Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.2 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 10664
Seguridad Social 267/2013 sobre ordinario
D/Dª PAULA MATEO ERROZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 2 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 267/2013 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª FREMAP contra RESTALCE SL, INSS y TGSS sobre INCAPACIDAD, se ha dictado por S.Sª AUTO DE ACLARACIÓN DE SENTENCIA de fecha 04/06/2014, e ignorando el paradero de la empresa RESTALCE SL, se acuerda la notificación vía edictal de su PARTE DISPOSITIVA/FALLO, que se relaciona:
“PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO: Haber lugar a la corrección del error material de que adolece la sentencia dictada por este juzgado en fecha 3 de marzo de 2014 en el presente procedimiento, sustituyéndose la cantidad de 821,23 euros que aparecen en los Hechos Probados 1º y 3º, por la de 821,33 euros.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe.
EL/LA MAGISTRADO/A JUEZ EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL”
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a RESTALCE SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de Illes Balears.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a diez de Junio de dos mil catorce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL