Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 2 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 10730
Juicio de faltas 387/13
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a JUAN ETUGU AVOMO la sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Que debo condenar a D. JUAN ETUGU AVOMO, en quien no concurre ninguna circunstancia modificativa de la responsabilidad penal, como autor responsable de una falta contra el orden público del art. 634 CP, a la pena de 20 días multa, con una cuota diaria de 3 euros, es decir, al pago en total de 60 euros; cantidad que habrá que abonarse de una sola vez y que en caso de impago y previa acreditación de la insolvencia del penado, dará lugar a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de localización permanente por cada dos cuotas no satisfechas, en virtud de lo establecido en el art. 53 CP.
Y todo ello con expresa imposición de costas a D. JUAN ETUGU AVOMO.
En PALMA DE MALLORCA a 9 de Junio de 2014.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL