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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 14 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 11399
Procedimiento ordinario 815/2013 sobre otras materias

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Texto

D./Dª. AURORA FRUCTUOSO HERNANDEZ, Secretario/a Judicial, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 14 de PALMA DE MALLORCA, por el presente,

ANUNCIO:

En el presente procedimiento seguido a instancia de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA SA (BBVA) frente a se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA nº 77/2014

En Palma, a 6 de junio de 2014.

Vistos por doña Irene Partida Barreto, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 14 de los de Palma de Mallorca, los presentes autos de juicio ordinario seguidos con el número 815/2013 entre:

Demandante: La entidad BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA S.A, representada por el procurador de los tribunales don Juan Reinoso Ramis y asistida por el letrado don Mateo Juan Gómez.

Codemandados: La entidad RAMPER OBRAS Y CONSTRUCCIONES S.L, declarada en situación de rebeldía procesal.

Don Pedro Ramis Ramírez, declarado en situación de rebeldía procesal.

Don Gregorio Martínez López, representado por la procuradora de los tribunales doña Amaya Vicens Jiménez y asistido por el letrado M. Quadreny Cortés.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los veinte días siguientes al en que se notifique esta resolución. No se admitirá a trámite el recurso si la parte al tiempo de interponerlo no acredita DOCUMENTALMENTE haber constituido el oportuno depósito para recurrir mediante la consignación del importe de 50 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, así como el importe de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en el orden jurisdiccional civil establecida por la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (BOE núm. 280, de 21 de noviembre de 2012), modificada por el Real Decreto-ley 3/2013, de 22 de febrero, por el que se modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de asistencia jurídica gratuita (BOE núm. 47, de 23 de febrero de 2013).

Llévese el original al libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, la pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Esta sentencia fue leída y publicada estando S.Sª. celebrando audiencia pública. Doy fe.

Y encontrándose dicho demandado PEDRO RAMIS RAMIREZ, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

PALMA DE MALLORCA a nueve de Junio de dos mil catorce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL