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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 19 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 10393
Judici verbal 988/2009 sobre otras materias

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Texto

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente.

SENTENCIA NÚMERO 003/2011

En Palma de Mallorca, a 11 de enero de 2011

Doña Eva María Gascón Plou, Juez sustituta del Juzgado de 1ª Instancia nº 19 de Palma de Mallorca y de su partido judicial, he visto los presentes autos de JUICIO VERBAL registrados con el número 988/2009, seguidos a instancia de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS LA RAMBLA, 6, AMETLER 2 Y AMETLER 4 (MARINA DE SON VERÍ) de LLUCMAJOR, presentada por la procuradora de los Tribunales Sra. Nancy Ruys Van Noolen y defendida por el letrado Sr. José María Fernández contra GIOVANNY RECCHIA, en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cuotas comunitarias.

FALLO

Que ESTIMANDI ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Nancy Ruys Van Noolen en nombre de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS LA RAMBLA, 6, AMETLER 2 Y AMETLER 4 (MARINA DE SON VERÍ) de LLUCMAJOR, contra GIOVANNY RECCHIA, en rebeldía procesal debo condenar y condeno a GIOVANNY RECCHIA a pagar a la actora la cantidad de DOS MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE EUROS CON CUARENTA CÉNTIMOS DE EUTRO (2.417,40 €), más los intereses legales de dicha cantidad desde la interposición judicial y los del artículo 576 LEC desde la presente resolución, con imposición de costas a la demandad

Notifíquese la presente Sentencia a las partes advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días hábiles ante este mismo Juzgado.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN: La anterior sentencia ha sido leída y publicada por la Juez sustituta que la dictó, en el día de la fecha estando celebrando Audiencia Pública de la que yo, la Secretaria Judicial, doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de GIOVANNI RECCHIA, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

PALMA DE MALLORCA a veintidós de Octubre de 2013.

EL/LA SECRETARIO