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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 11478
Departamento de Personal. Servicio de Selección y Provisión. Convocatoria pública para la provisión temporal en comisión de servicios por el sistema de libre designación del puesto de trabajo de ayudante de ceremonial

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La Concejala del Área de Función Pública y Gobierno Interior, por resolución número 10.754 de 19 de junio de 2014, acordó lo siguiente:

Convocar por el sistema de LIBRE DESIGNACIÓN en comisión de servicios, el puesto de trabajo que se relaciona a continuación, la cobertura provisional es urgente e inaplazable, de acuerdo con las determinaciones y entre el personal que reúna los requisitos que se indican a continuación:

1. - AYUDANTE DE CEREMONIAL

CÓDIGO: F 30700100

NÚMERO DE PUESTOS A CUBRIR: 1

ES / SUB / CLASE: Todo s los Cuerpos, Escalas y Subescalas de los grupos a los que está adscrito, excepto docentes y sanitarios.

REQUISITOS:

  • Ser funcionario de carrera del Grupo C2 de todas las Administraciones de las Islas Baleares.

Duración

La comisión de servicios tiene carácter temporal y finalizará en cualquiera de los siguientes supuestos:

  1. Cuando el puesto de trabajo se provea en forma definitiva.
  2. En el plazo máximo de un año. Sin embargo, y en el caso de no haber tenido lugar la provisión definitiva en ese plazo y si no consta informe del órgano competente en contra, se podrá prorrogar por otro año.
  3. Cuando cesen las razones de urgencia y necesidad inaplazable que la motivaron.
  4. En caso de supresión o amortización del puesto de trabajo.

La limitación temporal prevista en el apartado b) no será aplicable a las comisiones de servicios en puestos de trabajo reservados a personal en situación de servicios especiales o en cualquier otra situación administrativa que comporte la reserva del puesto de trabajo.

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Esta convocatoria se publicará en la intranet del Ayuntamiento. Además, en el caso de que el puesto de trabajo sea susceptible de ser ocupado por personal de otras administraciones públicas distintas a la administración de este Ayuntamiento, se publicará en la página web http://www.palma.es

Requisitos de los aspirantes

Para poder participar en esta convocatoria, el personal interesado debe reunir la condición de funcionario de carrera en activo en alguna de las administraciones públicas a que, en cada caso, el puesto de trabajo se encuentre abierto; y además, el resto de requisitos de empleo que, para cada puesto de trabajo convocado, prevea la Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento, y que se han indicado en la presente convocatoria.

Las personas en situación de comisión de servicios tendrán derecho a la reserva de su puesto de trabajo de procedencia y percibirán las retribuciones correspondientes al puesto de trabajo efectivamente ocupado.

Solicitudes y plazo de presentación

Las personas interesadas pueden presentar sus solicitudes para tomar parte en esta convocatoria en el Registro General de este Ayuntamiento. Asimismo adjuntarán su curriculum con la relación de sus méritos profesionales y académicos; la administración podrá en cualquier momento exigir o comprobar la acreditación de los méritos alegados. Todo ello sin perjuicio de hacerlo en cualquiera de las formas previstas en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

El plazo de presentación de solicitudes será de siete días hábiles contados a partir del día siguiente en que se publique la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Resolución y publicación

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Departamento de Personal dictará resolución indicando las personas seleccionadas de acuerdo con el informe emitido por el órgano al que se encuentre adscrito el puesto de trabajo convocado, sin perjuicio que pueda declararse desierta si ninguno de los aspirantes reúne la idoneidad adecuada para su empleo. Esta resolución se publicará asimismo en la intranet municipal, y en la página web mencionada, en su caso.

Notificada la resolución a la persona interesada, si ésta renuncia, se podrá proponer por el órgano competente un nuevo candidato de entre los aspirantes.

Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se podrá interponer por parte de les personas interesadas recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En caso de no interponer el recurso potestativo de reposición se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, según el artículo antes mencionado y los 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears.

Palma, 20 de juny de 2014

El jefe de departamento de Personal

p.d. Decreto de alcaldía nº. 3000 de 26/02/2014 (BOIB nº. 30 de 15/03/2014)

Juan García Lliteras