas y Recursos Humanos.
Por todo eso, dicto la siguiente
1. Aceptar la renuncia al cargo de la Sra. Magdalena Ramón Antich.
2. Disponer que la aceptación de la renuncia sea efectiva en el momento en que se designe un director en funciones o en el momento en que se resuelva la siguiente convocatoria de concurso de méritos para la selección de directores.
3. Notificar esta resolución al interesado.
4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso de alzada delante de la consejera de Educación, Cultura y Universidades, en el plazo de un mes, contador desde el día siguiente de haber-se publicado esta Resolución, de acuerdo con lo que establecen los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
Palma, 25 de junio 2014
El director general de Planificación, Infraestructuras Educativas y Recursos Humanos
Bartolomé Isern Lladó