Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 10935
Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se reabre el plazo de presentación de solicitudes y se modifica la Resolución del Presidente del FOGAIBA por la que se convocan ayudas para las Agrupaciones de Defensa Vegetal y las ATRIA, para el fomento del asociacionismo agrario con fines de defensa vegetal, para el año 2014
Con fecha de 15 de abril de 2014, se publicó en el BOIB nº 51 la Resolución del Presidente del FOGAIBA por la que se convocan ayudas para las Agrupaciones de Defensa Vegetal y las ATRIA, para el fomento del asociacionismo agrario con fines de defensa vegetal, para el año 2014.
En la convocatoria citada se prevé que las actuaciones objeto de ayuda deben haber sido realizadas y pagadas entre el 1 de octubre de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2014. No obstante, y de acuerdo con la normativa tributaria y de la Seguridad Social, esta fecha resulta imposible de cumplir en relación al pago de los gastos del último trimestre del año correspondientes a los salarios, la Seguridad Social y retenciones a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Por este motivo, se considera necesario modificar la fecha admisible de pago para justificar dichos gastos.
Por otra parte, y con el objeto de que no se vea afectado el principio de concurrencia, se considera conveniente ampliar el plazo de presentación de solicitudes.
Por todo lo anterior, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del Director Gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Modificar la Resolución del Presidente del FOGAIBA por la que se convocan ayudas para las Agrupaciones de Defensa Vegetal y las ATRIA, para el fomento del asociacionismo agrario con fines de defensa vegetal, para el año 2014, publicada en el BOIB nº 51, de 15 de abril de 2014, en el sentido siguiente:
1. Se añade un punto 5 al apartado cuarto, quedando redactado de esta forma:
“5. Sin perjuicio del plazo para la realización de las actuaciones objeto de ayuda, previsto en el punto 1 de este apartado, se aceptará el pago de los gastos correspondientes a los salarios y la Seguridad Social del mes de septiembre y a las retenciones del IRPF del tercer trimestre del año, hasta el día 31 de octubre de 2014.”
2. El punto 1 del apartado noveno queda redactado así:
“1. El plazo para justificar la ejecución de la actuación y de los gastos objeto de la subvención finaliza el 31 de octubre de 2014, siendo elegibles los gastos realizados y efectivamente pagados por el beneficiario entre el 1 de octubre de 2013 y el 30 de septiembre de 2014. No obstante, se aceptará el pago de los gastos correspondientes a los salarios y la Seguridad Social del mes de septiembre y a las retenciones del IRPF del tercer trimestre del año 2014, hasta el día 31 de octubre de 2014.”
3. Se añade el punto 3.c.5 al apartado noveno:
“c.5 Documento IRPF y justificante de pago”
Segundo
Reabrir el plazo de presentación de solicitudes previsto en el punto 1 del apartado quinto de la Resolución del Presidente del FOGAIBA por la que se convocan ayudas para las Agrupaciones de Defensa Vegetal y las ATRIA, para el fomento del asociacionismo agrario con fines de defensa vegetal para el año 2014, publicada en el BOIB nº 51, de 15 de abril de 2014, por un período de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOIB.
Tercero
La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 16 de junio de 2014
El Presidente del FOGAIBA
Gabriel Company Bauzá