Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 5 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 10339
Juicio verbal 939/2013 sobre otras materias
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA 81/2014
En Palma de Mallorca, a 9 de mayo de dos mil catorce,
Magistrado-Juez: Doña Martina Mora Torrens
Demandante: MAPFRE FAMILIAR, Dª ISABEL DOMINGUEZ CAMPOS, D. JOSE MIGUEL MARTINEZ CALANDRIA
Abogado/a: Don Guillermo Caldentey Higueras
Procurador/a: Doña María del Romero Gaspar de L´Hotellerie de Fallois
Demandado: LLORENÇ GOST VALLESPIR (en rebeldía)
Objeto del juicio: Demanda de reclamación de cantidad por daños materiales en el ámbito de la circulación.
FALLO
ESTIMAR INTEGRAMENTE la demanda interpuesta por Dª. María del Romero Gaspar de L´Hotellerie de Fallois, en nombre y representación de MAPFRE FAMILIAR, Dª ISABEL DOMINGUEZ CAMPOS y D. JOSE MIGUEL MARTINEZ CALANDRIA contra LLORENÇ GOST VALLESPIR y CONDENAR al demandado a que indemnice a Mapfre en la cantidad de 766,31 euros, a la sra. Domínguez en la cantidad de 300 euros y al sr. Martínez en la cantidad de 1.616,71 euros, cantidades que devengarán los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda y los intereses procesales del art. 576 LEC, condenando a la parte demandada al pago de las costas procesales.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma NO es susceptible de recurso alguno de conformidad con lo dispuesto en la ley 37/2011 dada la cuantía del procedimiento.
Así, por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firma, Dª Martina Mora Torrens, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Palma de Mallorca.
Publicación: Leída y publicada que ha sido la anterior sentencia por la Ilustre Juez que la dictó, constituida en audiencia pública en el mismo día de su fecha. Doy Fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de LLORENÇ GOST VALLESPIR, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En PALMA DE MALLORCA, a veintitrés de Mayo de dos mil catorce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICAL