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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR

Núm. 11376
Notificación de resolución de expedientes sancionadores por infracción de la ordenanza reguladora de la tenencia i protección de animales de compañia

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con lo dispuesto en el articulo 59.5 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace publica la notificación de resolución de los expedientes sancionadores que se indican, como consecuencia de las denuncias formuladas por la Policía Local, por infracción administrativa de la Ordenanza Municipal de la Tenencia y Protección de Animales de Compañía, (BOIB 135 de 13-09-12), por lo que de acuerdo con los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común,  se procede a su publicación sucinta.

Esta Alcaldía en base a las atribuciones conferidas por con el artículo 21 de la ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, RESUELVE:

  1. Imponer al responsable de la infracción que se indica, la multa correspondiente con la cuantía fijada para la misma.
  2. Contra esta resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante esta Alcaldía,  en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente resolución, o directamente recurso contencioso administrativo ante los juzgados de lo contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, sin  perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que estime conveniente en defensa de sus derechos.  Si transcurre el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se haya procedido a la notificación de su resolución, se podrá entender desestimado el citado recuso a efectos de interponer recurso contencioso administrativo ante los juzgados de lo contencioso administrativo con sede en Palma.
  3. En el caso de haber transcurrido el período voluntario el ingreso deberá realizarse en la Tesorería del Ayuntamiento de Llucmajor, en la Calle Constitució, 6 de Llucmajor.
  4. La falta de pago en periodo voluntario determinará el inicio del período ejecutivo, que dará lugar a la exigencia de los intereses de demora y los recargos establecidos en los art. 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de Diciembre, General Tributaria, y en su caso de las costas del procedimiento de apremio, art.161 de la Ley 58/2003.

 

Expte.

Nombre

DNI

Sanción

Art.infringido

    8/2013

Hans Ulrich Heisler

X3867783B

60€

Art. 4.3

  22/2013

Juana Bonet Riera

41398568V

60€

Art. 6

  67/2013

Massiro Saccomanno

X7152233S

60€

Art. 9

  69/2013

Maria Rosa Cabot Bonet

43019884V

240€

Art. 9

  75/2013

Silvina Longhi

X4405699G

60€

Art. 11.5

  77/2013

Joaquin Mejuto Sesto

33738328L

60€

Art. 9

  80/2013

Laura Sanchez Robledillo

4317642L

60€

Art. 9

  81/2013

Luis Alberto Gonzalez Lopez

51087766M

60€

Art. 9

117/2013

Antonio  Sanchez Gutierrez

82965743V

60€

Art. 9

133/2013

Araceli Curras Bermudez

76806761D

60€

Art. 6

Llucmajor, 28 de mayo de 2014

 

El Alcalde;

Joan C. Jaume Mulet