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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE ESPORLES

Núm. 10882
Decreto de Alcaldia núm. 186 de fecha 13 de mayo de 2014. Vehículo retirado de la vía pública con grúa, por encontrarse estacionado con síntomas de abandono

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Texto

Intentadas sin efecto las notificaciones por correo certificado con acuse de recibo, al no haber podido tener lugar por ignorarse el domicilio o no haberse encontrado en el mismo a los interesados ​​que se relacionan, se procede en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común -BOE de 27 de noviembre- a la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Esporles, de la presente propuesta de resolución.

“DECRETO DE ALCALDIA: Núm. 186 DE FECHA 13 DE MAYO 2014”

Visto el expediente instruido contra el Sr. / Sra. JUAN CARBONELL CARBONELL y una vez efectuadas todas las diligencias pertinentes,

1. No presenta alegaciones.

2. Considerar probados los siguientes hechos: Vehículo retirado de la vía pública con grúa, por encontrarse estacionado con síntomas de abandono en el lugar indicado en el expediente, los cuales constituyen un ilícito administrativo tipificado en el anexo 3 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por servicios especiales de  retirada de vehículos o otros objetos pesados o voluminosos de la vía pública i custodia de este (Boib núm. 153 de 23/10/210).

3. Imponer a JUAN CARBONELL CARBONELL, en concepto de responsable de la comisión del ilícito administrativo, una sanción por importe de 300,00 euros en concepto de tasa por la declaración de abandono, descontaminación, desguace y la gestión de la baja administrativa.

4. Notificar esta resolución a la persona interesada.

RECURSOS:

Esta  resolución pone fin a la vía administrativa, por lo que su contra, cabe interponer en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la recepción de esta notificación , recurso de reposición ante la Alcaldía - Presidencia de este Ayuntamiento, con carácter potestativo y previo a la vía Contencioso Administrativa, de acuerdo con lo previsto por los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común y 52 de la Ley 7 /1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.

También puede interponerse directamente durante un plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la recepción de esta notificación, recurso Contencioso Administrativo ante los juzgados de lo Contencioso Administrativo de las Islas Baleares, de acuerdo con lo previsto por los artículos 8 º, 25 y 46 de la Ley 29 /1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso - Administrativo.

PLAZO DE PAGO VOLUNTARIO:

Las notificadas recibidas entre el 1 y 15 de cada mes, hasta el día 20 del mes siguiente.

Las notificadas recibidas entre el 16 y fin de mes, hasta el día 5 del segundo mes siguiente.

FORMAS DE PAGO:

- En efectivo ó cheque conformado a las oficinas municipales de recaudación (Plaza del Ayuntamiento, 1 Esporles).

- Mediante transferencia a cualquiera de los siguientes c / c:

Sa Nostra 0487 2049 52 2000002452

La Caixa 2100 0785 22 0200003150

(Se ruega, que una vez realizada la transferencia, se remita justificante al fax 971 61 04 45 )

RECAUDACIÓN EJECUTIVA :

Terminado el período de pago voluntario sin que haya sido ingresada la deuda , se devengará el recargo de apremio en conformidad con el artículo 28 de la referida Ley General Tributaria y los intereses de demora correspondiente.

Por lo que le comunico a los efectos previstos por los artículos 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Si no está de acuerdo con el contenido del decreto dispone de un plazo de 15 días contando desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación, para alegar todo aquello que considere conveniente, para su defensa y para proponer las pruebas que crea oportunas.

Las alegaciones deben presentarse en el Registro General del Ayuntamiento, dirigidos al Alcalde responsable de las Áreas de Policía, Reg. Interno y Seguridad Ciudadana, e indicando sus datos personales, domicilio, fecha, número de decreto.

Todo ello sin perjuicio de los débitos que se hayan contraído con la Hacienda Municipal u otros organismos oficiales a los que deberá hacer frente el titular de la infracción.

Esporles, a 3 de junio de 2014

El Alcalde

Miquel Ensenyat Riutort