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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES

Núm. 11448
Resolución de la directora del Instituto de las Cualificaciones Profesionales de las Illes Balears de 10 de junio de 2014 por la cual se convoca el curso de habilitación de expertos para ejercer las funciones de asesoramiento y evaluación en los procedimientos de reconocimiento de las competencias adquiridas por experiencia laboral y/o aprendizajes no formales

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Texto

El Real decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral prevé que las tareas de asesoramiento y/o de evaluación las ejerzan personas habilitadas al efecto por las administraciones competentes.

Para obtener la habilitación para ejercer estas funciones de asesoramiento y/o evaluación, según el artículo 25.1 del real decreto mencionado, se han que reunir una serie de requisitos de experiencia, según el colectivo al que se pertenezca, así como haber superado un curso de formación específica.

La Consejería de Educación, Cultura y Universidades del Gobierno de las Illes Balears tiene previsto publicar próximamente convocatorias de procedimientos de evaluación y de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral y/o de vías no formales de formación, por lo cual es necesario contar con un número suficiente de expertos habilitados como asesores y/o evaluadores que se encarguen de llevarlos a cabo.

Estas actuaciones están financiadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

Por todo eso, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Convocar, en el ámbito de las Illes Balears, el curso de habilitación para ejercer las funciones de asesoramiento y/o de evaluación en los procedimientos de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral y/o aprendizajes no formales, regulado por el Real decreto 1224/2009, de 17 de julio.

Segundo

Aprobar las bases que rigen esta convocatoria, que constan como anexo 1 de esta Resolución.

Tercero

De acuerdo al Decreto 55/2011, el Instituto de las Cualificaciones Profesionales de las Illes Balears el órgano encargado de gestionar la selección de los participantes, la organización y desarrollo de este curso, y la expedición de la certificación a los participantes que superen el curso para su habilitación y registro en las condiciones establecidas en el Real decreto 1224/2009, de 17 de julio.

Cuarto

Disponer la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Quinto

Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 10 de junio de 2014

 

La directora del Instituto de las Cualificaciones Profesionales de las Illes Balears

María Consuelo Ortega Diez

 


 

ANEXO 1

Bases de la convocatoria

1.  Objeto y ámbito de aplicación

El objeto de esta Resolución es convocar, en el ámbito de las Illes Balears, un curso de formación específica por habilitar asesores y evaluadores de las unidades de competencia de diversas cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (anexo 2 de la convocatoria).

Las personas habilitadas en esta convocatoria han de comprometerse a participar como personal evaluador y asesor en las próximas convocatorias de procedimientos de evaluación y de acreditación, y podrán ser nombrados de oficio según las necesidades que determine el órgano gestor.

2.  Destinatarios

El curso se dirige a los colectivos de expertos siguientes:

· Profesorado del sistema educativo de ciclos formativos de formación profesional.

· Formadores especializados en unidades de competencia que no pertenezcan al sistema educativo.

· Profesionales expertos del mundo productivo (no formadores).

3.  Requisitos de los participantes

Los requisitos necesarios para participar en el curso son los siguientes:

a. Tener una experiencia de al menos cuatro años, relacionada con las unidades de competencia objeto de esta convocatoria, reconocida y demostrable en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

b. Tener una acreditación, como mínimo, del mismo nivel de la cualificación profesional de referencia.

c. Disponer de los conocimientos básicos como usuario del entorno de formación a distancia Moodle y de una dirección de correo electrónico válida.

4.  Justificación de los requisitos

Los documentos para justificar los requisitos son los siguientes:

a. Experiencia laboral:

· Hoja de servicios (en el caso de empleados públicos).

· Informe de vida laboral y copia compulsada del certificado o certificados de empresa que indique la categoría profesional, años de trabajo y un breve resumen de las actividades realizadas o, en su defecto, copia compulsada de los contratos laborales.

· En el caso de trabajadores autónomos, una declaración jurada con indicación de la actividad laboral, años de trabajo y un breve resumen de las actividades realizadas.

· Copia compulsada del certificado o certificados de los cursos impartidos, con indicación expresa de las horas y/o créditos y de los contenidos.

· Otros documentos acreditativos.

b. Nivel de la cualificación de referencia:

· Copia compulsada de la acreditación profesional (título oficial).

5.  Número de participantes

1. El número máximo de participantes en el curso de formación específica para habilitar personal asesor y evaluador es de 50, distribuidos de la manera siguiente:

· 10 plazas para profesorado del sistema educativo de la familia profesional de Servicios Socioculturales y a la Comunidad.

· 5 plazas para profesorado del sistema educativo de la familia profesional de Actividades Físicodeportivas.

· 15 plazas para formadores especializados que no pertenezcan al sistema educativo y expertos del mundo productivo relacionados con las cualificaciones profesionales de Dinamización de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil (SSC564_2) y de Dirección y coordinación de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil (SSC565_3).

· 10 plazas para formadores especializados que no pertenezcan al sistema educativo y expertos del mundo productivo relacionados con la cualificación profesional de Información juvenil (SSC567_3).

· 10 plazas para formadores especializados que no pertenezcan al sistema educativo y expertos del mundo productivo relacionados con la cualificación profesional de Tanatopraxia (SAN491_3).

2. En caso de que no se cubran las plazas convocadas con los colectivos anteriores se podrán asignar a otro colectivo en exceso de demanda.

3. En caso de vacantes podrán participar profesionales expertos relacionados con las unidades de competencia de otras cualificaciones profesionales diferentes de las señaladas en el punto 1.

4. La directora del Instituto de las Cualificaciones Profesionales de las Illes Balears (IQPIB) puede resolver que se admita, excepcionalmente, un número de personas superior a las plazas convocadas con el fin de enmendar omisiones de las listas provisionales o atender otras circunstancias que lo justifiquen.

6.  Solicitudes de inscripción

1. La inscripción se ha de formalizar en la hoja de inscripción (anexo 3 de la presente Resolución), cumplimentada debidamente. Este formulario tiene que estar disponible en la página web <http://experienciaprofessional-ib.caib.es>.

2. La experiencia acreditada se ha de expresar en años, meses y días.

3. El profesorado tiene que indicar los años, meses y días que constan en la hoja de servicios o cualquier otro documento acreditativo.

4. En el caso de los formadores, si su experiencia se hace constar en horas o créditos impartidos, se considera que cada 600 horas impartidas equivalen a 1 año, 50 horas equivalen a 1 mes y que 2,5 horas impartidas equivalen a 1 día. Un crédito equivale a 10 horas.

5. La solicitud se puede presentar en los lugares señalados en el punto 9.

6. Conjuntamente con la hoja de inscripción, se tiene que presentar la documentación que se indica en el punto 4 y el documento de identidad.

7. En el caso de presentarse por más de un colectivo, o por más de una cualificación profesional, se tiene que entregar una solicitud por cada colectivo y/o cualificación profesional y aportar toda la documentación acreditativa correspondiente.

8. Las personas que cumplan los requisitos y presenten más de una solicitud han de hacerlo constar en todas las solicitudes presentadas, indicando el colectivo y/o la cualificación de la otra solicitud presentada.

9. Cada participante sólo podrá cubrir una plaza. El IQPIB se reserva el derecho a decidir qué plaza ocupará, de acuerdo con las necesidades del proceso.

7.  Criterios de prelación

1. Para cada colectivo convocado, cuando el número de inscripciones recibidas sea superior al de plazas ofrecidas en el punto 5, se seleccionarán los candidatos con más experiencia laboral acreditada.

2. En caso de que se produzca algún empate, tendrán prioridad los candidatos de más edad.

3. La directora del IQPIB se reserva el derecho de admitir a los candidatos que, reuniendo los requisitos, no manifiesten expresamente el compromiso de participación en las próximas convocatorias.

4. La directora del IQPIB puede resolver que se admitan, excepcionalmente, un número de personas superior al de plazas convocadas.

5. La lista de personas admitidas se tiene que publicar en la web <http://experienciaprofessional-ib.caib.es>.

8.  Características del curso

1. El contenido del curso tiene como referente el establecido en los anexos 4 y 5 del Real decreto 1224/2009, de 17 de julio.

2. El curso tendrá una duración total de 50 horas: 45 horas de formación a distancia mediante la plataforma educativa Moodle, con trabajo personal del participante y tutorías a distancia, más 5 horas correspondientes a dos sesiones presenciales (una sesión de dos horas de presentación e introducción al curso y una sesión de 3 horas de evaluación y clausura del curso).

3. El curso se llevará a cabo del 1 de septiembre al 16 de octubre de 2014.

4. El curso tiene como finalidad dotar a las personas participantes de los conocimientos y herramientas necesarios con el fin de poder actuar como asesores, evaluadores o miembros de una comisión de evaluación con autonomía en los procedimientos de acreditación de competencias por la experiencia profesional o vías no formales de formación que se convoquen.

5. Todas las comunicaciones relacionadas con el curso (como datos de inscripción, listas de personas admitidas, horarios de las sesiones presenciales y cualquier modificación) se publicarán con antelación suficiente a la página web <http://experienciaprofessional-ib.caib.es>.

9.  Lugar y plazo de presentación de solicitudes

1. Las solicitudes se tienen que dirigir al IQPIB (pasaje de Guillem de Torrella, 1, 3ª planta, 07002 Palma).

2. Las solicitudes y la documentación necesaria se pueden presentar en los registros que se indican a continuación:

a. Instituto de las Cualificaciones Profesionales de las Illes Balears(IQPIB):

· Ptge. de Guillem de Torrella, 1, 3º, 07002 Palma

b. Instituto balear de la Juventud (IBJove)

· C. de l'Uruguai, s/n, Palma Arena, 07010 Palma

c. Delegación Territorial de Educación en Menorca:

· C. de Josep Maria Quadrado, 33, 07703 Maó

d. Delegación Territorial de Educación en Eivissa y Formentera:

· Via Púnica, 23, 07800 Eivissa

3. El plazo de presentación de solicitudes será del 1 al 11 de julio de 2014.

4. El día 18 de julio se publicará la lista provisional de personas admitidas, excluidas y de reservas. Las personas no admitidas podrán enmendar las deficiencias de su solicitud antes del 24 de julio de 2014.

5. Todos los candidatos admitidos tienen que confirmar la asistencia antes del 25 de agosto de 2014

10.  Incompatibilidad

1. La participación en este curso es incompatible con la participación en cualquier otro curso que conceda el derecho a la obtención de la habilitación para ejercer las funciones de asesoramiento y/o evaluación en los procedimientos de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, regulado por el Real decreto 1224/2009, de 17 de julio.

2. En este supuesto, la persona interesada ha de optar por uno y tiene que poner en conocimiento del Instituto de las Cualificaciones Profesionales de las Illes Balears, si es el caso, la renuncia a participar.

11.  Habilitación

1. Las personas participantes que superen el curso serán habilitadas como asesores y evaluadores en el procedimiento de evaluación para el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral e incorporados como tales en el Registro del Personal Asesor y Evaluador habilitado en las Illes Balears, creado mediante el Decreto 55/2011, de 20 de mayo, regulador de la estructura organizativa del procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral o vías no formales de formación en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. Estas habilitaciones son válidas a efectos de las convocatorias del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales que hagan tanto la Administración General del Estado como las comunidades autónomas.

 

 

ANEXO 2

Cualificaciones profesionales y unidades de competencia objeto de esta convocatoria

I.

Familia profesional: Servicios Socioculturales y a la Comunidad.

Cualificación profesional: SSC565_3.Dirección y coordinación de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil, (Real Decreto 1697/2011, de 18 de noviembre).

Nivel: 3

Código                        Unidades de competencia

UC1869_3            Planificar, organizar, gestionar y evaluar proyectos de tiempo libre educativo.

UC1870_3            Generar equipos de personal monitor y dinamizar y supervisar proyectos educativos de ocio infantil y juvenil.

UC1868_2            Utilizar técnicas y recursos educativos de animación en el tiempo libre.

UC1867_2            Actuar en procesos grupales considerando el comportamiento y las características evolutivas de la infancia y juventud.

II.

Familia profesional: Servicios Socioculturales y a la Comunidad.

Cualificación profesional: SSC564_2.Dinamización de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil (Real Decreto 1537/2011, de 31 de octubre).

Nivel: 2

Código                        Unidades de competencia

UC1866_2            Organizar, dinamizar y evaluar actividades en el tiempo libre educativo infantil y juvenil.

UC1868_2            Utilizar técnicas y recursos educativos de animación en el tiempo libre.

UC1867_2            Actuar en procesos grupales considerando el comportamiento y las características evolutivas de la infancia y juventud.

III.

Familia profesional: Servicios Socioculturales y a la Comunidad.

Cualificación profesional: SSSC567_3. Información Juvenil (Real Decreto 567/2011, de 20 de abril).

Nivel: 3

Código                        Unidades de competencia

UC1874_3            Organizar y gestionar servicios de información de interés para la juventud.

UC1875_3            Organizar y gestionar acciones de dinamización de la información para jóvenes.

UC1023_3            Intervenir, apoyar y acompañar en la creación y desarrollo del tejido asociativo.

UC1876_3            Organizar acciones socioeducativas dirigidas a jóvenes en el marco de la educación no formal

IV.

Familia profesional: Sanidad.

Cualificación profesional: SAN491_3.Tanatopraxia (Real Decreto 140/2011, de 4 de febrero).

Nivel: 3

Código                        Unidades de competencia

UC1608_3:           Hacer extracciones de tejidos, prótesis, marcapasos y otros dispositivos contaminantes del cadáver.

UC1609_3:           Manejar las técnicas y habilidades relacionales para prestar el servicio de tanatopraxia.

UC1606_3:           Hacer restauraciones y reconstrucciones en cadáveres.

UC1607_2:           Aplicar técnicas estéticas para la presentación o exposición del cadáver.

UC1605_3:           Aplicar técnicas de conservación transitoria o embalsamamiento del cadáver con productos biocidas.


 

 

ANEXO 3

Solicitud de inscripción en el curso de habilitación de expertos para ejercer las funciones de asesoramiento y evaluación en los procedimientos de reconocimiento de las competencias adquiridas por experiencia laboral y/o aprendizajes no formales

 

Apellidos:

Nombre:

DNI/NIE

Domicilio:

Código postal:

Teléfono

Localidad

Isla

Dirección electrónica:

Centro de trabajo

Colectivo:

(   ) Profesorado del sistema educativo de ciclos formativos de formación profesional

(   ) Formadores especializados en unidades de competencia que no pertenezcan al sistema educativo.

(   ) Profesionales expertos del mundo productivo (no formadores)

Familia profesional:

Familia profesional:

Cuerpo (p. técnico o p. secundaria):

Especialidad:

Relación de unidades de competencia (indicad los códigos):

Experiencia profesional: ____ años, _____ meses y ______ días.

Titulación: _________________________________________________________________________________

SOLICITO la inscripción en el curso de habilitación para ejercer las funciones de asesoramiento y evaluación a los procedimientos de reconocimiento de las competencias adquiridas por experiencia laboral y/o aprendizajes no formales, regulado por el Real decreto 1224/2009, de 17 de julio, y convocado por la Resolución de la directora del Instituto de las Cualificaciones Profesionales de las Illes Balears de 10 de junio de 2014.

Documentación adjunta (de cuya autenticidad me hago responsable):

(   )  Fotocopia del DNI, pasaporte o NIE

(   )  Copia de la hoja de servicios

(   )  Informe de vida laboral

(   )  Otros documentos acreditativos:

AUTORIZO, en relación con esta solicitud, que me envíen, como efecto de notificación, comunicaciones a través de medios electrónicos, de conformidad con la Ley 11/2007, de 22 de junio.

................................., .......... de ........................................... de ...........

(Firma)


CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES.

INSTITUTO DE LAS CUALIFICACIONES PROFESIONALES DE LAS ILLES BALEARS

Todos estos datos quedan protegidos en aplicación de la Ley orgánica 15/1999, de protección de datos de carácter personal.