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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección tercera. Anuncios particulares

PARTICULARES

Núm. 10822
Sebastián Antich Verdera, Notario del ilustre colegio de las Islas Baleares, con residencia en Inca. Acta de notoriedad para acreditar el exceso de cabida de la finca

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Texto

HAGO SABER A QUIEN INTERESE

Que en la Notaria de mi cargo y a requerimiento de DOÑA MONTSERRAT BALLARÍN FONTÁN, debidamente representada, se tramita acta de notoriedad para acreditar el exceso de cabida de la finca de su propiedad cuya descripción es la siguiente:

URBANA.- Consistente en una casa con corral, sita en Inca, en la calle del Barco, número noventa y seis.

Tiene una superficie solar de ochenta metros cuadrados.

Linda, mirando desde la calle Barco: frente, con la citada calle; derecha, con la citada calle Barco; izquierda, con calle Can Valella; y fondo, en parte, con comunidad de propietarios del edificio señalado con el número 86 de la calle des Barco y, en parte, con el número 89 de la calle Can Valella, propiedad de Doña Jerónima Seguí Martorell.

INSCRIPCIÓN.- Registro de la Propiedad de INCA NÚMERO UNO, tomo 3.753, libro 550 de Inca, folio 39*Folio, finca 6.900.

REFERENCIA CATASTRAL.- La finca descrita tiene asignadas las referencias catastrales números 2669719DD9926N0001GL, 2669719DD9926N0003JZ y 2669719DD9926N0002HB.

TÍTULO.- DOÑA MONTSERRAT BALLARÍN FONTÁN, a través de su representante, manifiesta que le pertenece la finca descrita en virtud de escritura de manifestación, aceptación y adjudicación de herencia de fecha 13 de abril de 2.011, autorizada por el Notario de Inca, Don Sebastián Antich Verdera, con el número 603 de protocolo; que se encuentra pendiente de inscripción, de cuya falta advierto yo, el Notario, insistiendo la compareciente en este otorgamiento y eximiéndome de toda responsabilidad.

Lo que no me acredita, instando la autorización, yo el Notario, hago las advertencias del artículo 172 del Reglamento Notarial.

El presente edicto sirve a los efectos prevenidos en el artículo 203 de la Ley Hipotecaria y concordantes de su reglamento para poner en conocimiento de quien según lo manifestado y acreditado por el requirente, puedan resultar titulares de algún derecho sobre la referida finca, los cuales, disponen de veinte días naturales de plazo a partir de la presente publicación para oponerse a la tramitación del acta lo que podrán llevar a efecto en mi despacho notarial.

En Inca, a seis de junio de dos mil catorce