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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

Núm. 10812
Resolución del consejero de Economía y Competitividad por la que se dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears, y la publicación del Acta de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de la empresa Quesería Menorquina, SLL, de aprobación de las tablas salariales para 2014 (exp.: CC_Acta_04/036, código de convenio 07001012011995)

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Texto

Antecedentes

1.  El día 31 de enero de 2014, la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de la empresa Quesería Menorquina, SLL aprobó las tablas salariales para el año 2014, de lo que se extendió la correspondiente Acta de sesión.

2.  El día 25 de febrero, la señora María del Carmen Martínez Acland, en representación de la Comisión Negociadora, solicitó el registro, el depósito y la publicación de la citada Acta.

Fundamentos de derecho

1.  El artículo 90.3 del Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.

2.  El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

3.  El artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1.  Inscribir y depositar el Acta de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de la empresa Quesería Menorquina, SLL, de aprobación de las tablas salariales para 2014 en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears.

2.  Publicar el Acta en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

3.  Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora.

Palma, 11 de junio de 2014

El director general de Trabajo y Salud Laboral

Onofre Ferrer Riera

Por delegación del consejero de Economía y Competitividad

(BOIB 70/2013)

 

Acta de la reunión de la comisión negociadora del Convenio Colectivo de Quesería Menorquina, SLL
a fin de fijar las tablas salariales definitivas para el año 2014

Asistentes:

Por la Dirección de la Empresa:

D. Jesús M. Esparza Razquin, con DNI nº 18.209.213-K

Dª María del Carmen Martínez Acland, con DNI nº 41.503.455-R

Por los trabajadores, el Comité de Empresa:

Dª. Margot Sastre Albis, con DNI nº 41.495.099-V

Dª. Sophie Lengronne Gaillard, con DNI nº 41.503.626-B

D. José Juan Luzón Quirós, con DNI nº 41.502.849-Q

D. Francisco Huguet Pons, con DNI nº 41.492.627-Y

Dª. María Angeles Pons Diez, con DNI nº 41.492.554-W

D. Jaume Serra Carreras, con DNI nº 41.497.200-W

Dª. María Pilar Sintes Ameller, con DNI nº 41.495.408-G

No asisten a la reunión D. Antonio Luis Olives Donato,  con DNI nº 41491534V, y Dª. María Carreras Fortuny, con DNI nº 41.494.562-D, por encontrarse temporalmente incapacitados.

En Mahón, siendo las 13.00 horas del 31 de enero de 2014, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Quesería Menorquina, SLL, constituida válidamente, tal y como consta en acta, el 18 de febrero de 2010, con el siguiente y único orden del día:

Aprobación de las tablas salariales definitivas para el año 2014

Abierta la sesión, ambas partes manifiestan:

1. Que el pasado 27 de mayo de 2013 ambas partes alcanzaron un Acuerdo con motivo de las medidas de ajuste a llevar a cabo en Quesería Menorquina, SLL en el que se contemplaba la revisión salarial anual (artículo 13 y anexo X del Convenio Colectivo de Quesería Menorquina) a aplicar durante la vigencia del mismo: “Se aplicarán anualmente los incrementos y cláusulas de revisión que establezca el Convenio Colectivo Estatal de Industrias Lácteas y sus Derivados, a partir de la fecha de firma de este acuerdo”.

2. Que el citado convenio sectorial establece que “Para el año 2014, el aumento de los salarios pactados debería ajustarse al ritmo de actividad de la economía española, según los siguientes criterios:

Si el incremento del PIB a precios constantes en 2013 es inferior al 1 %, el aumento será del 0,6 %.

Si el incremento del PIB a precios constantes en 2013 es superior al 1 % e inferior al 2 %, el aumento salarial será del 1 %.

Si el incremento del PIB a precios constantes en 2013 alcanza o supera el 2, el aumento salarial será de 1,50 %”.

3. Que, a falta de publicación del PIB a precios constantes anualizado a 31 de diciembre de 2013 y, por tanto, de las tablas salariales definitivas del sector lácteo para el año 2014, esta Comisión Negociadora prevé un incremento del PIB inferior al 1 %, tomando como referencia el dato de la síntesis de indicadores económicos publicada por el Ministerio de Economía y Competitividad (Informe trimestral, noviembre 2013), que sitúa la variación interanual del PIB a precios constantes a final del tercer trimestre de 2013 en un -1,1 %.

4. Que en base a lo anteriormente expuesto resulta de aplicación un incremento del 0,60 % sobre las Tablas salariales correspondientes al año 2013, para la elaboración de las Tablas salariales del año 2014 de Quesería Menorquina, SLL.

Y por ello acuerdan:

I. Aprobar las Tablas salariales definitivas para el año 2014, que se adjuntan a la presente Acta y que habrán de incorporarse al vigente Convenio Colectivo como anexo XIV.

II. Realizar cuantos trámites sean legalmente exigibles para el depósito, registro y publicación de estas Tablas salariales para el año 2014.

 

Y, sin más asuntos que tratar, mostrando su conformidad con el contenido de esta acta y previa lectura de la misma, firman los asistentes la presente en Mahón, a 31 de enero de 2014, cerrándose con ello la sesión:

Por la empresa,

D. Jesús Esparza Razquin

Dª M. del Carmen Martínez Acland

Por la representación de los trabajadores:

Dª Margot Sastre Albis

D. Francisco Huguet Pons

Dª Sophie Lengronne Gaillard

D. José Juan Luzón Quirós

Dª Mª Ángeles Pons Diez

D. Jaume Serra Carreras

Dª Mª Pilar Sintes Ameller

Anexo I

Tablas salariales definitivas para el año 2014

Anexo XIV: Tablas salariales 2014

Salarios brutos anuales mínimos de Convenio (sin antigüedad)

Revisión: +0,60 %

Efectividad: 1 de enero de 2014

Salarios brutos anuales mínimos de Convenio

(Sin antigüedad)

Técnicos

Salario base

Plus convenio

Total

Técnico jefe

20.631,62

29.269,70

49.901,32

Técnico superior

17.961,98

24.761,13

42.723,11

Técnico medio

15.689,14

17.257,00

32.946,14

Jefe Fabricación

16.160,95

24.003,08

40.164,03

Jefe Laboratorio

14.161,87

23.244,18

37.406,05

Jefe turno

14.161,87

14.252,65

28.414,52

Líder línea

13.558,14

13.500,49

27.058,62

Encargado

12.954,40

12.748,33

25.702,72

Capataz

12.756,93

11.248,74

24.005,67

Oficial Laboratorio

11.629,19

5.998,37

17.627,56

Oficial 1ª Laboratorio

13.085,58

6.749,57

19.835,16

Oficial 2ª Laboratorio

12.227,93

6.307,20

18.535,13

Delineante

11.629,19

5.828,14

17.457,33

Auxiliar Laboratorio

9.980,60

4.458,05

14.438,65

Administrativos

Jefe 1ª adm.

20.631,62

29.269,65

49.901,27

Contable

17.961,98

24.761,13

42.723,11

Jefe 2ª adm.

15.293,78

23.998,93

39.292,70

Oficial 1ª administr.

12.756,93

9.750,15

22.507,08

Secretario Dirección

12.756,93

6.752,97

19.509,90

Oficial 2ª administr.

11.629,19

6.747,52

18.376,71

Auxiliar administrativo

9.980,60

5.397,07

15.377,67

Subalternos

Ordenanza

9.980,60

4.110,86

14.091,46

Almacenero

10.704,94

9.740,25

20.445,19

Telefonista

10.486,10

7.450,88

17.936,98

Auxiliar de servicios

9.940,80

2.191,09

12.131,89

Obreros

Oficial 1ª

10.716,06

10.081,75

20.797,81

Especialista 1ª

10.716,06

10.081,75

20.797,81

Especialista 2ª

10.514,86

9.049,41

19.564,27

Especialista 3ª

10.310,17

7.363,92

17.674,09

Peón

10.100,82

7.353,76

17.454,59

Auxiliar de producción

9.968,11

2.641,10

12.609,21